Toluca, México.- El Poder Judicial federal ordenó la reinstalación de Martín Martínez Cortázar como Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, ahora INE en el Estado de México, quien fue destituido en 2011, por una sanción administrativa que fue cancelada y mandató el pago de las percepciones salariales que el quejoso dejó de percibir y que podrían ser por más de 6 millones de pesos.
El expediente refiere que la resolución administrativa dictada en el expediente CG/16/007/2010 del 5 de septiembre de 2011 impuso una sanción a Martínez consistente en la destitución como vocal y una sanción económica por 1.676 millones de pesos, por un supuesto daño patrimonial.
Sin embargo, el actor promovió un amparo alegando que la sanción era injusta e ilegal y el 10 de enero del 2013 el asunto se sobreseyó, pero interpuso un recurso de revisión ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, bajo el amparo en revisión 150/2013, el cual el 27 de marzo de 2014 revocó la sentencia y ordenó reponer el procedimiento.
El quejoso había autorizado una terminación del contrato de arrendamiento y cambio de inmueble, pero no se acreditó su responsabilidad administrativa al haber cumplido con los lineamientos, pero además la facultad sancionadora respecto a la conducta ya prescribió.
“Por cuanto hace a la conducta atribuida relativa a la notificación a los arrendadores de la terminación del contrato de arrendamiento no es jurídicamente posible sancionar al servidor público considerando conductas de responsabilidad a las que no se hizo referencia como obligación a su cargo, pues no se citaron preceptos legales en que éstas se enunciaran y dieran sustento a la resolución de responsabilidad administrativa, inclusive teniendo en cuenta, que el Manual en que se sostuvo, no satisfizo el requisito de publicación o difusión establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, señala el expediente.
La autoridad dejó insubsistente la resolución reclamada, canceló definitivamente la inscripción de la sanción y retiró definitivamente del expediente personal del quejoso los resolutivos de la sanción económica que quedó insubsistente, pues no fue notificada, ni cobrada.
No obstante, el INE manifestó que se encontraba jurídica y materialmente impedido para cubrir las prestaciones salariales, así como para reinstalarlo en el cargo, pero fue mandatado al pago de todas las percepciones salariales entre el 9 de septiembre de 2011 y el 11 de diciembre de 2015.
Se prevé que este martes se efectúe el pago de los emolumentos ordinarios y extraordinarios que dejó de percibir el quejoso y su reinstalación en las oficinas de la Junta Local Ejecutiva del Estado de México.
La autoridad judicial advirtió a autoridades del INE que no basta con enviar documentos para solicitar que se cumpla la sentencia, pues debe demostrar la restitución al quejoso en el puesto que venía desempeñando y el pago de salarios caídos; por lo cual advirtió que hacer caso omiso a lo anterior, o no informar la imposibilidad jurídica o material se les impondrá una multa de 150 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, más de 12 mil pesos.
La autoridad dio una prórroga al secretario general del INE para cumplir la ejecutoria de amparo y reinstalar al quejoso en el cargo de Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva del Estado de México y requirió al Consejo General de ese instituto a obligar a las autoridades a cumplirla.
Cronología
2011 Sancionan y destituyen al vocal del INE en Edomex.
El quejoso interpone un amparo.
2013 Su juicio se sobresee.
El ex vocal impugna.
2014 Un tribunal revoca la sentencia y ordena reponer el procedimiento.
2017 Se ordena la reinstalación y el pago de salarios caídos.
La autoridad argumenta imposibilidad jurídica y económica.
2018 En diferentes momentos se ordena la reinstalación y se advierte que de no cumplir habrá sanciones a autoridades del INE.