/ sábado 13 de marzo de 2021

Urgente una ley que regule el negocio millonario de especulares en el Edomex

La Fundación por el Rescate y Recuperación del Paisaje Urbano advierte que en tiempos electorales los partidos políticos destinan cerca del 25% en este tipo de publicidad

En medio de la ilegalidad en que opera la publicidad de espectaculares en el Estado de México, la Fundación por el Rescate y Recuperación del Paisaje Urbano (FRRPU) advierte que es urgente que se legisle una ley para la publicidad exterior.

Jorge Carlos Negrete Vázquez, presidente de dicha fundación, señaló que la industria de los espectaculares y otras formas de publicidad exterior generan al año en el país más de 8 mil millones de pesos, pero en entidades, como la mexiquense, no existen leyes que regulen a esa industria.

"No existe un control real, de pronto aparecen, cualquier empresa de publicidad puede dedicarse a ese giro", comentó Negrete Vázquez.



Negocio electoral

El especialista subrayó que en tiempos electorales, los partidos políticos y candidatos a cargos populares llegan a destinar hasta el 25% de su presupuesto asignado a la publicidad en espectaculares, bardas, parabuses y autobuses, entre otro tipo de propaganda.

"Son cantidades importantes y el mercado crece cada año", comentó.

Dijo que este tipo de publicidad la debería regular el Instituto Electoral del Estado de México y la Junta de Caminos, para tener un control de dónde se instalan y a qué escala, pues es común que la instalación de cualquier espectacular se haga sin un permiso y en lugares no permitidos.

De acuerdo con una consulta realizada por este diario a empresas dedicadas a la publicidad en espectaculares, se puede saber que los precios por mes para un espectacular en Toluca y alrededores tiene un costo de alrededor de 15 mil pesos, sólo por el espacio destinado.

El presidente de la FRRPU señaló que en la entidad y en todo el país no hay una estadística sobre cuánto se gasta en especutaculares y otras modalidades de publicidad exterior durante campañas políticas.

Asimismo, dijo que tampoco existe dato de cuántas empresas se dedican a realizar este tipo de servicios, porque no hay una ley que lo regule en el estado.



Contaminación visual y auditiva


Destacó las afectaciones que deja la publicidad de espectaculares, como la contaminación visual y auditiva.

"Sabemos que la colocación en avenidas de estos anuncios genera estrés, ruido auditivo, porque en algunos casos son pantallas y todo eso genera detrimento urbano", añadió.

Incluso, señaló que las ciudades deberían recibir un pago por el daño urbano que se genera derivado de este tipo de anuncios, pues las ganancias son para particulares.

"Son grandes empresas que se dedican a esta industria, quienes reciben ganancias de más de ocho mil millones de pesos al año", dijo Negrete Vázquez.

Expuso que en el país sólo existen tres leyes de publicidad exterior, una de ellas la de Ciudad de México.

Para el caso del Estado de México es urgente una ley de este tipo, pues es uno de los mercados más amplios para este tipo de empresas, comentó.

Aunque existe una norma establecida en el Código Administrativo del Estado de México, explicó que no es suficiente y se requiere una legislación integrada sobre la materia.

En enero de 2014, la reforma al artículo 17 del Código Administrativo fue publicada en la Gaceta del gobierno estatal, tras la aprobación en la 58 Legislatura local.

La iniciativa consistió en hacer diversos ajustes, en los que se precisó el concepto de publicidad exterior, además de incluirse la figura de los responsables de los inmuebles, con número de folio, donde se instalan los anuncios.

La Ley considera en el apartado 17.86 sanciones con amonestaciones y multas hasta de un 7% del monto total de la inversión de la obra o instalaciones y hasta del 50%si se trata de obras o instalaciones hechas en el derecho de vía.

Incluso existe la facultad de proceder a la demolición y su retiro.


