Toluca, México.- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México emitió la recomendación CODHEM/TOL/662/2018 al ayuntamiento de Toluca, por la gran cantidad de baches que hay en el municipio, lo que viola los derechos humanos de los ciudadanos.
Considera que se vulneran los derechos a la movilidad, a las buenas prácticas de la administración pública y a obtener servicios públicos de calidad en perjuicio de la población.
La queja fue iniciada el pasado 28 de agosto por un automovilista que cayó en un bache, lo que provocó la ponchadura de una de las llantas de su automóvil; posteriormente, se recibieron más quejas en las que la ciudadanía denunció más desperfectos causados por baches y las malas condiciones de las calles y avenidas en diversos puntos carreteros y delegaciones de capital del estado.
De acuerdo al comisionado, Jorge Olvera García, se reciberon 60 quejas de ciudadanos, quienes reclaman que con el mal estado de las calles el ayuntamiento de Toluca viola su derecho de tener una administración pública eficaz con caminos correctos.
Ante ello, la comisión procedió al análisis de las quejas, a la valoración de los informes allegados, de las pruebas aportadas y demás evidencias reunidas con motivo de la sustanciación del procedimiento y resolvió que existen elementos que comprueban violación a derechos humanos.
La CODHEM indica a través de la recomendación, que en integración del expediente de queja se solicitó el respectivo informe al alcalde de Toluca, Fernando Zamora, aunado a que se realizaron visitas en diversas calles de las delegaciones, así como donde sucedieron los hechos motivo de queja.
Asimismo, se recibieron, admitieron, desahogaron y valoraron las pruebas ofrecidas por las partes.
Ante ello, la CODHEM determinó que la movilidad es un fenómeno complejo, relacionado con el medio en que viven las personas, con las opciones que tienen para desplazarse en ese entorno, así como con la planeación de los asentamientos humanos, del desarrollo y del medio ambiente, entre varios elementos más.
Señala que el derecho a la movilidad se define como el “Derecho de toda persona y de la colectividad a disponer de un sistema integral de movilidad de calidad y aceptable, suficiente y accesible que, en condiciones de igualdad y sostenibilidad, permita el efectivo desplazamiento de todas las personas en un territorio para la satisfacción de sus necesidades y pleno desarrollo”.
Al hablar de sistema integral de movilidad se refiere el conjunto de elementos técnicoindustriales, normativos, institucionales y de infraestructura (públicos y privados), integrados e interconectados que hacen factible o viable la realización de movimientos en un territorio.
Considera que en la idea de movilidad confluyen el espacio público, la infraestructura vial y los medios de transporte.
Finalmente, en la recomendación se señala debe haber un espacio común susceptible de ser apropiado por las personas a través de su utilización y disfrute cotidianos. También debe existir una infraestructura vial y de apoyo accesible para todos, que cumpla funciones de acceso.