Morena obligará a renunciar a dirigentes que tengan cargos públicos

En caso de no cumplir con lo dispuesto en el artículo octavo del estatuto morenista constituye una falta a la normatividad, ya que representa una transgresión a los principios democráticos bajo los cuales se fundamenta ese partido político

Violeta Huerta | El Sol de Toluca

  · lunes 10 de octubre de 2022

Foto: Ilustrativa

La Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena emitió un oficio para advertir que quienes sean funcionarios, pero también integren los órganos directivos de Morena deberán separarse de su cargo público como autoridades, funcionarios o miembros de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial local o federal, en un plazo breve.

Ese órgano interno morenista publicó un criterio, respecto a las y los integrantes de órganos ejecutivos que ostentan cargos públicos, y advirtió, que quienes no respeten esa disposición podrían ser sancionados.

En el Estado de México recientemente se renovó el Comité Ejecutivo estatal y la presidencia ahora está a cargo de la senadora Martha Guerrero, quien es suplente de la coordinadora de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación Delfina Gómez Álvarez.

En el mismo supuesto está el secretario general del Comité Ejecutivo, Nazario Gutiérrez, quien actualmente es diputado local por el distrito de Texcoco. Con ese criterio ambos tendrían que dejar su cargo público.

El oficio de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena señala que derivado del Tercer Congreso Nacional Ordinario fueron electos como integrantes de órganos ejecutivos personas que actualmente fungen como autoridades, funcionarios e integrantes de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de alguno de los tres órdenes de gobierno.

Higinio Martínez, Delfina Gómez, Adán Augusto y Ricardo Monreal (de izquierda a derecha) .Foto: twitter | @higinio_mtz

Advierte que de acuerdo con el artículo 14 bis del estatuto de esa fuerza política son integrantes de órganos ejecutivos quienes forman parte de órganos de ejecución, comités municipales, coordinaciones distritales, comités ejecutivos estatales y del Comité Ejecutivo Nacional.

Además, el artículo octavo de ese cuerpo normativo señala que los órganos de dirección ejecutiva de Morena no deberán incluir autoridades, funcionarios o integrantes de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los municipios, estados y la federación.

"De lo anterior se desprende que quienes se encuentran en dicha situación deben separarse de su cargo público como autoridades funcionarios o integrantes de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial local o federal, en un plazo breve.

"Dicha separación deberá ser presentada ante el Consejo Estatal, Consejo Nacional y Comité Ejecutivo Nacional de Morena, respectivamente. Asimismo se deberá informar para su conocimiento a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia", precisa el criterio.

Finalmente, señala que no cumplir con lo dispuesto en el artículo octavo del estatuto morenista constituye una falta a la normatividad de Morena, sujeta a sanción por parte de ese órgano jurisdiccional partidista y representa una transgresión a los principios democráticos, bajo los cuales se fundamenta ese partido político.