/ martes 1 de diciembre de 2020

Morena propone crear el Registro Público de Agresores Sexuales en el Edomex

La propuesta realizada por los diputados Tanech Sánchez y de Margarito González prevé que en el registro no se incluyan datos personales de las víctimas, ni otros que hagan posible su localización o identificación


El grupo parlamentario de Morena propuso crear el Registro Público de Agresores Sexuales del Estado de México, en el cual se anotarían personas con sentencia firme por delitos sexuales como: violación, acoso, hostigamiento y abuso sexual, incesto, trata de personas, estupro o quienes usen imágenes o voz de personas sin su consentimiento.

Las o los agresores permanecerían inscritos por plazos de 10 a 30 años y serían fácilmente identificables para las autoridades.

La propuesta incluye que la Secretaría de Seguridad elabore e implemente, junto con la Fiscalía, acciones de política criminal para prevenir la violencia contra las mujeres, realizar estudios estadísticos e investigaciones que permitan la elaboración de políticas públicas para prevenir la violencia y desarrollar, junto con la Secretaría de la Mujer, campañas de prevención.

Cabe resaltar que con las últimas reformas contra la violencia ya se prohíbe dar candidaturas a quienes hayan sido condenados por violencia de género, delitos contra la libertad sexual y a deudores alimentarios, sean mujeres u hombres.

Además, la iniciativa presentada este martes propone reformas al Código Penal para señalar que cuando se trate de delitos que impliquen violencia contra las mujeres se podrán imponer medidas como: prohibir al sentenciado acercarse a la víctima, ingresar al domicilio, lugar de trabajo, o de estudios de la víctima; apercibir al sentenciado de abstenerse de ejercer cualquier tipo de violencia contra ella.

También la posibilidad de dar vigilancia, por parte de la Secretaría de Seguridad estatal a la víctima, e incluso la custodia por parte de esa dependencia, cuando el caso lo amerite.

La iniciativa del diputado Tanech Sánchez y de Margarito González advierte que la reparación o indemnización no impedirá inscribir a la persona en el registro público. Sus datos permanecerán durante el tiempo que dure el cumplimiento de la pena impuesta, aún cuando sea sustituida o suspendida y se extenderá por al menos 10 años y máximo 30, a partir de que el sentenciado por cualquier motivo obtenga su libertad.

La propuesta incluye un área del Registro Público de Agresores Sexuales, como una unidad administrativa adscrita a la Secretaría General de Gobierno y coordinada con la de Seguridad y alimentada por el Poder Judicial mexiquense para inscribir a quienes tengan sentencia y haya causado ejecutoria por algún delito contra la libertad sexual.

Los datos que se anotarán serán el nombre y CURP del agresor, fecha de nacimiento, datos de la denuncia en su contra, órgano jurisdiccional que ordenó el registro, datos del expediente del que derive la inscripción, la media filiación del agresor, el lugar donde se cometió el delito, modus operandi, un perfil genético.

El tiempo que estará inscrito en el registro lo determinará un juez, pero no podrá ser menor a 10 años, ni mayor a 30 y una vez transcurrido el plazo fijado en la sentencia el juez ordenará, a petición de la parte, interesada cancelar el registro

La inscripción tendrá los efectos de inscribir en el Registro Civil, y en caso de contraer matrimonio, dar a conocer a la otra persona que su pareja está en el Registro de Agresores Sexuales, evitar la reincidencia en conductas delictivas de la misma índole, usar los datos inscritos de la persona en caso de que reincida en la conducta delictiva, a través del control que lleve la Secretaría de Seguridad.

También se prevé que la persona inscrita en el registro podrá reducir el tiempo para cancelar su nombre ante el juez si presenta constancias o documentos que acrediten su asistencia a cursos de manejos de ira, sensibilización, perspectiva de género o similares que coadyuven a evitar su reincidencia en conductas ilícitas de carácter sexual.

La iniciativa plantea que la persona agresora será definida como quien o quienes infrinjan algún tipo de violencia contra las mujeres en cualquiera de sus tipos y modalidades, así como quienes se encuentran registrados en el registro público de personas agresores sexuales.

En la iniciativa también se prevé que en el registro no se incluyan datos personales de las víctimas, ni otros que hagan posible su localización o identificación, y sólo se podrá inscribir a alguien por instrucción de una autoridad jurisdiccional.

El registro deberá tener como características la confiabilidad, encriptación, gratuidad en su uso y acceso, ser público a través de los portales de internet, pero su consulta será a petición escrita y tendrá información clasificada a la que sólo podrán acceder los Ministerios Públicos, con la autorización del juez de control y las personas autorizadas.

Además, se prevé la creación de un cuerpo policiaco especializado para atender y proteger a las víctimas de violencia, brindar las medidas de protección y monitoreo, así como establecer e implementar acciones de política criminal para prevenir la violencia contra las mujeres con prioridad en las zonas de mayor incidencia y donde reside el mayor número de personas inscritas en el registro.


