/ miércoles 9 de septiembre de 2020

Alistan Ley de Declaración Especial de Ausencia para el Edomex

Protegería a las víctimas, a sus familiares y establecerá la presunción de vida

La Legislatura mexiquense alista la Ley para la Declaración Especial de Ausencia que incluye establecer el principio de presunción de vida, la entrega de declaraciones de ausencia, en un plazo máximo de seis meses y ofrecer certeza a las familias de quienes se encuentran en calidad de desaparecidos.

Las y los diputados locales advirtieron que la entidad mexiquense es la segunda con más personas desaparecidas, pues hasta agosto sumaban más de 7 mil 692 y debe tener una ley que ayude a las familias, pues cuando alguien desaparece es necesario acreditarlo.

La declaración especial de ausencia es un documento que deberán emitir las autoridades para que las familias puedan mantener prestaciones como la seguridad social, garantizar los derechos de las víctimas, pero también detener cobros por créditos.

Con esa norma, el Ministerio Público tendrá la obligación de informar a las y los familiares sobre el procedimiento para la declaración de ausencia.

La nueva iniciativa de ley integra propuestas de colectivos y familiares, de la oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, entre ellas, el principio depresunción de vida a favor de las personas desaparecidas.

Las y los legisladores advirtieron que la desaparición de personas es un delito de lesa humanidad que afecta a las víctimas y a sus familiares, y en estos momentos, la legislación mexiquense no cuenta con una respuesta adecuada para las víctimas de desaparición, conforme a los principios y estándares internacionales.

Advirtieron que existe la necesidad de reconocer, proteger y garantizar la situación jurídica y los derechos de la persona desaparecida y fijar un plazo máximo de resolución de seis meses para obtener una declaración de ausencia, pues en estos momentos tardan hasta dos o tres años.

La declaración especial de ausencia, explicó el diputado Gerardo Ulloa de Morena, es un adelanto en el reconocimiento de los derechos de las personas desaparecidas y de sus familias, y su implementación debe ser adecuada y apegada a los principios de buena fe, celeridad, enfoque especializado, gratuidad, no discriminación, inmediatez y máxima protección, al tiempo de brindar garantías de protección, disminuir términos procesales y proteger los derechos de las personas desaparecidas.

También buscarán garantizar el interés de la niñez, un trato igualitario entre mujeres y hombres, definir un plazo de tres meses para interponer el procedimiento de declaración especial de ausencia, a partir de la denuncia, la suspensión de actos mercantiles y procesales sobre los bienes de la persona desaparecida.

Karina Labastida, autora de la iniciativa, destacó que con la Ley de Desaparición de Ausencia las búsquedas deben ser para encontrar a las personas con vida y esperan que la declaración especial de ausencia tarde máximo seis meses en ser expedida para que los familiares puedan realizar los trámites que requieran y no dejarlos en estado de indefensión.

Hasta en tanto no se conozca el paradero de la persona desaparecida, puntualizó, los familiares podrán seguir teniendo seguridad social y detener los pagos de créditos.

Edith López Hernández consultora de la oficina de la alta comisionada de las Naciones Unidas explicó que el objetivo es armonizar las disposiciones a la Ley General y a normas internacionales, pues incluye un capítulo completo sobre la declaración especial de ausencia para personas desaparecidas y los congresos deben legislar en la materia.

La entidad, dijo, ya tenía una norma, pero se debe armonizar a la Ley general, tener cuidado con los efectos que tendría la declaración especial e invitó a ir más allá de la Ley General, a incluir documentos de fácil lectura, en sistema braille y mejorar la cobertura para proteger más ampliamente a familiares y a quienes dependen de las personas desaparecidas.

El reporte y la denuncia, dijo, son las llaves que abren la posibilidad para la declaración de ausencia, por lo cual deben ser ágiles, a fin de hacer valer derechos como las guardias custodias, incluso en contextos donde no hay denuncias

María Luisa Mendoza del Partido Verde dijo que la entidad es la segunda con más desapariciones, por lo cual es necesario legislar sobre el tema, apoyar a las familias, otorgar apoyos fiscales y crear juzgados especializados.

José Antonio García del PAN dijo que hasta el 18 de agosto de este año había 74 mil 694 personas desaparecidas en el país, y en el Estado de México eran 7 mil 692.

Mariana Uribe de Morena también destacó que la nueva ley incluirá la presunción de vida, plazos para entregar la declaración de ausencia, obligaciones de las autoridades, entre otras.

Entre las instituciones que han apoyado la iniciativa destacan: la oficina de la alta comisionada para los Derechos Humanos, la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, la CODHEM, la Fiscalía General de Justicia, las secretarías de Justicia, de Seguridad, la Comisión de Búsqueda de Personas de la entidad, la Comisión de Víctimas, el Issemym, el Colectivo de Familiares y Víctimas de Desaparición.

