/ viernes 4 de mayo de 2018

Análisis y Reflexión


La supresión del fuero constitucional como figura jurídica

Un tema muy polémico y que ha causado gran aceptación entre la ciudadanía, es la iniciativa de suprimir el Fuero Constitucional como figura jurídica que aún existe, pues falta la formalidad del Constituyente Permanente (el Senado no lo aprobó y tampoco ha pasado a las legislaturas estatales) para la supresión total del Fuero, así entonces, primeramente deseo expresar en este de “Análisis y Reflexión” que el Fuero Constitucional fue creado para otorgar inmunidad a los altos funcionarios para que antes de ser juzgados por haber cometido un delito del orden común, la Cámara de Diputados de la Federación o el Congreso local resolviera sobre la procedencia de vincularlo a un proceso penal, es decir que no pueden ser juzgados por haber cometido un delito como todos los ciudadanos, sin antes retirarles del cargo que ostentan, ya sea de elección popular o de designación.

Inicialmente el Fuero se otorgó a los diputados y senadores del Congreso de la Unión, tal y como lo señala el artículo 61 de nuestra Carta Magna, la cual indica: “Los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos y jamás podrán ser reconvenidos por ellas”.

Esta Inmunidad o Fuero se hizo extensiva para los altos funcionarios según dispone el artículo 111 Constitucional: Ministros de la Suprema Corte de Justicia, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Despacho, el procurador o el consejero jurídico de la presidencia de la República y los consejeros electorales del INE.

Ahora bien, la supresión del Fuero Constitucional lo que pretende es erradicar la corrupción y la impunidad que tanto mal ha hecho a las estructuras gubernamentales y a la sociedad mexicana en general, esto se debe llevar consigo una adición también constitucional como lo es la revocación del mandato en el cargo, sólo así se puede avanzar en el desarrollo de nuestro querido México.

El gobierno en las tres funciones: Administrativa, Legislativa y Jurisdiccional, debe nutrirse con servidores públicos honestos, probos, moral y éticamente íntegros, la sociedad debe formalmente denunciar a los malos servidores públicos que se han enriquecido de manera inexplicable o que abusan del cargo para hacer “negocios” que ofenden y lastiman a la sociedad. La constitución dispone en su artículo 39: “Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste”.

El cargo nunca debe ejercer beneficio personal, y si procediera que tras las denuncias se les debería retirar el cargo, mucho ganaría la administración pública, pero sobre todo el pueblo de México, ya que ahora procede una pregunta, ¿a cuántos funcionarios “corruptos” se les ha retirado el cargo?, existen funcionarios negativos y corruptos que hacen negocios al amparo del gobierno, luego entonces el retirarles el Fuero o la Inmunidad Parlamentaria es innecesario si no se actúa con severidad, castigando y sancionando a esos “altos funcionarios” que diariamente traicionan al pueblo, éstos con Fuero o sin él seguirán haciendo de las “suyas”, la única manera de evitarlo es retirándoles el cargo.


La supresión del fuero constitucional como figura jurídica

Un tema muy polémico y que ha causado gran aceptación entre la ciudadanía, es la iniciativa de suprimir el Fuero Constitucional como figura jurídica que aún existe, pues falta la formalidad del Constituyente Permanente (el Senado no lo aprobó y tampoco ha pasado a las legislaturas estatales) para la supresión total del Fuero, así entonces, primeramente deseo expresar en este de “Análisis y Reflexión” que el Fuero Constitucional fue creado para otorgar inmunidad a los altos funcionarios para que antes de ser juzgados por haber cometido un delito del orden común, la Cámara de Diputados de la Federación o el Congreso local resolviera sobre la procedencia de vincularlo a un proceso penal, es decir que no pueden ser juzgados por haber cometido un delito como todos los ciudadanos, sin antes retirarles del cargo que ostentan, ya sea de elección popular o de designación.

Inicialmente el Fuero se otorgó a los diputados y senadores del Congreso de la Unión, tal y como lo señala el artículo 61 de nuestra Carta Magna, la cual indica: “Los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos y jamás podrán ser reconvenidos por ellas”.

Esta Inmunidad o Fuero se hizo extensiva para los altos funcionarios según dispone el artículo 111 Constitucional: Ministros de la Suprema Corte de Justicia, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de Despacho, el procurador o el consejero jurídico de la presidencia de la República y los consejeros electorales del INE.

Ahora bien, la supresión del Fuero Constitucional lo que pretende es erradicar la corrupción y la impunidad que tanto mal ha hecho a las estructuras gubernamentales y a la sociedad mexicana en general, esto se debe llevar consigo una adición también constitucional como lo es la revocación del mandato en el cargo, sólo así se puede avanzar en el desarrollo de nuestro querido México.

El gobierno en las tres funciones: Administrativa, Legislativa y Jurisdiccional, debe nutrirse con servidores públicos honestos, probos, moral y éticamente íntegros, la sociedad debe formalmente denunciar a los malos servidores públicos que se han enriquecido de manera inexplicable o que abusan del cargo para hacer “negocios” que ofenden y lastiman a la sociedad. La constitución dispone en su artículo 39: “Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste”.

El cargo nunca debe ejercer beneficio personal, y si procediera que tras las denuncias se les debería retirar el cargo, mucho ganaría la administración pública, pero sobre todo el pueblo de México, ya que ahora procede una pregunta, ¿a cuántos funcionarios “corruptos” se les ha retirado el cargo?, existen funcionarios negativos y corruptos que hacen negocios al amparo del gobierno, luego entonces el retirarles el Fuero o la Inmunidad Parlamentaria es innecesario si no se actúa con severidad, castigando y sancionando a esos “altos funcionarios” que diariamente traicionan al pueblo, éstos con Fuero o sin él seguirán haciendo de las “suyas”, la única manera de evitarlo es retirándoles el cargo.