/ viernes 21 de febrero de 2020

De análisis y reflexión | La figura jurídica del feminicidio


México desde la conquista de este territorio por parte de los españoles y hasta nuestros días; ha sido un país en donde permea el “machismo” y la “misoginia” que es una actitud de los hombres que no conformes con imponer su voluntad a las personas que lo rodean, abusando de su fuerza física maltratan a su novia, amante, pareja, o esposa lo que ha propiciado la violencia de género, un fenómeno que no solamente es exclusivo de México, sino en todo el mundo puesto que hay que reconocer que biológicamente el hombre posee una mayor fuerza física y en ocasiones mayor destreza para actuar en contra de las mujeres provocando el feminicidio.

El feminicidio es una acción que consiste llevar a cabo la privación de la vida de una mujer, únicamente por razones de género, es un acto que va dirigido siempre con una finalidad el de privar de la vida a la mujer.

El Código Penal del Estado de México regula la figura penal del feminicidio, actualmente en el artículo 281 en el subtítulo quinto que se refiere a los “Delitos de Violencia de Genero”; este delito tiene como bien jurídico tutelado el de la vida, el mismo artículo indica que para que ocurra el feminicidio deben de darse algunas de las siguientes circunstancias: Que la mujer presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; Que a la mujer se le hayan infligido lesiones o mutilaciones, previas o posteriores a la privación de la vida; Que existan antecedentes o medios de prueba de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar; Que haya existido entre el hombre y la mujer una relación sentimental, afectiva o de confianza; el delito en el Estado de México es sancionado con una pena de hasta 70 años de prisión, o incluso la prisión vitalicia perdiendo el hombre como sujeto activo todo derecho con relación a la víctima, se tipifica el feminicidio como una figura jurídica necesaria.

Últimamente este delito junto con el de corrupción ha elevado la delincuencia en el país. La violencia de género es propiciada por el odio y la discriminación hacia la mujer quizá esta conducta delictiva hace unos años era muy notoria en Ciudad Juárez, sin embargo el asesinato de las mujeres ha aumentado en los Estados de México, Jalisco, Morelos, Colima, Guanajuato, Veracruz, Querétaro, Nuevo León y Cuidad de México; es muy claro que a pesar que México ha firmado tratados internacionales, existen niveles alarmantes de violencia de género, es tan grave que esta figura jurídica, está ya tipificada en el Código Penal Federal.

El Gobierno debe establecer políticas públicas de educación, de prevención y ser una de las premisas fundamentales para resolver este problema, los Ministerios Públicos deben de ser más exigentes desde la Fiscalías Federal y Estatal, pues en ocasiones prefieren llamarle homicidio que feminicidio, de ser el primero, se vería como una muerte más y no viendo a las mujeres como sujetos débiles, susceptibles de cualquier forma de abuso.

Las políticas públicas de gobierno están obligadas a combatir el feminicidio ofreciendo seguridad a las mujeres en toda la sociedad, la violencia de genero se presenta en la familia y en la escuela por ello se debe de atender administrativa y judicialmente, insistir a través de los medios de comunicación sobre castigos enérgicos por acoso hacia la mujer, un último dato el Estado de México es la entidad en donde se registran las tazas más alta más de agresión en contra de la mujeres.

MAGISTRADO EN RETIRO / famlopezs@hotmail.com


México desde la conquista de este territorio por parte de los españoles y hasta nuestros días; ha sido un país en donde permea el “machismo” y la “misoginia” que es una actitud de los hombres que no conformes con imponer su voluntad a las personas que lo rodean, abusando de su fuerza física maltratan a su novia, amante, pareja, o esposa lo que ha propiciado la violencia de género, un fenómeno que no solamente es exclusivo de México, sino en todo el mundo puesto que hay que reconocer que biológicamente el hombre posee una mayor fuerza física y en ocasiones mayor destreza para actuar en contra de las mujeres provocando el feminicidio.

El feminicidio es una acción que consiste llevar a cabo la privación de la vida de una mujer, únicamente por razones de género, es un acto que va dirigido siempre con una finalidad el de privar de la vida a la mujer.

El Código Penal del Estado de México regula la figura penal del feminicidio, actualmente en el artículo 281 en el subtítulo quinto que se refiere a los “Delitos de Violencia de Genero”; este delito tiene como bien jurídico tutelado el de la vida, el mismo artículo indica que para que ocurra el feminicidio deben de darse algunas de las siguientes circunstancias: Que la mujer presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; Que a la mujer se le hayan infligido lesiones o mutilaciones, previas o posteriores a la privación de la vida; Que existan antecedentes o medios de prueba de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar; Que haya existido entre el hombre y la mujer una relación sentimental, afectiva o de confianza; el delito en el Estado de México es sancionado con una pena de hasta 70 años de prisión, o incluso la prisión vitalicia perdiendo el hombre como sujeto activo todo derecho con relación a la víctima, se tipifica el feminicidio como una figura jurídica necesaria.

Últimamente este delito junto con el de corrupción ha elevado la delincuencia en el país. La violencia de género es propiciada por el odio y la discriminación hacia la mujer quizá esta conducta delictiva hace unos años era muy notoria en Ciudad Juárez, sin embargo el asesinato de las mujeres ha aumentado en los Estados de México, Jalisco, Morelos, Colima, Guanajuato, Veracruz, Querétaro, Nuevo León y Cuidad de México; es muy claro que a pesar que México ha firmado tratados internacionales, existen niveles alarmantes de violencia de género, es tan grave que esta figura jurídica, está ya tipificada en el Código Penal Federal.

El Gobierno debe establecer políticas públicas de educación, de prevención y ser una de las premisas fundamentales para resolver este problema, los Ministerios Públicos deben de ser más exigentes desde la Fiscalías Federal y Estatal, pues en ocasiones prefieren llamarle homicidio que feminicidio, de ser el primero, se vería como una muerte más y no viendo a las mujeres como sujetos débiles, susceptibles de cualquier forma de abuso.

Las políticas públicas de gobierno están obligadas a combatir el feminicidio ofreciendo seguridad a las mujeres en toda la sociedad, la violencia de genero se presenta en la familia y en la escuela por ello se debe de atender administrativa y judicialmente, insistir a través de los medios de comunicación sobre castigos enérgicos por acoso hacia la mujer, un último dato el Estado de México es la entidad en donde se registran las tazas más alta más de agresión en contra de la mujeres.

MAGISTRADO EN RETIRO / famlopezs@hotmail.com