La Legislatura mexiquense alista la Ley para la Declaración Especial de Ausencia que incluye establecer el principio de presunción de vida, la entrega de declaraciones de ausencia, en un plazo máximo de seis meses y ofrecer certeza a las familias de quienes se encuentran en calidad de desaparecidos.

Las y los diputados locales advirtieron que la entidad mexiquense es la segunda con más personas desaparecidas, pues hasta agosto sumaban más de 7 mil 692 y debe tener una ley que ayude a las familias, pues cuando alguien desaparece es necesario acreditarlo.

La declaración especial de ausencia es un documento que deberán emitir las autoridades para que las familias puedan mantener prestaciones como la seguridad social, garantizar los derechos de las víctimas, pero también detener cobros por créditos.

Con esa norma, el Ministerio Público tendrá la obligación de informar a las y los familiares sobre el procedimiento para la declaración de ausencia.

La nueva iniciativa de ley integra propuestas de colectivos y familiares, de la oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, entre ellas, el principio depresunción de vida a favor de las personas desaparecidas.

Las y los legisladores advirtieron que la desaparición de personas es un delito de lesa humanidad que afecta a las víctimas y a sus familiares, y en estos momentos, la legislación mexiquense no cuenta con una respuesta adecuada para las víctimas de desaparición, conforme a los principios y estándares internacionales.

Advirtieron que existe la necesidad de reconocer, proteger y garantizar la situación jurídica y los derechos de la persona desaparecida y fijar un plazo máximo de resolución de seis meses para obtener una declaración de ausencia, pues en estos momentos tardan hasta dos o tres años.

La declaración especial de ausencia, explicó el diputado Gerardo Ulloa de Morena, es un adelanto en el reconocimiento de los derechos de las personas desaparecidas y de sus familias, y su implementación debe ser adecuada y apegada a los principios de buena fe, celeridad, enfoque especializado, gratuidad, no discriminación, inmediatez y máxima protección, al tiempo de brindar garantías de protección, disminuir términos procesales y proteger los derechos de las personas desaparecidas.

También buscarán garantizar el interés de la niñez, un trato igualitario entre mujeres y hombres, definir un plazo de tres meses para interponer el procedimiento de declaración especial de ausencia, a partir de la denuncia, la suspensión de actos mercantiles y procesales sobre los bienes de la persona desaparecida.

Karina Labastida, autora de la iniciativa, destacó que con la Ley de Desaparición de Ausencia las búsquedas deben ser para encontrar a las personas con vida y esperan que la declaración especial de ausencia tarde máximo seis meses en ser expedida para que los familiares puedan realizar los trámites que requieran y no dejarlos en estado de indefensión.

Hasta en tanto no se conozca el paradero de la persona desaparecida, puntualizó, los familiares podrán seguir teniendo seguridad social y detener los pagos de créditos.

Edith López Hernández consultora de la oficina de la alta comisionada de las Naciones Unidas explicó que el objetivo es armonizar las disposiciones a la Ley General y a normas internacionales, pues incluye un capítulo completo sobre la declaración especial de ausencia para personas desaparecidas y los congresos deben legislar en la materia.

La entidad, dijo, ya tenía una norma, pero se debe armonizar a la Ley general, tener cuidado con los efectos que tendría la declaración especial e invitó a ir más allá de la Ley General, a incluir documentos de fácil lectura, en sistema braille y mejorar la cobertura para proteger más ampliamente a familiares y a quienes dependen de las personas desaparecidas.

El reporte y la denuncia, dijo, son las llaves que abren la posibilidad para la declaración de ausencia, por lo cual deben ser ágiles, a fin de hacer valer derechos como las guardias custodias, incluso en contextos donde no hay denuncias

María Luisa Mendoza del Partido Verde dijo que la entidad es la segunda con más desapariciones, por lo cual es necesario legislar sobre el tema, apoyar a las familias, otorgar apoyos fiscales y crear juzgados especializados.

José Antonio García del PAN dijo que hasta el 18 de agosto de este año había 74 mil 694 personas desaparecidas en el país, y en el Estado de México eran 7 mil 692.

Mariana Uribe de Morena también destacó que la nueva ley incluirá la presunción de vida, plazos para entregar la declaración de ausencia, obligaciones de las autoridades, entre otras.

Entre las instituciones que han apoyado la iniciativa destacan: la oficina de la alta comisionada para los Derechos Humanos, la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, la CODHEM, la Fiscalía General de Justicia, las secretarías de Justicia, de Seguridad, la Comisión de Búsqueda de Personas de la entidad, la Comisión de Víctimas, el Issemym, el Colectivo de Familiares y Víctimas de Desaparición.

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