/ lunes 22 de junio de 2020

Diputados y ediles ya se pueden reelegir sin pedir licencia en el Edomex

La Suprema Corte estableció un criterio para permitirlo en las elecciones del 2018

Desde las elecciones del 2018 ya no es obligatorio que quienes pretendan reelegirse, como diputados o integrantes de municipios, deban separarse del cargo, gracias a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a la acción de inconstitucionalidad 50 y a un fallo de los magistrados de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Los magistrados señalaron que en esos casos no debía aplicar la obligación de separarse del cargo y establecieron que las razones que dieron sustento a la sentencia dictada por la Suprema Corte constituyen jurisprudencia y resultan obligatorias.

En ese documento los ministros advirtieron que quienes buscaran la reelección podían mantenerse en su cargo, pero también advertían que deben observar los principios de equidad en la contienda electoral y de imparcialidad en la aplicación de los recursos públicos para no obtener una ventaja indebida sobre los demás contendientes, en razón de su cargo.

De esa forma, aún cuando el Código Electoral del Estado de México todavía señala como requisito que quienes busquen la reelección deben separarse del cargo 90 días antes, esto ya no es aplicable porque existe un criterio de la Corte que beneficia tanto a integrantes de los ayuntamientos, como a los diputados locales de mayoría y plurinominales.

El diputado Maurilio Hernández, presidente de la Junta de Coordinación Política y coordinador de Morena anunció que analizan promover una iniciativa, en materia electoral, para permitir que quienes busquen la reelección, sean ediles o legisladores, no tengan que separarse del cargo.

En marzo de este año se generó un intenso debate porque diputados de Morena aprobaron una reforma para permitir que legisladores federales y senadores que quieran reelegirse no tengan la obligación de separarse de su curul, o de su escaño y algunos diputados locales aseguraron que era inequitativo y no se replicaría en la entidad mexiquense.

Sin embargo, la realidad es que gracias a la acción de inconstitucionalidad promovida en 2017 y al fallo de la Sala Toluca ya es posible contender en busca de la reelección, sin dejar el cargo y eso no sólo abarca a los diputados y a los alcaldes, sino también a síndicos y regidores.

Los ministros señalaron, en su sentencia, que lo que se busca en los procesos electorales, a partir de la posibilidad de reelección en los cargos públicos es justamente la continuidad, por lo cual lo constitucional es que tengan la opción de separarse o no, pero las reglas del uso de recursos públicos, propaganda y publicidad son aplicables tanto a quienes se reeligen, como a quienes no.

Otro argumento es que en la reelección la ciudadanía valora el trabajo, por lo cual los integrantes de la Corte consideraron razonable que no deban separarse del cargo, pues la razonabilidad de la reelección es continuar en el mismo puesto, además de que cuando existe reelección no es lógico desintegrar parcial o totalmente los órganos para atender el proceso electoral.

Posterior a la acción de inconstitucionalidad, el PAN apeló en 2017 el Reglamento del IEEM, donde se exigía separarse del cargo para buscar la reelección.

Los magistrados tomaron como base la sentencia número 50 y retomaron los argumentos de los ministros, en torno a que la esencia de la posibilidad de reelegirse es precisamente que el funcionario desempeñe su cargo hasta el término y con base en el trabajo desarrollado, por lo cual aprobaron la eliminación de las porciones normativas donde se establece la obligación de solicitar licencia.

En estos momentos la Constitución permite la reelección o elección consecutiva de diputados locales hasta por cuatro periodos y la de integrantes de ayuntamientos por un período adicional consecutivo.

La resolución de los magistrados fue inaplicar en el proceso electoral anterior el segundo párrafo del artículo 18 del Código Electoral y el segundo párrafo del artículo 19, donde se señala la obligación de separarse 90 días del cargo e invalidar el artículo 18 del Reglamento para el Registro de Candidaturas a los distintos cargos de elección popular ante el Instituto Electoral del Estado de México.

La Suprema Corte falló en el mismo sentido en varias acciones promovidas en otros estados; por lo cual aún cuando no se modificó el Código Electoral y es la reforma que está pendiente y la cual podrían impulsar, de acuerdo con el coordinador de Morena, Maurilio Hernández, en estos momentos ya se garantiza la posibilidad de reelegirse, sin separarse del cargo, pese a que no se concrete ese cambio legal.

En el pasado proceso electoral al menos el actual coordinador del PRI Miguel Sámano, quien fue anotado de último momento como diputado plurinominal suplente, nunca dejó el cargo, se mantuvo como legislador y se reeligió cuando el titular solicitó licencia y le dejó su espacio.


