/ martes 10 de abril de 2018

Visión Democrática


Campañas electorales y servicio público ¿incompatibles?

En julio tendremos por primera vez en la época moderna de nuestro país la opción de la “elección consecutiva”, lo que coloquialmente se conoce como “reelección”; asociado con este tema está la equidad en la contienda, lo ideal en cualquier elección es que quien desarrolle una campaña lo haga en las mismas condiciones que sus iguales de otras fuerzas políticas, no más, no menos.

Abonando a la imparcialidad en la contienda, la Constitución y el Código Electoral tienen previsto como requisito que los servidores públicos que sean registrados como candidatos deben separarse de sus respectivos cargos por lo menos 90 días antes de la elección, sin distingos entre elección “normal” o reelección; el IEEM ha respondido consultas sobre el tema, nuestras respuestas han sido motivo de determinaciones de instancias jurisdiccionales que han resuelto que la obligación de separarse del cargo es inconstitucional y por tanto quien pretenda reelegirse podrá optar por separarse o no del cargo que actualmente tiene. Con el detalle de que la Constitución Federal indica que todo servidor público tiene la obligación de utilizar con imparcialidad los recursos que estén bajo su responsabilidad, lo que implica que el cargo que ostentan no se puede utilizar para incidir en los procesos electorales, ni a favor ni en contra de nadie.

Considerando que las reuniones públicas, asambleas, marchas y, en general, los eventos en que los candidatos o voceros de los partidos se dirigen al electorado para promover sus candidaturas y solicitar el voto ciudadano, son actos de campaña; resulta obvio que los servidores públicos que buscan su reelección tendrán ciertas restricciones para promover su candidatura sin transgredir la Constitución, ni incurrir en la comisión de algún delito electoral.

Uno de los objetivos de la elección consecutiva es que exista continuidad en los trabajos y programas de la función pública, y también es cierto que quien ocupa un cargo de elección lo hace todos los días y a todas horas, se es diputado o integrante del ayuntamiento las veinticuatro horas del día. Por ello un servidor público que a su vez sea candidato podría ubicarse en una situación de inequidad respecto de las otras opciones, ya sea por realizar actos de campaña utilizando recursos públicos o bien sufrir de una inequidad en su contra por no poder realizar una campaña electoral a plenitud.

Así las cosas, resulta recomendable que quienes busquen reelegirse, si no se separaron del cargo con la antelación que exige la ley, lo hagan por lo menos durante los 35 días que duran las campañas electorales; o permitan que su campaña se realice sin su participación, la decisión no es menor pero finalmente ¿no está hecha la vida de eso, de tomar decisiones?

@CP_IEEM_MX


Campañas electorales y servicio público ¿incompatibles?

En julio tendremos por primera vez en la época moderna de nuestro país la opción de la “elección consecutiva”, lo que coloquialmente se conoce como “reelección”; asociado con este tema está la equidad en la contienda, lo ideal en cualquier elección es que quien desarrolle una campaña lo haga en las mismas condiciones que sus iguales de otras fuerzas políticas, no más, no menos.

Abonando a la imparcialidad en la contienda, la Constitución y el Código Electoral tienen previsto como requisito que los servidores públicos que sean registrados como candidatos deben separarse de sus respectivos cargos por lo menos 90 días antes de la elección, sin distingos entre elección “normal” o reelección; el IEEM ha respondido consultas sobre el tema, nuestras respuestas han sido motivo de determinaciones de instancias jurisdiccionales que han resuelto que la obligación de separarse del cargo es inconstitucional y por tanto quien pretenda reelegirse podrá optar por separarse o no del cargo que actualmente tiene. Con el detalle de que la Constitución Federal indica que todo servidor público tiene la obligación de utilizar con imparcialidad los recursos que estén bajo su responsabilidad, lo que implica que el cargo que ostentan no se puede utilizar para incidir en los procesos electorales, ni a favor ni en contra de nadie.

Considerando que las reuniones públicas, asambleas, marchas y, en general, los eventos en que los candidatos o voceros de los partidos se dirigen al electorado para promover sus candidaturas y solicitar el voto ciudadano, son actos de campaña; resulta obvio que los servidores públicos que buscan su reelección tendrán ciertas restricciones para promover su candidatura sin transgredir la Constitución, ni incurrir en la comisión de algún delito electoral.

Uno de los objetivos de la elección consecutiva es que exista continuidad en los trabajos y programas de la función pública, y también es cierto que quien ocupa un cargo de elección lo hace todos los días y a todas horas, se es diputado o integrante del ayuntamiento las veinticuatro horas del día. Por ello un servidor público que a su vez sea candidato podría ubicarse en una situación de inequidad respecto de las otras opciones, ya sea por realizar actos de campaña utilizando recursos públicos o bien sufrir de una inequidad en su contra por no poder realizar una campaña electoral a plenitud.

Así las cosas, resulta recomendable que quienes busquen reelegirse, si no se separaron del cargo con la antelación que exige la ley, lo hagan por lo menos durante los 35 días que duran las campañas electorales; o permitan que su campaña se realice sin su participación, la decisión no es menor pero finalmente ¿no está hecha la vida de eso, de tomar decisiones?

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