/ jueves 27 de diciembre de 2018

Ratifica el TEPJF el triunfo del PRI en los municipios de Jocotitlán y Valle de Bravo

Concluye el máximo tribunal electoral las impugnaciones de actores políticos contra la elección en los municipios mexiquenses

Toluca, México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió los tres medios de impugnación en contra de elecciones municipales del Estado de México que tenía pendientes, en los cuales confirmó las sentencias de la Sala Regional Toluca, con lo cual no existe impedimento alguno para la entrega-recepción de los ayuntamientos el próximo 1° de enero.

Dos de las demandas presentadas ante la Sala Superior fueron suscritas por Morena, relacionadas con la elección en los municipios de Jocotitlán y Valle de Bravo, ambas ganadas por la planilla postulada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), las cuales se desecharon de plano, pues a juicio de los magistrados se actualizó alguna causa de improcedencia prevista en la normativa aplicable.

De esta manera, al resolver el Recurso de Reconsideración identificado con el número 1879/2018, interpuesto por Morena para controvertir la sentencia dictada por la Sala Regional Toluca se confirmó la declaración de validez de la elección en favor de la planilla postulada por el PRI, en el ayuntamiento de Jocotitlán.

Asimismo, en los Recursos de Reconsideración 1905, 1907 y 1908 de 2018, presentados por Vía Radical, MORENA y Michelle Nuñez Ponce, respectivamente, los integrantes del Pleno de la Sala Superior confirmaron la nulidad de la votación recibida en las casillas 5654 B, 5657 C2, 5664 B, 5667 C1 y 5678 EXT1; así como la modificación del acta de cómputo municipal, con lo cual se confirmó la declaración de validez de la elección del Ayuntamiento de Valle de Bravo y las constancias de mayoría entregadas a la planilla postulada por el PRI.

Finalmente, se desechó el Recurso de Reconsideración 1951/2018, promovido por María Marisol Nabor referente a un juicio de inconformidad relacionado con la elección del Ayuntamiento de Zinacantepec, por lo que tanto la declaratoria de validez como la entrega de constancias de mayoría quedan inamovibles.



Toluca, México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió los tres medios de impugnación en contra de elecciones municipales del Estado de México que tenía pendientes, en los cuales confirmó las sentencias de la Sala Regional Toluca, con lo cual no existe impedimento alguno para la entrega-recepción de los ayuntamientos el próximo 1° de enero.

Dos de las demandas presentadas ante la Sala Superior fueron suscritas por Morena, relacionadas con la elección en los municipios de Jocotitlán y Valle de Bravo, ambas ganadas por la planilla postulada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), las cuales se desecharon de plano, pues a juicio de los magistrados se actualizó alguna causa de improcedencia prevista en la normativa aplicable.

De esta manera, al resolver el Recurso de Reconsideración identificado con el número 1879/2018, interpuesto por Morena para controvertir la sentencia dictada por la Sala Regional Toluca se confirmó la declaración de validez de la elección en favor de la planilla postulada por el PRI, en el ayuntamiento de Jocotitlán.

Asimismo, en los Recursos de Reconsideración 1905, 1907 y 1908 de 2018, presentados por Vía Radical, MORENA y Michelle Nuñez Ponce, respectivamente, los integrantes del Pleno de la Sala Superior confirmaron la nulidad de la votación recibida en las casillas 5654 B, 5657 C2, 5664 B, 5667 C1 y 5678 EXT1; así como la modificación del acta de cómputo municipal, con lo cual se confirmó la declaración de validez de la elección del Ayuntamiento de Valle de Bravo y las constancias de mayoría entregadas a la planilla postulada por el PRI.

Finalmente, se desechó el Recurso de Reconsideración 1951/2018, promovido por María Marisol Nabor referente a un juicio de inconformidad relacionado con la elección del Ayuntamiento de Zinacantepec, por lo que tanto la declaratoria de validez como la entrega de constancias de mayoría quedan inamovibles.



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