/ sábado 22 de diciembre de 2018

Responsable el Estado mexicano de la violencia y tortura en el caso Atenco

La Corte Interamericana de Derechos Humanos responsabiliza al país mexicano y le ordena pagar una indemnización de casi 1.5 millones de dólares

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) encontró a México responsable de la violación sexual, violación y tortura en contra de once mujeres durante su detención en San Salvador Atenco y su posterior traslado al Centro de Prevención y Reinserción Social de Santiaguito en Almoloya de Juárez.

Al reconocer la responsabilidad de México en los hechos de San Salvador Atenco, la Corte ordenó indemnizar a las 11 mujeres y a 51 parientes con una suma de un millón 496 mil dólares y pagar 30 mil dólares por costos y gastos, entre otras medidas de reparación.

Las denunciantes, Yolanda Muñoz Diosdada, Norma Aidé Jiménez Osorio, María Patricia Romero Hernández, Mariana Selvas Gómez, Georgina Edith Rosales Gutiérrez, Ana María Velasco Rodríguez, Suhelen Gabriela Cuevas Jaramillo, Bárbara Italia Méndez Moreno, María Cristina Sánchez Hernández, Angélica Patricia Torres Linares y Claudia Hernández Martínez participaron en protestas realizadas durante los días 3 y 4 de mayo de 2006.

En su veredicto, la Corte señala que las once mujeres fueron detenidas durante el operativo en el cual participaron elementos de las policías federal, estatal y las de los municipios de Texcoco y San Salvador Atenco, en donde “fueron sometidas a múltiples formas de violencia, incluida la violación sexual en el caso de siete de ellas”.

La Corte -también conocida como el Tribunal-, órgano autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA), también documentó que posterior a su ingreso al centro penitenciario de Santiaguito, los médicos legistas les negaron la revisión física y ginecológica, para registrar las muestras de tortura y violación sexual.

En sus consideraciones, el Tribunal concluyó que la actuación de las autoridades de seguridad, al desarrollar los operativos del 3 y 4 de mayo de 2006, se caracterizó por el uso de la fuerza de manera indiscriminada y excesiva contra toda persona que asumieran que formaba parte de las manifestaciones.

Por otra parte, el Tribunal concluyó que las detenciones iniciales de las once mujeres fueron ilegales y arbitrarias, y que la medida de prisión preventiva que se les impuso resultó arbitraria en tanto no respondió a una finalidad legítima.

Con relación a las investigaciones relacionadas con la tortura, violencia y violación sexual por parte del Estado, la Corte estableció que no fueron llevadas a cabo con la debida diligencia y perspectiva de género requeridas, y tampoco se investigaron todas las posibles formas de responsabilidad individual tanto de los elementos como de sus mandos.

En consecuencia, la Corte ordenó al Estado como medidas de reparación que incluyen investigaciones amplias, sistemáticas y minuciosas con perspectiva de género para determinar, juzgar, y, en su caso, sancionar a todos los responsables de la violencia y tortura sexual en contra de las once mujeres víctimas de este caso, también deberá brindar de forma gratuita e inmediata, tratamiento médico y psicológico o psiquiátrico a las víctimas que lo soliciten.

El Estado mexicano deberá, además, realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y disculpas públicas; crear un plan de capacitación de oficiales de la Policía Federal y del estado de México; establecer mecanismos para medir y evaluar la efectividad de las políticas e instituciones en materia de rendición de cuentas y monitoreo del uso de la fuerza, y elaborar un plan de fortalecimiento del Mecanismo de Seguimiento de Casos de Tortura Sexual cometida contra Mujeres. .

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) encontró a México responsable de la violación sexual, violación y tortura en contra de once mujeres durante su detención en San Salvador Atenco y su posterior traslado al Centro de Prevención y Reinserción Social de Santiaguito en Almoloya de Juárez.

Al reconocer la responsabilidad de México en los hechos de San Salvador Atenco, la Corte ordenó indemnizar a las 11 mujeres y a 51 parientes con una suma de un millón 496 mil dólares y pagar 30 mil dólares por costos y gastos, entre otras medidas de reparación.

Las denunciantes, Yolanda Muñoz Diosdada, Norma Aidé Jiménez Osorio, María Patricia Romero Hernández, Mariana Selvas Gómez, Georgina Edith Rosales Gutiérrez, Ana María Velasco Rodríguez, Suhelen Gabriela Cuevas Jaramillo, Bárbara Italia Méndez Moreno, María Cristina Sánchez Hernández, Angélica Patricia Torres Linares y Claudia Hernández Martínez participaron en protestas realizadas durante los días 3 y 4 de mayo de 2006.

En su veredicto, la Corte señala que las once mujeres fueron detenidas durante el operativo en el cual participaron elementos de las policías federal, estatal y las de los municipios de Texcoco y San Salvador Atenco, en donde “fueron sometidas a múltiples formas de violencia, incluida la violación sexual en el caso de siete de ellas”.

La Corte -también conocida como el Tribunal-, órgano autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA), también documentó que posterior a su ingreso al centro penitenciario de Santiaguito, los médicos legistas les negaron la revisión física y ginecológica, para registrar las muestras de tortura y violación sexual.

En sus consideraciones, el Tribunal concluyó que la actuación de las autoridades de seguridad, al desarrollar los operativos del 3 y 4 de mayo de 2006, se caracterizó por el uso de la fuerza de manera indiscriminada y excesiva contra toda persona que asumieran que formaba parte de las manifestaciones.

Por otra parte, el Tribunal concluyó que las detenciones iniciales de las once mujeres fueron ilegales y arbitrarias, y que la medida de prisión preventiva que se les impuso resultó arbitraria en tanto no respondió a una finalidad legítima.

Con relación a las investigaciones relacionadas con la tortura, violencia y violación sexual por parte del Estado, la Corte estableció que no fueron llevadas a cabo con la debida diligencia y perspectiva de género requeridas, y tampoco se investigaron todas las posibles formas de responsabilidad individual tanto de los elementos como de sus mandos.

En consecuencia, la Corte ordenó al Estado como medidas de reparación que incluyen investigaciones amplias, sistemáticas y minuciosas con perspectiva de género para determinar, juzgar, y, en su caso, sancionar a todos los responsables de la violencia y tortura sexual en contra de las once mujeres víctimas de este caso, también deberá brindar de forma gratuita e inmediata, tratamiento médico y psicológico o psiquiátrico a las víctimas que lo soliciten.

El Estado mexicano deberá, además, realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y disculpas públicas; crear un plan de capacitación de oficiales de la Policía Federal y del estado de México; establecer mecanismos para medir y evaluar la efectividad de las políticas e instituciones en materia de rendición de cuentas y monitoreo del uso de la fuerza, y elaborar un plan de fortalecimiento del Mecanismo de Seguimiento de Casos de Tortura Sexual cometida contra Mujeres. .

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