/ miércoles 5 de febrero de 2020

Vida Pública | Coordinación para la paz


Tal como lo ofreció hace unos días el Gobernador del Estado, ayer, hoy y en días sucesivos hemos visto y testificaremos la presencia de los integrantes de su gabinete, subsecretarios y, seguramente, algunos directores generales encabezando las reuniones regionales de coordinación para la construcción de la paz. Esfuerzo loable, sin duda, que será bienvenido por la ciudadanía si se traduce en resultados palpables para los mexiquenses, y que habla de una muy buena disposición del titular del Ejecutivo para recuperar la armonía social.

Importante, esa decisión de coordinar, apunta en la dirección correcta; no obstante, el mecanismo por antonomasia que el gobierno tiene para lograr que su voluntad se materialice, pueda organizar capacidades y recursos dirigidos a un objetivo común y consiga que eso se traduzca en beneficios, es la ley.

Sobre todo porque en lo que toca a la coordinación para la seguridad pública, hoy la ley es un desastre. Desde la Constitución General de la República, hasta los bandos de policía y buen gobierno de los miles de municipios que hay en el país, pasando por la Ley Federal de Seguridad Pública, las constituciones locales y las leyes de seguridad de las entidades federativas, todas establecen para las policías de cada ámbito de gobierno, exactamente la misma función. Palabras más o palabras menos, las policías que los ciudadanos conocemos hacen lo mismo y, consecuentemente, se duplican, se desarticulan cuando no se apelmasan y la responsabilidad se disipa.

Es preciso, mejor dicho, es urgente e indispensable, reformar el marco jurídico para dividir inteligentemente las tareas de seguridad, y precisar en qué consiste la coordinación entre corporaciones, qué debe hacer la policía federal -hoy llamada Guardia Nacional- qué corresponde a la policía estatal, y cuáles son las responsabilidades de la policía municipal, y cómo y cuándo interactúan todas ellas con el ejército o la marina, de modo que articular tareas no dependa de la buena voluntad del gobernante, sino de una obligación jurídica, la cual, además, se pueda medir, transparentar y, en su caso, reconocer y mejorar permanentemente, siempre a partir de resultados tangibles para la comunidad.

En la necesaria redistribución de competencias no es necesario inventar el hilo negro, sino observar las mejores prácticas de nuestra historia, y la realidad de otros países.

No hay que ir muy lejos para entender que la policía municipal es la más importante; debe realizar tareas de proximidad con la población, eso significa que debe ser la instancia al servicio de la convivencia civilizada (no un agente represor del gobierno) ser el grupo de vecinos uniformados que vigilan en permanencia, atienden todo tipo de sucesos, reciben las denuncias de delitos, investigan permanentemente patrones de conducta que les permite anticiparse a las conductas antisociales y a los criminales, y controlan los conflictos vecinales para impedir que escalen hasta convertirse en delitos, son los ojos de los jueces cívicos y son las que realizan y conducen las investigaciones criminales del 96% de los delitos conocidos como "del fuero común".

Las policías estatales deben hacer pocas e importantes tareas. A ellas corresponde el cuidado y vigilancia de caminos y zonas intermunicipales, además de la fuerza de reacción a amenazas a la convivencia pacífica y el orden legal en tareas de respaldo de la policía municipal y la investigación de delitos más especializados, así como la estadística y el seguimiento de la política anticriminal en la entidad.

La policía federal, por su parte, debe hacer todas las demás tareas, combatir el crimen de altos vuelos, el terrorismo y otras expresiones más sofisticadas de la delincuencia, el narcotráfico de gran escala, además de las consabidas funciones vinculadas a la seguridad nacional.

No está de más precisar que en todo este esquema no "pinta" el Ministerio Público, porque éste no debe realizar, como ahora, tareas de investigación criminal, y debe limitarse a armar jurídicamente los casos, a partir de la información de la policía, para llevar a los tribunales los asuntos que a la sociedad interesa que se resuelvan.

Así de fácil, así de complicadas deberían ser las reformas que no sólo faciliten la coordinación, sino que efectivamente contribuyan a la construcción de la paz.

