/ lunes 26 de julio de 2021

Aumentan penas por maltrato animal hasta a seis y nueve años de prisión

Obligan a crear unidades para establecer campañas de esterilización y atención animal

La Comisión de Legislación y Administración Municipal y la de Cambio Climático aprobaron reformas a la Ley Orgánica Municipal y el Código Penal para aumentar la penalidad por maltrato animal en el Estado de México hasta a cuatro años de prisión, y a seis años cuando se prolongue la agonía del animal.

Las reformas deben ser votadas en el pleno y publicarse para entrar en vigor. También se constituirán en los ayuntamientos consejos municipales de bienestar animal enfocados a establecer políticas públicas como programas de esterilización, contar con unidades que brinden servicio veterinario en forma rutinaria y reporten posibles casos de maltrato.

Con las reformas a los artículos 235 Bis y 235 Ter del Código Penal del Estado de México, a propuesta de la diputada Elizabeth Millán García de Morena, las comisiones avalaron que quién causa lesiones dolosas a cualquier animal, que no constituya una plaga, para causarle o no la muerte, se le impondrán de seis meses a cuatro años de prisión y de 150 a 300 días multa.

A quien realice actos eróticos sexuales a un animal o le introduzca vía vaginal o rectal el miembro viril, cualquier parte del cuerpo, objeto o instrumento también se le sancionará con penas de seis meses a cuatro años de prisión y de 50 a 150 días multa.

Además, a quien causa la muerte no inmediata utilizando cualquier medio que prolongue la agonía de cualquier animal, que no constituya plaga, se le impondrán de tres a seis años de prisión y de 200 a 400 días multa.

Las penas podrán aumentar hasta en una mitad, es decir, hasta a nueve años si el maltrato animal es cometido por servidores públicos que tengan por encargo el manejo de animales.

Actualmente el delito de maltrato animal o los actos sexuales hacia ellos son castigados con penas de hasta dos años de prisión, y la sanción más alta es de tres años cuando se prolongue su agonía; por lo cual, con la reforma se duplican las penalidades.

Las y los diputados locales consideraron la necesidad de incrementar las penas en materia de maltrato animal para inhibir esas conductas, proteger a los animales, evitar la comisión de conductas que pongan en peligro su vida, les causan la muerte o incurran en crueldad animal.

Además, las unidades municipales de control y bienestar animal que deberán crearse tendrán la atribución de efectuar programas de esterilización hacia todos los animales, incluyendo a los que estén en situación en calle y se buscarán políticas públicas que generen buenas prácticas xey control animal a través de la esterilización educación y cultura de la convivencia responsable.

También deberán atender y canalizar los reportes de maltrato animal en situación de calle, atender la normatividad en materia de control y bienestar animal; tener un plan de trabajo anual, contar con medidas de control sanitario, disponer de equipo que proporcione servicio veterinario de manera rutinaria.

Para eso, podrán habilitar unidades en desuso para la instalación de unidades móviles de esterilización de animales de compañía y en situación de calle, a fin de contar con unidades móviles en materia de control animal con personal médico, equipo y medidas adecuadas.

Incluso, la reforma se establece como meta esterilizar al 10% del total de animales en situación de calle cada año, con la posibilidad de auxiliarse de algunas dependencias y de la sociedad civil.

También se prevé que cada municipio tendrá un consejo municipal de protección y bienestar animal, como órgano de consulta para prevención acuerdos y ejecución de acciones necesarias.

En su integración se garantizará la inclusión de personas con experiencia en cuidado animal, organizaciones de la sociedad civil y podrá opinar sobre el programa anual de trabajo de la unidad, sobre acciones a realizar en materia de cuidado animal en situación de calle, entre otras.

La Comisión de Legislación y Administración Municipal y la de Cambio Climático aprobaron reformas a la Ley Orgánica Municipal y el Código Penal para aumentar la penalidad por maltrato animal en el Estado de México hasta a cuatro años de prisión, y a seis años cuando se prolongue la agonía del animal.

Las reformas deben ser votadas en el pleno y publicarse para entrar en vigor. También se constituirán en los ayuntamientos consejos municipales de bienestar animal enfocados a establecer políticas públicas como programas de esterilización, contar con unidades que brinden servicio veterinario en forma rutinaria y reporten posibles casos de maltrato.

Con las reformas a los artículos 235 Bis y 235 Ter del Código Penal del Estado de México, a propuesta de la diputada Elizabeth Millán García de Morena, las comisiones avalaron que quién causa lesiones dolosas a cualquier animal, que no constituya una plaga, para causarle o no la muerte, se le impondrán de seis meses a cuatro años de prisión y de 150 a 300 días multa.

A quien realice actos eróticos sexuales a un animal o le introduzca vía vaginal o rectal el miembro viril, cualquier parte del cuerpo, objeto o instrumento también se le sancionará con penas de seis meses a cuatro años de prisión y de 50 a 150 días multa.

Además, a quien causa la muerte no inmediata utilizando cualquier medio que prolongue la agonía de cualquier animal, que no constituya plaga, se le impondrán de tres a seis años de prisión y de 200 a 400 días multa.

Las penas podrán aumentar hasta en una mitad, es decir, hasta a nueve años si el maltrato animal es cometido por servidores públicos que tengan por encargo el manejo de animales.

Actualmente el delito de maltrato animal o los actos sexuales hacia ellos son castigados con penas de hasta dos años de prisión, y la sanción más alta es de tres años cuando se prolongue su agonía; por lo cual, con la reforma se duplican las penalidades.

Las y los diputados locales consideraron la necesidad de incrementar las penas en materia de maltrato animal para inhibir esas conductas, proteger a los animales, evitar la comisión de conductas que pongan en peligro su vida, les causan la muerte o incurran en crueldad animal.

Además, las unidades municipales de control y bienestar animal que deberán crearse tendrán la atribución de efectuar programas de esterilización hacia todos los animales, incluyendo a los que estén en situación en calle y se buscarán políticas públicas que generen buenas prácticas xey control animal a través de la esterilización educación y cultura de la convivencia responsable.

También deberán atender y canalizar los reportes de maltrato animal en situación de calle, atender la normatividad en materia de control y bienestar animal; tener un plan de trabajo anual, contar con medidas de control sanitario, disponer de equipo que proporcione servicio veterinario de manera rutinaria.

Para eso, podrán habilitar unidades en desuso para la instalación de unidades móviles de esterilización de animales de compañía y en situación de calle, a fin de contar con unidades móviles en materia de control animal con personal médico, equipo y medidas adecuadas.

Incluso, la reforma se establece como meta esterilizar al 10% del total de animales en situación de calle cada año, con la posibilidad de auxiliarse de algunas dependencias y de la sociedad civil.

También se prevé que cada municipio tendrá un consejo municipal de protección y bienestar animal, como órgano de consulta para prevención acuerdos y ejecución de acciones necesarias.

En su integración se garantizará la inclusión de personas con experiencia en cuidado animal, organizaciones de la sociedad civil y podrá opinar sobre el programa anual de trabajo de la unidad, sobre acciones a realizar en materia de cuidado animal en situación de calle, entre otras.

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