/ martes 25 de agosto de 2020

No deberá postergarse el cumplimiento de la "norma 035"

Tiene como objetivo establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial


A pesar de la pandemia del Covid-19, no habrá marcha atrás para que las empresas cumplan con la aplicación de la norma 035 de la Secretaría del Trabajo, y la fecha límite para ello es el próximo 23 de octubre.

Al participar en la reunión web semanal del Consejo Patronal del Estado de México (Copem), Gabriela Soulé Egea, especialista de la empresa Gin Group señaló que es fundamental la atención integral a los trabajadores para poder reactivar la economía, como lo han venido señalando diferentes organismos internacionales, entre ellos: la Organización Mundial de la Salud (ONU).

Cabe mencionar que esta norma tiene como objetivo establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.

Dicha disposición, no mide el estrés, su objetivo únicamente es que los empleadores identifiquen y analicen los factores de riesgo psicosocial y laboral que se relacionan directamente con la salud de los colaboradores, como son: un ambiente de trabajo peligroso o inseguro, condiciones insalubres o un ritmo laboral acelerado.

Absoluto cumplimiento

La especialista recordó que fue en el 2018 cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) esta medida, y comenzó a darse cumplimiento en octubre del 2019 (la primera etapa), con el propósito de contar con las políticas, así como las medidas de prevención que permitan identificar a los trabajadores con riesgo psicosocial.

En una segunda etapa (23 de octubre de este año), las compañías deberán contar con la identificación y análisis de los empleados con peligro psicosocial, la evaluación del entorno organizacional, factores de riesgo de las unidades económicas, las medidas de acción para prevenir la problemática, un Código de Ética, la práctica de exámenes médicos y un buzón de denuncias, entre otros rubros.


A pesar de la pandemia del Covid-19, no habrá marcha atrás para que las empresas cumplan con la aplicación de la norma 035 de la Secretaría del Trabajo, y la fecha límite para ello es el próximo 23 de octubre.

Al participar en la reunión web semanal del Consejo Patronal del Estado de México (Copem), Gabriela Soulé Egea, especialista de la empresa Gin Group señaló que es fundamental la atención integral a los trabajadores para poder reactivar la economía, como lo han venido señalando diferentes organismos internacionales, entre ellos: la Organización Mundial de la Salud (ONU).

Cabe mencionar que esta norma tiene como objetivo establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.

Dicha disposición, no mide el estrés, su objetivo únicamente es que los empleadores identifiquen y analicen los factores de riesgo psicosocial y laboral que se relacionan directamente con la salud de los colaboradores, como son: un ambiente de trabajo peligroso o inseguro, condiciones insalubres o un ritmo laboral acelerado.

Absoluto cumplimiento

La especialista recordó que fue en el 2018 cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) esta medida, y comenzó a darse cumplimiento en octubre del 2019 (la primera etapa), con el propósito de contar con las políticas, así como las medidas de prevención que permitan identificar a los trabajadores con riesgo psicosocial.

En una segunda etapa (23 de octubre de este año), las compañías deberán contar con la identificación y análisis de los empleados con peligro psicosocial, la evaluación del entorno organizacional, factores de riesgo de las unidades económicas, las medidas de acción para prevenir la problemática, un Código de Ética, la práctica de exámenes médicos y un buzón de denuncias, entre otros rubros.

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