Desde las elecciones del 2018 ya no es obligatorio que quienes pretendan reelegirse, como diputados o integrantes de municipios, deban separarse del cargo, gracias a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a la acción de inconstitucionalidad 50 y a un fallo de los magistrados de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Los magistrados señalaron que en esos casos no debía aplicar la obligación de separarse del cargo y establecieron que las razones que dieron sustento a la sentencia dictada por la Suprema Corte constituyen jurisprudencia y resultan obligatorias.

En ese documento los ministros advirtieron que quienes buscaran la reelección podían mantenerse en su cargo, pero también advertían que deben observar los principios de equidad en la contienda electoral y de imparcialidad en la aplicación de los recursos públicos para no obtener una ventaja indebida sobre los demás contendientes, en razón de su cargo.

De esa forma, aún cuando el Código Electoral del Estado de México todavía señala como requisito que quienes busquen la reelección deben separarse del cargo 90 días antes, esto ya no es aplicable porque existe un criterio de la Corte que beneficia tanto a integrantes de los ayuntamientos, como a los diputados locales de mayoría y plurinominales.

El diputado Maurilio Hernández, presidente de la Junta de Coordinación Política y coordinador de Morena anunció que analizan promover una iniciativa, en materia electoral, para permitir que quienes busquen la reelección, sean ediles o legisladores, no tengan que separarse del cargo.

En marzo de este año se generó un intenso debate porque diputados de Morena aprobaron una reforma para permitir que legisladores federales y senadores que quieran reelegirse no tengan la obligación de separarse de su curul, o de su escaño y algunos diputados locales aseguraron que era inequitativo y no se replicaría en la entidad mexiquense.

Sin embargo, la realidad es que gracias a la acción de inconstitucionalidad promovida en 2017 y al fallo de la Sala Toluca ya es posible contender en busca de la reelección, sin dejar el cargo y eso no sólo abarca a los diputados y a los alcaldes, sino también a síndicos y regidores.

Los ministros señalaron, en su sentencia, que lo que se busca en los procesos electorales, a partir de la posibilidad de reelección en los cargos públicos es justamente la continuidad, por lo cual lo constitucional es que tengan la opción de separarse o no, pero las reglas del uso de recursos públicos, propaganda y publicidad son aplicables tanto a quienes se reeligen, como a quienes no.

Otro argumento es que en la reelección la ciudadanía valora el trabajo, por lo cual los integrantes de la Corte consideraron razonable que no deban separarse del cargo, pues la razonabilidad de la reelección es continuar en el mismo puesto, además de que cuando existe reelección no es lógico desintegrar parcial o totalmente los órganos para atender el proceso electoral.

Posterior a la acción de inconstitucionalidad, el PAN apeló en 2017 el Reglamento del IEEM, donde se exigía separarse del cargo para buscar la reelección.

Los magistrados tomaron como base la sentencia número 50 y retomaron los argumentos de los ministros, en torno a que la esencia de la posibilidad de reelegirse es precisamente que el funcionario desempeñe su cargo hasta el término y con base en el trabajo desarrollado, por lo cual aprobaron la eliminación de las porciones normativas donde se establece la obligación de solicitar licencia.

En estos momentos la Constitución permite la reelección o elección consecutiva de diputados locales hasta por cuatro periodos y la de integrantes de ayuntamientos por un período adicional consecutivo.

La resolución de los magistrados fue inaplicar en el proceso electoral anterior el segundo párrafo del artículo 18 del Código Electoral y el segundo párrafo del artículo 19, donde se señala la obligación de separarse 90 días del cargo e invalidar el artículo 18 del Reglamento para el Registro de Candidaturas a los distintos cargos de elección popular ante el Instituto Electoral del Estado de México.

La Suprema Corte falló en el mismo sentido en varias acciones promovidas en otros estados; por lo cual aún cuando no se modificó el Código Electoral y es la reforma que está pendiente y la cual podrían impulsar, de acuerdo con el coordinador de Morena, Maurilio Hernández, en estos momentos ya se garantiza la posibilidad de reelegirse, sin separarse del cargo, pese a que no se concrete ese cambio legal.

En el pasado proceso electoral al menos el actual coordinador del PRI Miguel Sámano, quien fue anotado de último momento como diputado plurinominal suplente, nunca dejó el cargo, se mantuvo como legislador y se reeligió cuando el titular solicitó licencia y le dejó su espacio.


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