/ lunes 21 de septiembre de 2020

Proceder de UAEM con respecto a contralor no es ilegal: Felipe Córdova

El jurista afirmó que “únicamente se pide que el nombramiento sea de acuerdo y congruente con las disposiciones de la ley secundaria"

Las autoridades de la Universidad Autónoma del Estado de México no muestran resistencia al Sistema Anticorrupción y, por el contrario, sí un deseo claro de ser congruentes con él y que el quehacer del titular del órgano de control interno designado por la Legislatura local sea eficaz, que despliegue ampliamente sus facultades fiscalizadoras y de investigación, con el objeto de sancionar las malas conductas de aquellos servidores públicos que así lo ameriten, sostuvo el abogado Felipe Córdova Hernández.

El jurista universitario, quien fuera juez de distrito y magistrado de circuito, celebró la posición de las autoridades universitarias y el rector Alfredo Barrera Baca con respecto a este tema. “Por su celo tan especial para que en el Estado de México se cumpla la Ley, para que todo sea legal, transparente y en beneficio de la sociedad, de acuerdo con la política del presidente de la República y del gobernador, lo cual debemos aplaudir todos los mexiquenses”.

El doctorante en Derecho afirmó que el proceder de las autoridades universitarias con respecto a este tema de ninguna manera es ilegal, ya que no se oponen o resisten a los mandatos constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y menos aún, de la Legislatura mexiquense.

El catedrático de la Facultad de Derecho desde hace más de cuatro décadas aseveró que el rector no incurre en desacato a las disposiciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación porque en el juicio de amparo se estableció a la autoridad que debe designar al contralor y eso ya se hizo; además, “en esa ejecutoria de amparo no se le constriñe al rector al cumplimiento de algún quehacer jurídico que él se niegue a cumplir”.

Tampoco, afirmó, están desacatando las disposiciones de la Legislatura. Al promover un juicio de amparo, lo único que está haciendo es velar porque la persona que realice la función de contralor lo haga atendiendo a las expresas y congruentes atribuciones que le establece la ley.

Aseguró que de ninguna manera se está oponiendo y sí está ejerciendo un derecho que tenemos todos los ciudadanos mexicanos y las personas morales para hacer valer los derechos que legalmente le corresponden a una institución y deben estar establecidos en la ley.

“Únicamente se pide que el nombramiento sea de acuerdo y congruente con las disposiciones de la ley secundaria, que dispone que un funcionario público debe realizar las actividades y funciones que expresamente le otorga la ley. Hay un principio general de derecho que dice que las autoridades solamente pueden hacer lo que expresamente les faculta la ley”.

En este sentido, destacó, la legislación universitaria no es congruente con las situaciones jurídicas que norman el Sistema Anticorrupción y el rector lo único que hace es exagerar el deseo de la legalidad para que el nuevo contralor cumpla cabalmente con las funciones que le encomienden la legislación estatal y federal.

Por ello, manifestó, es necesaria una reforma a la Ley de la UAEM, con la finalidad de dar formalidad al quehacer de este contralor y que pueda llevar a cabo correctamente su función, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y estatales.

En este sentido, Felipe Córdova Hernández consideró que el Consejo Universitario deberá proponer la adecuación de la legislación universitaria para que el nuevo contralor actúe con estricto apego a la ley. “De otra manera puede incurrir en responsabilidad, al realizar un quehacer jurídico no previsto en la misma”.

Las autoridades de la Universidad Autónoma del Estado de México no muestran resistencia al Sistema Anticorrupción y, por el contrario, sí un deseo claro de ser congruentes con él y que el quehacer del titular del órgano de control interno designado por la Legislatura local sea eficaz, que despliegue ampliamente sus facultades fiscalizadoras y de investigación, con el objeto de sancionar las malas conductas de aquellos servidores públicos que así lo ameriten, sostuvo el abogado Felipe Córdova Hernández.

El jurista universitario, quien fuera juez de distrito y magistrado de circuito, celebró la posición de las autoridades universitarias y el rector Alfredo Barrera Baca con respecto a este tema. “Por su celo tan especial para que en el Estado de México se cumpla la Ley, para que todo sea legal, transparente y en beneficio de la sociedad, de acuerdo con la política del presidente de la República y del gobernador, lo cual debemos aplaudir todos los mexiquenses”.

El doctorante en Derecho afirmó que el proceder de las autoridades universitarias con respecto a este tema de ninguna manera es ilegal, ya que no se oponen o resisten a los mandatos constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y menos aún, de la Legislatura mexiquense.

El catedrático de la Facultad de Derecho desde hace más de cuatro décadas aseveró que el rector no incurre en desacato a las disposiciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación porque en el juicio de amparo se estableció a la autoridad que debe designar al contralor y eso ya se hizo; además, “en esa ejecutoria de amparo no se le constriñe al rector al cumplimiento de algún quehacer jurídico que él se niegue a cumplir”.

Tampoco, afirmó, están desacatando las disposiciones de la Legislatura. Al promover un juicio de amparo, lo único que está haciendo es velar porque la persona que realice la función de contralor lo haga atendiendo a las expresas y congruentes atribuciones que le establece la ley.

Aseguró que de ninguna manera se está oponiendo y sí está ejerciendo un derecho que tenemos todos los ciudadanos mexicanos y las personas morales para hacer valer los derechos que legalmente le corresponden a una institución y deben estar establecidos en la ley.

“Únicamente se pide que el nombramiento sea de acuerdo y congruente con las disposiciones de la ley secundaria, que dispone que un funcionario público debe realizar las actividades y funciones que expresamente le otorga la ley. Hay un principio general de derecho que dice que las autoridades solamente pueden hacer lo que expresamente les faculta la ley”.

En este sentido, destacó, la legislación universitaria no es congruente con las situaciones jurídicas que norman el Sistema Anticorrupción y el rector lo único que hace es exagerar el deseo de la legalidad para que el nuevo contralor cumpla cabalmente con las funciones que le encomienden la legislación estatal y federal.

Por ello, manifestó, es necesaria una reforma a la Ley de la UAEM, con la finalidad de dar formalidad al quehacer de este contralor y que pueda llevar a cabo correctamente su función, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y estatales.

En este sentido, Felipe Córdova Hernández consideró que el Consejo Universitario deberá proponer la adecuación de la legislación universitaria para que el nuevo contralor actúe con estricto apego a la ley. “De otra manera puede incurrir en responsabilidad, al realizar un quehacer jurídico no previsto en la misma”.

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