El arquitecto de la Universidad Autónoma del Estado de México, Edgar Alfonso Benítez, dijo que las construcciones se deben hacer sobre estructuras ancladas al suelo con una base de concreto y no en azoteas, pues el viento es el mayor problema para dichos anuncios.


En medio de la ilegalidad en que opera la publicidad de espectaculares en el Estado de México, la Fundación por el Rescate y Recuperación del Paisaje Urbano (FRRPU) advierte que es urgente que se legisle una ley para la publicidad exterior.

Jorge Carlos Negrete Vázquez, presidente de dicha fundación, señaló que la industria de los espectaculares y otras formas de publicidad exterior generan al año en el país más de 8 mil millones de pesos, pero en entidades, como la mexiquense, no existen leyes que regulen a esa industria.

"No existe un control real, de pronto aparecen, cualquier empresa de publicidad puede dedicarse a ese giro", comentó Negrete Vázquez.



Negocio electoral

El especialista subrayó que en tiempos electorales, los partidos políticos y candidatos a cargos populares llegan a destinar hasta el 25% de su presupuesto asignado a la publicidad en espectaculares, bardas, parabuses y autobuses, entre otro tipo de propaganda.

"Son cantidades importantes y el mercado crece cada año", comentó.

Dijo que este tipo de publicidad la debería regular el Instituto Electoral del Estado de México y la Junta de Caminos, para tener un control de dónde se instalan y a qué escala, pues es común que la instalación de cualquier espectacular se haga sin un permiso y en lugares no permitidos.

De acuerdo con una consulta realizada por este diario a empresas dedicadas a la publicidad en espectaculares, se puede saber que los precios por mes para un espectacular en Toluca y alrededores tiene un costo de alrededor de 15 mil pesos, sólo por el espacio destinado.

El presidente de la FRRPU señaló que en la entidad y en todo el país no hay una estadística sobre cuánto se gasta en especutaculares y otras modalidades de publicidad exterior durante campañas políticas.

Asimismo, dijo que tampoco existe dato de cuántas empresas se dedican a realizar este tipo de servicios, porque no hay una ley que lo regule en el estado.



Contaminación visual y auditiva


Destacó las afectaciones que deja la publicidad de espectaculares, como la contaminación visual y auditiva.

"Sabemos que la colocación en avenidas de estos anuncios genera estrés, ruido auditivo, porque en algunos casos son pantallas y todo eso genera detrimento urbano", añadió.

Incluso, señaló que las ciudades deberían recibir un pago por el daño urbano que se genera derivado de este tipo de anuncios, pues las ganancias son para particulares.

"Son grandes empresas que se dedican a esta industria, quienes reciben ganancias de más de ocho mil millones de pesos al año", dijo Negrete Vázquez.

Expuso que en el país sólo existen tres leyes de publicidad exterior, una de ellas la de Ciudad de México.

Para el caso del Estado de México es urgente una ley de este tipo, pues es uno de los mercados más amplios para este tipo de empresas, comentó.

Aunque existe una norma establecida en el Código Administrativo del Estado de México, explicó que no es suficiente y se requiere una legislación integrada sobre la materia.

En enero de 2014, la reforma al artículo 17 del Código Administrativo fue publicada en la Gaceta del gobierno estatal, tras la aprobación en la 58 Legislatura local.

La iniciativa consistió en hacer diversos ajustes, en los que se precisó el concepto de publicidad exterior, además de incluirse la figura de los responsables de los inmuebles, con número de folio, donde se instalan los anuncios.

La Ley considera en el apartado 17.86 sanciones con amonestaciones y multas hasta de un 7% del monto total de la inversión de la obra o instalaciones y hasta del 50%si se trata de obras o instalaciones hechas en el derecho de vía.

Incluso existe la facultad de proceder a la demolición y su retiro.


El arquitecto de la Universidad Autónoma del Estado de México, Edgar Alfonso Benítez, dijo que las construcciones se deben hacer sobre estructuras ancladas al suelo con una base de concreto y no en azoteas, pues el viento es el mayor problema para dichos anuncios.


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