Toluca, México.- El Tribunal Electoral del Estado de México TEEM) sancionó con amonestación pública a Andrés Manuel López Obrador, candidato presidencial de la coalición Juntos Haremos Historia, por actos anticipados de pre campaña y campaña en favor de Mario Ariel Juárez Rodríguez, candidato a la presidencia municipal de Cuautitlán, Es de mencionar que la amonestación se hará pública a través de estrados y de las respectivas páginas electrónicas.
Al resolver el Procedimiento Especial Sancionador marcado con el número 87/2018, los integrantes del Pleno del TEEM concluyeron que fueron conformados los actos impugnados, así como el uso de símbolos religiosos utilizados durante un evento público, el pasado 4 de mayo, en el municipio de Cuautitlán, en donde López Obrador solicitó -en su calidad de candidato presidencial- el voto a favor de Juárez Rodríguez.
El PES 97/2018, interpuesto por el Partido Revolucionario Institucional, pudo comprobar los actos impugnados por cuanto a López Obrador, pues de sus manifestaciones se constataron los llamados claros y explícitos al voto a favor de Juárez Rodríguez antes del inicio de la campaña electoral local, la cual arrancó el 24 de mayo pasado.
La sanción impuesta consiste en una amonestación pública a Andrés Manuel López Obrador en su calidad de candidato a la Presidencia de la República, postulado por la coalición Juntos Haremos Historia.
El Pleno del TEEM instruyó al Secretario General de Acuerdos de este tribunal, a publicar el presente fallo en los estrados del mismo, así como en la página electrónica y remita al vocal ejecutivo del Consejo Municipal Electoral número 24 del IEEM, con cabecera en Cuautitlán, copia de esta sentencia para su publicidad en estrados públicos y en la página de internet respectiva.
En la sesión celebrada por los magistrados del TEEM este jueves, se resolvieron un total de 40 medios de impugnación, 19 de os cuales correspondieron a Juicios pa ala Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, 20 Procedimientos Especiales Sancionadores y un Recurso de Apelación.