/ viernes 21 de junio de 2024

Desecha Sala Regional en Toluca ocho juicios

Partidos impugnan de forma extemporánea y a través de quien no está facultado

La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desechó ocho juicios de inconformidad, promovidos contra los cómputos distritales de las elecciones de diputaciones y senadurías de la quinta circunscripción, entre ellas, del Estado de México.

El pleno acordó desechar y/o sobreseer, los juicios promovidos, por diversas causales.

Esto se suma a la reciente decisión de declarar improcedentes 107 juicios por falta de firma autógrafa, por falta de personería y por extemporáneos.

Este viernes la y los magistrados en los juicios relacionados con diputaciones federales verificaron la falta de legitimación de la persona suscriptora de cada una de las demandas, pues no tenían legitimación procesal para promover cada medio de impugnación, ya que sólo tienen la representación del partido ante el Consejo Local del Instituto Nacional Electoral en el Estado de México.

La Sala determinó que no es admisible que él o la representante de un partido político ante el Consejo Local del INE pueda ejercer las facultades que corresponden a las personas designadas ante los Consejos Distritales, entre otras, la relativa a promover los medios de impugnación.

En los juicios de inconformidad promovidos contra los resultados de los cómputos estatales, declaración de validez y expedición de las constancias de mayoría y validez de la elección de las senadurías de Mayoría Relativa y primera minoría, en Querétaro y Estado de México, promovidos por Movimiento Ciudadano fueron desechados porque, además de su extemporaneidad, el suscriptor de la demanda careció de legitimación, al ser representante propietario de ese instituto político ante el Consejo General del INE, pero no ante el consejo local responsable.

La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desechó ocho juicios de inconformidad, promovidos contra los cómputos distritales de las elecciones de diputaciones y senadurías de la quinta circunscripción, entre ellas, del Estado de México.

El pleno acordó desechar y/o sobreseer, los juicios promovidos, por diversas causales.

Esto se suma a la reciente decisión de declarar improcedentes 107 juicios por falta de firma autógrafa, por falta de personería y por extemporáneos.

Este viernes la y los magistrados en los juicios relacionados con diputaciones federales verificaron la falta de legitimación de la persona suscriptora de cada una de las demandas, pues no tenían legitimación procesal para promover cada medio de impugnación, ya que sólo tienen la representación del partido ante el Consejo Local del Instituto Nacional Electoral en el Estado de México.

La Sala determinó que no es admisible que él o la representante de un partido político ante el Consejo Local del INE pueda ejercer las facultades que corresponden a las personas designadas ante los Consejos Distritales, entre otras, la relativa a promover los medios de impugnación.

En los juicios de inconformidad promovidos contra los resultados de los cómputos estatales, declaración de validez y expedición de las constancias de mayoría y validez de la elección de las senadurías de Mayoría Relativa y primera minoría, en Querétaro y Estado de México, promovidos por Movimiento Ciudadano fueron desechados porque, además de su extemporaneidad, el suscriptor de la demanda careció de legitimación, al ser representante propietario de ese instituto político ante el Consejo General del INE, pero no ante el consejo local responsable.

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