/ miércoles 24 de marzo de 2021

Vida Pública Constitución Constitucional

No se puede reformar la Constitución como ha dicho el Presidente de la República. Modificar el texto de la Carta Magna para hacer posible la aplicación de la Ley de la Industria Eléctrica, como él ha amagado con hacer, implicaría suprimir, entre otros, el derecho a la libre competencia, el derecho la salud y el derecho a un medio ambiente sano, de los que debemos gozar todas las personas mexicanas y, al intentar cancelar esos derechos, ya reconocidos en el texto de la Ley de leyes, esa reforma constitucional a la que el Ejecutivo ha aludido, sería, a todas luces, inconstitucional y, por tanto improcedente.

Para explicar lo anterior es preciso recordar que, si bien todas las sociedades son Estados Jurídicos, sólo las que incorporan normas e instituciones sobre la base del respeto a la dignidad, la libertad y la igualdad de las personas, además de que establecen límites al poder gubernamental, merecen ser llamados Estados de Derecho. Para mayor precisión, el artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano establece que: la sociedad en la que la garantía de los derechos no se encuentra asegurada, ni la división de poderes determinada, no tiene realmente una constitución.

Karl Friedrich Krause y Karl Loewenstein, llamaron a las sociedades que sí cumplen con esos requisitos, Estados Constitucionales de Derecho. Término útil para referirse a aquellas democracias que se fundan sobre una Constitución capaz de organizar y limitar el poder político de un Estado, desplegar relaciones de inclusión, igualdad y justicia entre las personas, y para hacer valer la soberanía popular. En ella, los ciudadanos pueden deliberar libremente y participar en la toma de decisiones políticas. La concepción de democracia constitucional no se agota en el texto constitucional, ni en la asamblea parlamentaria, sino que existen diferentes sedes deliberantes que se influencian mutuamente. En ese sentido, una Constitución es mucho más que un libro impreso, el conjunto de principios y derechos que regulan la convivencia civilizada. Reformar la Constitución para cancelar derechos ya reconocidos, equivale a suprimir el espíritu de nuestra democracia constitucional.

México es, y debe aspirar a consolidarse como un Estado Constitucional de Derecho. En tal propósito, cada día cobra mayor visibilidad el grado de responsabilidad y el papel protagónico que está llamada a ejercer la Suprema Corte de Justicia de la Nación pues, en su ámbito de acción no sólo se están atendiendo los recursos de defensa interpuestos por cada día más particulares, para defenderse de los efectos perniciosos de la de Ley de la Industria Eléctrica, sino que está pendiente de resolución un enorme listado de controversias constitucionales, acciones de constitucionalidad y solicitudes de amparo interpuestas en contra de prácticamente todas las reformas aprobadas por la actual legislatura federal pues, a consideración de cada vez más personas, esas decisiones de los legisladores nos perjudican.

Así las cosas, urge que la SCJN resuelva los asuntos que le han sido planteados pues, de ello depende que nuestra Constitución siga siendo constitucional.

@HuicocheaAlanis

No se puede reformar la Constitución como ha dicho el Presidente de la República. Modificar el texto de la Carta Magna para hacer posible la aplicación de la Ley de la Industria Eléctrica, como él ha amagado con hacer, implicaría suprimir, entre otros, el derecho a la libre competencia, el derecho la salud y el derecho a un medio ambiente sano, de los que debemos gozar todas las personas mexicanas y, al intentar cancelar esos derechos, ya reconocidos en el texto de la Ley de leyes, esa reforma constitucional a la que el Ejecutivo ha aludido, sería, a todas luces, inconstitucional y, por tanto improcedente.

Para explicar lo anterior es preciso recordar que, si bien todas las sociedades son Estados Jurídicos, sólo las que incorporan normas e instituciones sobre la base del respeto a la dignidad, la libertad y la igualdad de las personas, además de que establecen límites al poder gubernamental, merecen ser llamados Estados de Derecho. Para mayor precisión, el artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano establece que: la sociedad en la que la garantía de los derechos no se encuentra asegurada, ni la división de poderes determinada, no tiene realmente una constitución.

Karl Friedrich Krause y Karl Loewenstein, llamaron a las sociedades que sí cumplen con esos requisitos, Estados Constitucionales de Derecho. Término útil para referirse a aquellas democracias que se fundan sobre una Constitución capaz de organizar y limitar el poder político de un Estado, desplegar relaciones de inclusión, igualdad y justicia entre las personas, y para hacer valer la soberanía popular. En ella, los ciudadanos pueden deliberar libremente y participar en la toma de decisiones políticas. La concepción de democracia constitucional no se agota en el texto constitucional, ni en la asamblea parlamentaria, sino que existen diferentes sedes deliberantes que se influencian mutuamente. En ese sentido, una Constitución es mucho más que un libro impreso, el conjunto de principios y derechos que regulan la convivencia civilizada. Reformar la Constitución para cancelar derechos ya reconocidos, equivale a suprimir el espíritu de nuestra democracia constitucional.

México es, y debe aspirar a consolidarse como un Estado Constitucional de Derecho. En tal propósito, cada día cobra mayor visibilidad el grado de responsabilidad y el papel protagónico que está llamada a ejercer la Suprema Corte de Justicia de la Nación pues, en su ámbito de acción no sólo se están atendiendo los recursos de defensa interpuestos por cada día más particulares, para defenderse de los efectos perniciosos de la de Ley de la Industria Eléctrica, sino que está pendiente de resolución un enorme listado de controversias constitucionales, acciones de constitucionalidad y solicitudes de amparo interpuestas en contra de prácticamente todas las reformas aprobadas por la actual legislatura federal pues, a consideración de cada vez más personas, esas decisiones de los legisladores nos perjudican.

Así las cosas, urge que la SCJN resuelva los asuntos que le han sido planteados pues, de ello depende que nuestra Constitución siga siendo constitucional.

@HuicocheaAlanis