/ martes 6 de agosto de 2019

Eliminar vigencia en actas de nacimiento mermará ingresos del Registro Civil

César Enrique Sánchez, director general del Registro Civil aseguró que pese a dicha acción no se afectará el volumen de actividad de la dependencia


La vigencia en actas de nacimiento radica más en una cuestión de certeza económica que por una razón de ingresos aseguró César Enrique Sánchez Millán, director General del Registro Civil, quien aseguró que aunque se van a dejar de percibir ingresos la reforma legal que elimina el requisito de la vigencia no se va a afectar el volumen de actividad de la dependencia.

Indicó que previo a la aprobación del dictamen, la dependencia acompañó a los legisladores en el análisis de la iniciativa y se coincidió en que las actas del registro civil no tienen vigencia por su propia naturaleza, pues es un documento público, pero algunas dependencias requieren una temporalidad para tener certeza jurídica sobre el documento que reciben y el trámite que sea hará.

En el Registro Civil se pedía un acta con una vigencia no mayor a tres meses cuando se realiza el trámite de modificación o rectificación además, algunas otras dependencias, como Relaciones Exteriores, de Salud o Educación, piden cierta vigencia en aras de tener una certeza jurídica y porque así lo marcan sus ordenamientos internos, pero no porque así lo mandate la Ley del Registro Civil.

Lo anterior porque existen hipótesis jurídicas que contemplan modificación de datos en actas, como el cambio de sexo, cambio de nombre, ajustes en las fechas de nacimiento.

Dijo que aún cuando no es objeto de la reforma, las actas de matrimonio también tienen modificaciones por variaciones como el cambio de régimen de sociedad conyugal a bienes separados, para efecto de obtención de créditos o cuando la persona se divorció y se volvió a casar, lo cual permite dar certeza jurídica.

Reconoció que la vigencia de las actas de nacimiento sí van a afectar los ingresos económicos del Registro Civil por expedición de este documento, pues ahora las escuelas tendrán que aceptar como válido el documento sin importar la fecha de expedición, siempre y cuando no tenga tachaduras o enmendaduras.

Por otra parte señaló que al iniciar el programa de cajeros automáticos el Registro Civil contaba con 250 de ellos pero al inicio de este año se redujeron a 200, lo cual representa una merma en los ingresos por su operación, pero las actas de nacimiento no son la única ni la actividad sustantiva, pues existen otros documentos que se expiden a través de sus cajeros automáticos.

El año pasado, comentó, se expidieron tres millones 874 mil 103 actas, el cual se verá reducido significativamente, aunque dijo no tener todavía el cálculo del porcentaje a la baja, lo cual representa un ingreso que dejarán de percibir tanto en Estado de México como los municipios, pues las actas también las emiten las Oficialías del Registro Civil que dependen de los ayuntamientos.


La vigencia en actas de nacimiento radica más en una cuestión de certeza económica que por una razón de ingresos aseguró César Enrique Sánchez Millán, director General del Registro Civil, quien aseguró que aunque se van a dejar de percibir ingresos la reforma legal que elimina el requisito de la vigencia no se va a afectar el volumen de actividad de la dependencia.

Indicó que previo a la aprobación del dictamen, la dependencia acompañó a los legisladores en el análisis de la iniciativa y se coincidió en que las actas del registro civil no tienen vigencia por su propia naturaleza, pues es un documento público, pero algunas dependencias requieren una temporalidad para tener certeza jurídica sobre el documento que reciben y el trámite que sea hará.

En el Registro Civil se pedía un acta con una vigencia no mayor a tres meses cuando se realiza el trámite de modificación o rectificación además, algunas otras dependencias, como Relaciones Exteriores, de Salud o Educación, piden cierta vigencia en aras de tener una certeza jurídica y porque así lo marcan sus ordenamientos internos, pero no porque así lo mandate la Ley del Registro Civil.

Lo anterior porque existen hipótesis jurídicas que contemplan modificación de datos en actas, como el cambio de sexo, cambio de nombre, ajustes en las fechas de nacimiento.

Dijo que aún cuando no es objeto de la reforma, las actas de matrimonio también tienen modificaciones por variaciones como el cambio de régimen de sociedad conyugal a bienes separados, para efecto de obtención de créditos o cuando la persona se divorció y se volvió a casar, lo cual permite dar certeza jurídica.

Reconoció que la vigencia de las actas de nacimiento sí van a afectar los ingresos económicos del Registro Civil por expedición de este documento, pues ahora las escuelas tendrán que aceptar como válido el documento sin importar la fecha de expedición, siempre y cuando no tenga tachaduras o enmendaduras.

Por otra parte señaló que al iniciar el programa de cajeros automáticos el Registro Civil contaba con 250 de ellos pero al inicio de este año se redujeron a 200, lo cual representa una merma en los ingresos por su operación, pero las actas de nacimiento no son la única ni la actividad sustantiva, pues existen otros documentos que se expiden a través de sus cajeros automáticos.

El año pasado, comentó, se expidieron tres millones 874 mil 103 actas, el cual se verá reducido significativamente, aunque dijo no tener todavía el cálculo del porcentaje a la baja, lo cual representa un ingreso que dejarán de percibir tanto en Estado de México como los municipios, pues las actas también las emiten las Oficialías del Registro Civil que dependen de los ayuntamientos.

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