El grupo parlamentario de Morena propuso crear el Registro Público de Agresores Sexuales del Estado de México, en el cual se anotarían personas con sentencia firme por delitos sexuales como: violación, acoso, hostigamiento y abuso sexual, incesto, trata de personas, estupro o quienes usen imágenes o voz de personas sin su consentimiento.

Las o los agresores permanecerían inscritos por plazos de 10 a 30 años y serían fácilmente identificables para las autoridades.

La propuesta incluye que la Secretaría de Seguridad elabore e implemente, junto con la Fiscalía, acciones de política criminal para prevenir la violencia contra las mujeres, realizar estudios estadísticos e investigaciones que permitan la elaboración de políticas públicas para prevenir la violencia y desarrollar, junto con la Secretaría de la Mujer, campañas de prevención.

Cabe resaltar que con las últimas reformas contra la violencia ya se prohíbe dar candidaturas a quienes hayan sido condenados por violencia de género, delitos contra la libertad sexual y a deudores alimentarios, sean mujeres u hombres.

Además, la iniciativa presentada este martes propone reformas al Código Penal para señalar que cuando se trate de delitos que impliquen violencia contra las mujeres se podrán imponer medidas como: prohibir al sentenciado acercarse a la víctima, ingresar al domicilio, lugar de trabajo, o de estudios de la víctima; apercibir al sentenciado de abstenerse de ejercer cualquier tipo de violencia contra ella.

También la posibilidad de dar vigilancia, por parte de la Secretaría de Seguridad estatal a la víctima, e incluso la custodia por parte de esa dependencia, cuando el caso lo amerite.

La iniciativa del diputado Tanech Sánchez y de Margarito González advierte que la reparación o indemnización no impedirá inscribir a la persona en el registro público. Sus datos permanecerán durante el tiempo que dure el cumplimiento de la pena impuesta, aún cuando sea sustituida o suspendida y se extenderá por al menos 10 años y máximo 30, a partir de que el sentenciado por cualquier motivo obtenga su libertad.

La propuesta incluye un área del Registro Público de Agresores Sexuales, como una unidad administrativa adscrita a la Secretaría General de Gobierno y coordinada con la de Seguridad y alimentada por el Poder Judicial mexiquense para inscribir a quienes tengan sentencia y haya causado ejecutoria por algún delito contra la libertad sexual.

Los datos que se anotarán serán el nombre y CURP del agresor, fecha de nacimiento, datos de la denuncia en su contra, órgano jurisdiccional que ordenó el registro, datos del expediente del que derive la inscripción, la media filiación del agresor, el lugar donde se cometió el delito, modus operandi, un perfil genético.

El tiempo que estará inscrito en el registro lo determinará un juez, pero no podrá ser menor a 10 años, ni mayor a 30 y una vez transcurrido el plazo fijado en la sentencia el juez ordenará, a petición de la parte, interesada cancelar el registro

La inscripción tendrá los efectos de inscribir en el Registro Civil, y en caso de contraer matrimonio, dar a conocer a la otra persona que su pareja está en el Registro de Agresores Sexuales, evitar la reincidencia en conductas delictivas de la misma índole, usar los datos inscritos de la persona en caso de que reincida en la conducta delictiva, a través del control que lleve la Secretaría de Seguridad.

También se prevé que la persona inscrita en el registro podrá reducir el tiempo para cancelar su nombre ante el juez si presenta constancias o documentos que acrediten su asistencia a cursos de manejos de ira, sensibilización, perspectiva de género o similares que coadyuven a evitar su reincidencia en conductas ilícitas de carácter sexual.

La iniciativa plantea que la persona agresora será definida como quien o quienes infrinjan algún tipo de violencia contra las mujeres en cualquiera de sus tipos y modalidades, así como quienes se encuentran registrados en el registro público de personas agresores sexuales.

En la iniciativa también se prevé que en el registro no se incluyan datos personales de las víctimas, ni otros que hagan posible su localización o identificación, y sólo se podrá inscribir a alguien por instrucción de una autoridad jurisdiccional.

El registro deberá tener como características la confiabilidad, encriptación, gratuidad en su uso y acceso, ser público a través de los portales de internet, pero su consulta será a petición escrita y tendrá información clasificada a la que sólo podrán acceder los Ministerios Públicos, con la autorización del juez de control y las personas autorizadas.

Además, se prevé la creación de un cuerpo policiaco especializado para atender y proteger a las víctimas de violencia, brindar las medidas de protección y monitoreo, así como establecer e implementar acciones de política criminal para prevenir la violencia contra las mujeres con prioridad en las zonas de mayor incidencia y donde reside el mayor número de personas inscritas en el registro.

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