/ viernes 14 de febrero de 2020

Con valor agregado | Cultura de la legalidad


Con el tiempo, todos vivimos procesos evolutivos, siempre en la búsqueda constante de mejorar las especies, materias y procedimientos, que nos permitan alcanzar importantes resultados.

Esta premisa también ocurre en las empresas, surgen nuevas necesidades, mercados, productos y distintas formas de llegar al objetivo deseado, los caminos son diversos, con diferentes efectividades que cada empresa mide y recurre a ello según sus requerimientos, afinidades y alcances.

En ese sentido, al momento está sobre la mesa legislativa la viabilidad y legalidad de la tercerización de la contratación del personal, el llamado outsourcing. Es una práctica de hace muchos años, como todo negocio, alguien vio una oportunidad de quitar carga patronal a las empresas que nacen, crecen o se expanden y encontraron un nicho de mercado, que pronto se expandió y ha crecido de forma importante.

Solo por mencionar algunas cifras, en 2004 la modalidad del outsourcing alcanzaba al 17% de los trabajadores, mientras que en 2019 llegó al 42%, destacando entre ello, algunas industrias como la maquila electrónica y el sector aeroespacial, que utilizan este esquema, casi en la totalidad de sus plantillas laborales. Resaltar que de 2013 a 2019, el 33% de los empleos que se han generado están bajo la modalidad de contratación de tercerización.

Desde esa óptica, es un modelo que cada día gana más espacios y difícilmente saldrá del mercado, solo hay que regularlo de acuerdo a las leyes de nuestro país. Si bien el patrón es la empresa intermediaria, existe un registro ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, se pagan impuestos, se cumple con todas las prestaciones de Ley, y las empresas inmersas en este negocio, cobran un porcentaje a quienes verdaderamente reciben el servicio por parte de los trabajadores, adicionalmente, son obligados solidarios de la empresa de outsourcing, es decir, hay una triada indivisible.

Si no es ilegal, solo se debe regular, por ello el sector empresarial ha dado un voto de confianza a la iniciativa de Ley propuesta por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde, quien propuso hacer un Registro Nacional de Empresas de Subcontratación, donde la dependencia a su cargo lleve la batuta.

Si al final no existe dolo, mala fe, ni ilegalidad, que es lo más importante, se trata de regular un segmento que se ha creado, resulta útil para algunas empresas y negocio para otras, simplemente es avanzar en materia normativa en las necesidades comerciales que el mercado demanda.

PRESIDENTA DEL CCEM / @LauraGlezEDOMEX


Con el tiempo, todos vivimos procesos evolutivos, siempre en la búsqueda constante de mejorar las especies, materias y procedimientos, que nos permitan alcanzar importantes resultados.

Esta premisa también ocurre en las empresas, surgen nuevas necesidades, mercados, productos y distintas formas de llegar al objetivo deseado, los caminos son diversos, con diferentes efectividades que cada empresa mide y recurre a ello según sus requerimientos, afinidades y alcances.

En ese sentido, al momento está sobre la mesa legislativa la viabilidad y legalidad de la tercerización de la contratación del personal, el llamado outsourcing. Es una práctica de hace muchos años, como todo negocio, alguien vio una oportunidad de quitar carga patronal a las empresas que nacen, crecen o se expanden y encontraron un nicho de mercado, que pronto se expandió y ha crecido de forma importante.

Solo por mencionar algunas cifras, en 2004 la modalidad del outsourcing alcanzaba al 17% de los trabajadores, mientras que en 2019 llegó al 42%, destacando entre ello, algunas industrias como la maquila electrónica y el sector aeroespacial, que utilizan este esquema, casi en la totalidad de sus plantillas laborales. Resaltar que de 2013 a 2019, el 33% de los empleos que se han generado están bajo la modalidad de contratación de tercerización.

Desde esa óptica, es un modelo que cada día gana más espacios y difícilmente saldrá del mercado, solo hay que regularlo de acuerdo a las leyes de nuestro país. Si bien el patrón es la empresa intermediaria, existe un registro ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, se pagan impuestos, se cumple con todas las prestaciones de Ley, y las empresas inmersas en este negocio, cobran un porcentaje a quienes verdaderamente reciben el servicio por parte de los trabajadores, adicionalmente, son obligados solidarios de la empresa de outsourcing, es decir, hay una triada indivisible.

Si no es ilegal, solo se debe regular, por ello el sector empresarial ha dado un voto de confianza a la iniciativa de Ley propuesta por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde, quien propuso hacer un Registro Nacional de Empresas de Subcontratación, donde la dependencia a su cargo lleve la batuta.

Si al final no existe dolo, mala fe, ni ilegalidad, que es lo más importante, se trata de regular un segmento que se ha creado, resulta útil para algunas empresas y negocio para otras, simplemente es avanzar en materia normativa en las necesidades comerciales que el mercado demanda.

PRESIDENTA DEL CCEM / @LauraGlezEDOMEX