@HuicocheaAlanis


Tal como lo ofreció hace unos días el Gobernador del Estado, ayer, hoy y en días sucesivos hemos visto y testificaremos la presencia de los integrantes de su gabinete, subsecretarios y, seguramente, algunos directores generales encabezando las reuniones regionales de coordinación para la construcción de la paz. Esfuerzo loable, sin duda, que será bienvenido por la ciudadanía si se traduce en resultados palpables para los mexiquenses, y que habla de una muy buena disposición del titular del Ejecutivo para recuperar la armonía social.

Importante, esa decisión de coordinar, apunta en la dirección correcta; no obstante, el mecanismo por antonomasia que el gobierno tiene para lograr que su voluntad se materialice, pueda organizar capacidades y recursos dirigidos a un objetivo común y consiga que eso se traduzca en beneficios, es la ley.

Sobre todo porque en lo que toca a la coordinación para la seguridad pública, hoy la ley es un desastre. Desde la Constitución General de la República, hasta los bandos de policía y buen gobierno de los miles de municipios que hay en el país, pasando por la Ley Federal de Seguridad Pública, las constituciones locales y las leyes de seguridad de las entidades federativas, todas establecen para las policías de cada ámbito de gobierno, exactamente la misma función. Palabras más o palabras menos, las policías que los ciudadanos conocemos hacen lo mismo y, consecuentemente, se duplican, se desarticulan cuando no se apelmasan y la responsabilidad se disipa.

Es preciso, mejor dicho, es urgente e indispensable, reformar el marco jurídico para dividir inteligentemente las tareas de seguridad, y precisar en qué consiste la coordinación entre corporaciones, qué debe hacer la policía federal -hoy llamada Guardia Nacional- qué corresponde a la policía estatal, y cuáles son las responsabilidades de la policía municipal, y cómo y cuándo interactúan todas ellas con el ejército o la marina, de modo que articular tareas no dependa de la buena voluntad del gobernante, sino de una obligación jurídica, la cual, además, se pueda medir, transparentar y, en su caso, reconocer y mejorar permanentemente, siempre a partir de resultados tangibles para la comunidad.

En la necesaria redistribución de competencias no es necesario inventar el hilo negro, sino observar las mejores prácticas de nuestra historia, y la realidad de otros países.

No hay que ir muy lejos para entender que la policía municipal es la más importante; debe realizar tareas de proximidad con la población, eso significa que debe ser la instancia al servicio de la convivencia civilizada (no un agente represor del gobierno) ser el grupo de vecinos uniformados que vigilan en permanencia, atienden todo tipo de sucesos, reciben las denuncias de delitos, investigan permanentemente patrones de conducta que les permite anticiparse a las conductas antisociales y a los criminales, y controlan los conflictos vecinales para impedir que escalen hasta convertirse en delitos, son los ojos de los jueces cívicos y son las que realizan y conducen las investigaciones criminales del 96% de los delitos conocidos como "del fuero común".

Las policías estatales deben hacer pocas e importantes tareas. A ellas corresponde el cuidado y vigilancia de caminos y zonas intermunicipales, además de la fuerza de reacción a amenazas a la convivencia pacífica y el orden legal en tareas de respaldo de la policía municipal y la investigación de delitos más especializados, así como la estadística y el seguimiento de la política anticriminal en la entidad.

La policía federal, por su parte, debe hacer todas las demás tareas, combatir el crimen de altos vuelos, el terrorismo y otras expresiones más sofisticadas de la delincuencia, el narcotráfico de gran escala, además de las consabidas funciones vinculadas a la seguridad nacional.

No está de más precisar que en todo este esquema no "pinta" el Ministerio Público, porque éste no debe realizar, como ahora, tareas de investigación criminal, y debe limitarse a armar jurídicamente los casos, a partir de la información de la policía, para llevar a los tribunales los asuntos que a la sociedad interesa que se resuelvan.

Así de fácil, así de complicadas deberían ser las reformas que no sólo faciliten la coordinación, sino que efectivamente contribuyan a la construcción de la paz.

@HuicocheaAlanis