/ viernes 1 de marzo de 2024

Inician campañas electorales federales y la veda electoral

Ningún gobierno podrá difundir propaganda gubernamental, ni hacer promoción personalizada de ninguna persona servidora pública, las únicas excepciones serán las campañas de información de autoridades electorales, así como las relativas a servicios educativos y de salud, y las necesarias para la protección civil en casos de emergencia

A partir de este primero de marzo inician las campañas electorales federales y la veda electoral, es decir, la obligación de suspender campañas gubernamentales, donde se destaquen nombres, imágenes, voces o símbolos de personas servidoras públicas.

Esto implica que ningún gobierno podrá difundir propaganda gubernamental, ni hacer promoción personalizada de ninguna persona servidora pública.

Como siempre, las únicas excepciones serán las campañas de información de autoridades electorales; así como las relativas a servicios educativos y de salud, y las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

Sin embargo, durante todo el proceso electoral federal y local, los sujetos obligados deberán mantener disponible y accesible su información en el portal de obligaciones de transparencia, pues la veda electoral no aplica para la transparencia; ya que el derecho a saber está protegido también durante los procesos electorales.

Con las campañas también vendrán spots en radio y televisión de las candidaturas a la presidencia de la República, al Senado y a diputaciones federales y de los partidos políticos.

Las campañas federales duran 90 días y el artículo 41 constitucional federal establece que durante el tiempo de campañas electorales federales y locales, y hasta la conclusión de la jornada comicial, la difusión en medios de comunicación social y de toda propaganda gubernamental de los poderes federales, las entidades y municipios y cualquier otro ente público, deberá suspenderse.

“Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales, como de las entidades federativas, así como de los municipios, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia”.

Entre otras cosas, las autoridades no pueden entregar apoyos de programas sociales, y por ello se adelantaron, a fin de que la población no quedara desprotegida.

Aún cuando las campañas locales iniciarán hasta finales de abril, la veda electoral por el proceso federal aplica a todos los niveles de gobierno; por lo cual ya no podrán entregarse apoyos, ni presumir logros, ni inaugurar obras.

Durante sus eventos, la gobernadora mexiquense, Delfina Gómez Álvarez, ha asegurado que su administración respetará la veda electoral.

Criterios INE

El INE ha establecido criterios sobre las actividades gubernamentales, de tal forma que los entes públicos pueden difundir las actividades gubernamentales que se encuentren en los supuestos anteriores o se trate de información pública de carácter institucional, pero debe cumplir con las siguientes reglas:

Tener carácter institucional y abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que la conviertan en propaganda política o electoral, o bien, elementos de propaganda personalizada de alguna persona servidora pública.

Además, no podrá difundir logros de gobierno, obra pública, ni emitir información dirigida a justificar o convencer a la población de la pertinencia o logros de una administración en los diversos niveles de gobierno.

El contenido se limitará a identificar el nombre de la institución de que se trata sin hacer alusión a cualquiera de las frases, imágenes, voces o símbolos que pudieran ser constitutivos de propaganda política o electoral.

La propaganda podrá incluir el nombre de la dependencia y su escudo oficial como medio identificativo, siempre y cuando no se relacionen de manera directa con la gestión de algún gobierno o administración federal o local.

La propaganda no podrá contener logotipos, slogans o cualquier otro tipo de referencias al gobierno o a sus campañas institucionales, ni incluir elementos de propaganda personalizada de persona servidora pública alguna.

Otro criterio del INE es que la difusión de la propaganda deberá hacerse durante el período que sea estrictamente indispensable para cumplir con sus objetivos.

A partir de este primero de marzo inician las campañas electorales federales y la veda electoral, es decir, la obligación de suspender campañas gubernamentales, donde se destaquen nombres, imágenes, voces o símbolos de personas servidoras públicas.

Esto implica que ningún gobierno podrá difundir propaganda gubernamental, ni hacer promoción personalizada de ninguna persona servidora pública.

Como siempre, las únicas excepciones serán las campañas de información de autoridades electorales; así como las relativas a servicios educativos y de salud, y las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

Sin embargo, durante todo el proceso electoral federal y local, los sujetos obligados deberán mantener disponible y accesible su información en el portal de obligaciones de transparencia, pues la veda electoral no aplica para la transparencia; ya que el derecho a saber está protegido también durante los procesos electorales.

Con las campañas también vendrán spots en radio y televisión de las candidaturas a la presidencia de la República, al Senado y a diputaciones federales y de los partidos políticos.

Las campañas federales duran 90 días y el artículo 41 constitucional federal establece que durante el tiempo de campañas electorales federales y locales, y hasta la conclusión de la jornada comicial, la difusión en medios de comunicación social y de toda propaganda gubernamental de los poderes federales, las entidades y municipios y cualquier otro ente público, deberá suspenderse.

“Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales, como de las entidades federativas, así como de los municipios, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia”.

Entre otras cosas, las autoridades no pueden entregar apoyos de programas sociales, y por ello se adelantaron, a fin de que la población no quedara desprotegida.

Aún cuando las campañas locales iniciarán hasta finales de abril, la veda electoral por el proceso federal aplica a todos los niveles de gobierno; por lo cual ya no podrán entregarse apoyos, ni presumir logros, ni inaugurar obras.

Durante sus eventos, la gobernadora mexiquense, Delfina Gómez Álvarez, ha asegurado que su administración respetará la veda electoral.

Criterios INE

El INE ha establecido criterios sobre las actividades gubernamentales, de tal forma que los entes públicos pueden difundir las actividades gubernamentales que se encuentren en los supuestos anteriores o se trate de información pública de carácter institucional, pero debe cumplir con las siguientes reglas:

Tener carácter institucional y abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que la conviertan en propaganda política o electoral, o bien, elementos de propaganda personalizada de alguna persona servidora pública.

Además, no podrá difundir logros de gobierno, obra pública, ni emitir información dirigida a justificar o convencer a la población de la pertinencia o logros de una administración en los diversos niveles de gobierno.

El contenido se limitará a identificar el nombre de la institución de que se trata sin hacer alusión a cualquiera de las frases, imágenes, voces o símbolos que pudieran ser constitutivos de propaganda política o electoral.

La propaganda podrá incluir el nombre de la dependencia y su escudo oficial como medio identificativo, siempre y cuando no se relacionen de manera directa con la gestión de algún gobierno o administración federal o local.

La propaganda no podrá contener logotipos, slogans o cualquier otro tipo de referencias al gobierno o a sus campañas institucionales, ni incluir elementos de propaganda personalizada de persona servidora pública alguna.

Otro criterio del INE es que la difusión de la propaganda deberá hacerse durante el período que sea estrictamente indispensable para cumplir con sus objetivos.

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