/ domingo 29 de noviembre de 2020

Alerta de Género: acciones para erradicar la violencia contra las mujeres

La alerta es dictada por el gobierno federal, debe ser operada coordinadamente por los gobiernos estatales y municipales


La alerta de violencia de género contra las mujeres (AVGM) es un mecanismo de protección de sus derechos humanos, es único en el mundo y tiene como objetivo erradicar la violencia en contra de mujeres y niñas en cualquier espacio público o privado.

Consiste en un conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida o la existencia de agravios que impidan el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres en un territorio determinado (municipio o entidad federativa).

La violencia contra las mujeres la pueden ejercer los individuos o la propia comunidad, como lo establece la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su Artículo 22.

El objetivo de la alerta de género es garantizar la seguridad de mujeres y niñas, el cese de la violencia en su contra y eliminar las desigualdades provocadas por vacíos en las leyes o por la persistencia de una conducta paternalista que privilegia el acceso de los varones al desarrollo y lo minimiza para las mujeres.

La violencia feminicida es la forma extrema de violencia contra las mujeres por el solo hecho de ser mujeres, ocasiona la violación a sus derechos humanos, en los espacios público y privado; incluye conductas de odio o rechazo que no son sancionadas por la sociedad o por la autoridad encargada de hacerlo y puede terminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.

El agravio contra las mujeres se configura cuando un ordenamiento jurídico vigente o una política pública provoquen distinciones, restricciones o mecanismos diversos para la atención de una misma problemática o delito en detrimento de las mujeres.

También cuando no se proporcione el mismo trato jurídico en igualdad de circunstancias, generando discriminación y consecuente agravio, además, cuando se genere una aplicación desigual de la ley, lesionándose los derechos humanos de las mujeres, así como los principios de igualdad y no discriminación.

El Estado de México fue la primera entidad en donde se declaró la Alerta de Género, el 31 de julio de 2015 en 11 municipios: Ecatepec, Nezahualcóyotl, Tlalnepantla, Toluca, Chalco, Chimalhuacán, Naucalpan, Tultitlán, Ixtapaluca, Valle de Chalco y Cuautitlán Izcallí.

Es de mencionar que la primera y única entidad que solicitó al gobierno federal la declaratoria de Alerta de Género fue el Estado de México.

Posteriormente y debido al número de feminicidios, la Secretaría de Gobernación decretó el mecanismo para entidades como Morelos, el 10 de agosto de 2015; Michoacán, el 27 de junio de 2016; Chiapas, el 18 de noviembre de 2015 y, Nuevo León, el 18 de noviembre de ese mismo año.

En 2016 fueron decretadas Alertas de Género en Veracruz, el 23 de noviembre; en 2017 la declaratoria incluyó a Sinaloa, fue hasta el 31 de marzo; a Colima, el 20 de junio; San Luis Potosí, el 21 de junio; a Guerrero, el 22 de junio; a Quintana Roo, el 7 de julio y, a Nayarit, el 4 de agosto de 2017.

En Veracruz de decretó la Alerta de Género el 13 de diciembre de 2017 por agravio comparado a los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Actualmente, se registran nueve procedimientos en trámite para la declaratoria de Alerta de Género correspondiente a los estados de Campeche, Ciudad de México, Coahuila, Durango, Jalisco, Oaxaca, Puebla, Yucatán y Zacatecas.


La alerta de violencia de género contra las mujeres (AVGM) es un mecanismo de protección de sus derechos humanos, es único en el mundo y tiene como objetivo erradicar la violencia en contra de mujeres y niñas en cualquier espacio público o privado.

Consiste en un conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida o la existencia de agravios que impidan el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres en un territorio determinado (municipio o entidad federativa).

La violencia contra las mujeres la pueden ejercer los individuos o la propia comunidad, como lo establece la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su Artículo 22.

El objetivo de la alerta de género es garantizar la seguridad de mujeres y niñas, el cese de la violencia en su contra y eliminar las desigualdades provocadas por vacíos en las leyes o por la persistencia de una conducta paternalista que privilegia el acceso de los varones al desarrollo y lo minimiza para las mujeres.

La violencia feminicida es la forma extrema de violencia contra las mujeres por el solo hecho de ser mujeres, ocasiona la violación a sus derechos humanos, en los espacios público y privado; incluye conductas de odio o rechazo que no son sancionadas por la sociedad o por la autoridad encargada de hacerlo y puede terminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.

El agravio contra las mujeres se configura cuando un ordenamiento jurídico vigente o una política pública provoquen distinciones, restricciones o mecanismos diversos para la atención de una misma problemática o delito en detrimento de las mujeres.

También cuando no se proporcione el mismo trato jurídico en igualdad de circunstancias, generando discriminación y consecuente agravio, además, cuando se genere una aplicación desigual de la ley, lesionándose los derechos humanos de las mujeres, así como los principios de igualdad y no discriminación.

El Estado de México fue la primera entidad en donde se declaró la Alerta de Género, el 31 de julio de 2015 en 11 municipios: Ecatepec, Nezahualcóyotl, Tlalnepantla, Toluca, Chalco, Chimalhuacán, Naucalpan, Tultitlán, Ixtapaluca, Valle de Chalco y Cuautitlán Izcallí.

Es de mencionar que la primera y única entidad que solicitó al gobierno federal la declaratoria de Alerta de Género fue el Estado de México.

Posteriormente y debido al número de feminicidios, la Secretaría de Gobernación decretó el mecanismo para entidades como Morelos, el 10 de agosto de 2015; Michoacán, el 27 de junio de 2016; Chiapas, el 18 de noviembre de 2015 y, Nuevo León, el 18 de noviembre de ese mismo año.

En 2016 fueron decretadas Alertas de Género en Veracruz, el 23 de noviembre; en 2017 la declaratoria incluyó a Sinaloa, fue hasta el 31 de marzo; a Colima, el 20 de junio; San Luis Potosí, el 21 de junio; a Guerrero, el 22 de junio; a Quintana Roo, el 7 de julio y, a Nayarit, el 4 de agosto de 2017.

En Veracruz de decretó la Alerta de Género el 13 de diciembre de 2017 por agravio comparado a los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Actualmente, se registran nueve procedimientos en trámite para la declaratoria de Alerta de Género correspondiente a los estados de Campeche, Ciudad de México, Coahuila, Durango, Jalisco, Oaxaca, Puebla, Yucatán y Zacatecas.

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