/ viernes 10 de noviembre de 2017

Publican sentencia de la Ley del Uso de la Fuerza Pública o Ley Atenco

La Corte resolvió que es constitucional, pero invalidó  algunos artículos

Toluca, México.- Este viernes se publicó la sentencia de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por las Comisiones de Derechos Humanos estatal y nacional; así como por la Legislatura local, donde se declara constitucional la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México, con la invalidez de los artículos 12, fracción III, incisos a) y b); así como del 24, 25 y 26 y de una porción del artículo 40.

Sin embargo, en el fallo se advierte que el uso de la fuerza pública debe ser de manera racional, congruente, oportuna y con respeto a los derechos humanos, apegado a las disposiciones normativas y administrativas aplicables, con personal capacitado.

Incluso, los ministros exhortaron a la emisión de protocolos y manuales donde se especifiquen de manera clara y puntual lo que ha de entenderse por los términos “de manera racional, congruente, oportuna y con respeto a los derechos humanos”.

De acuerdo con la sentencia, las declaraciones de invalidez decretadas por la Corte surtirán sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso mexiquense; con lo cual esa norma queda firme, pero con la invalidez de algunos apartados.

La Ley que Regula el uso de la Fuerza pública fue aprobada en marzo del año pasado y publicada en gaceta el 18 de marzo, pero se dieron 90 días hábiles para su entrada en vigor;  sin embargo después se señaló que no aplicaría hasta que la Corte se pronunciara.

Entre otras cosas, la Suprema Corte declaró infundada la ausencia de sanciones para el caso del uso indebido de la fuerza y de salvaguardas necesarias para la capacitación de los miembros de las instituciones de seguridad pública,

De acuerdo con fuentes de la Legislatura local, el Ejecutivo debe volver a publicar esa ley con las correcciones de la Corte.

Hace unas semanas el grupo parlamentario de Morena propuso que esa norma sea derogada, pues consideran que aun cuando la Corte ya la revisó, es violatoria de derechos.

Toluca, México.- Este viernes se publicó la sentencia de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por las Comisiones de Derechos Humanos estatal y nacional; así como por la Legislatura local, donde se declara constitucional la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México, con la invalidez de los artículos 12, fracción III, incisos a) y b); así como del 24, 25 y 26 y de una porción del artículo 40.

Sin embargo, en el fallo se advierte que el uso de la fuerza pública debe ser de manera racional, congruente, oportuna y con respeto a los derechos humanos, apegado a las disposiciones normativas y administrativas aplicables, con personal capacitado.

Incluso, los ministros exhortaron a la emisión de protocolos y manuales donde se especifiquen de manera clara y puntual lo que ha de entenderse por los términos “de manera racional, congruente, oportuna y con respeto a los derechos humanos”.

De acuerdo con la sentencia, las declaraciones de invalidez decretadas por la Corte surtirán sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso mexiquense; con lo cual esa norma queda firme, pero con la invalidez de algunos apartados.

La Ley que Regula el uso de la Fuerza pública fue aprobada en marzo del año pasado y publicada en gaceta el 18 de marzo, pero se dieron 90 días hábiles para su entrada en vigor;  sin embargo después se señaló que no aplicaría hasta que la Corte se pronunciara.

Entre otras cosas, la Suprema Corte declaró infundada la ausencia de sanciones para el caso del uso indebido de la fuerza y de salvaguardas necesarias para la capacitación de los miembros de las instituciones de seguridad pública,

De acuerdo con fuentes de la Legislatura local, el Ejecutivo debe volver a publicar esa ley con las correcciones de la Corte.

Hace unas semanas el grupo parlamentario de Morena propuso que esa norma sea derogada, pues consideran que aun cuando la Corte ya la revisó, es violatoria de derechos.

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