/ lunes 10 de junio de 2019

Video || Impugna sentencia de 47.5 años por un homicidio que no cometió

El abogado de Jesús asegura que su cliente fue injustamente condenado tan sólo por tener el mismo apodo que el verdadero homicida

Jesús Gamboa Sánchez espera con ansiedad la resolución que dará a su caso el magistrado Antonio Legorreta Segundo, adscrito al Primer Tribunal de Alzada en Materia Penal de Toluca, en el juicio de amparo 248/2018 interpuesto en contra de la sentencia de 47.5 años que se le impuso por un homicidio que no cometió, pese a contar con testimonios que reconocen su inocencia.

Sergio Dávila Ramírez, abogado defensor de Jesús Gamboa Sánchez, asegura que su cliente fue injustamente condenado por homicidio calificado en contra de Erick Guerrero Coria, tan sólo por tener el mismo apodo que el verdadero homicida, por lo cual se interpuso un amparo directo en diciembre de 2018, para que la justicia federal revise el caso, el cual está plagado de errores, omisiones e inconsistencias.

Indicó que los hechos donde perdió la vida Guerrero Coria se suscitaron en el año 2014, en el poblado de San Luis Mextepec, municipio de Zinacantepec, donde su cliente, estudiante de Derecho en ese tiempo, elaboraba y vendía pan para solventar los gastos de manutención de su familia y, al mismo tiempo, cursaba estudios de licenciatura con una beca.

Entre las irregularidades que atribuye al Ministerio Público está la falta de investigación sobre la identidad de los verdaderos responsables, pues el único testigo material no brindó su media filiación sino sólo su apodo, “El Pila”, el cual también es el sobrenombre de Jesús Gamboa Sánchez, a quien otro de los acusados -que brindó su declaración en un vídeo que ya circula en las redes sociales de la familia Gamboa Sánchez- no lo reconoce como partícipe en los hechos.

El abogado señala que en la carpeta de investigación obran declaraciones de testigos que nunca se presentaron al Ministerio Público ni fueron llamados por el juez que llevó el caso, quien consideró que si estaban integrados a la carpeta de investigación eran personas que existían y habían dado su testimonio.

Sin embargo, una de dos de las supuestas testigos, a quienes la familia pudo localizar hasta que Jesús Gamboa Sánchez ya había sido sentenciado, asegura que no se trata de ella, pues en la declaración sólo se maneja uno de sus dos nombres y al comparar su firma con su credencial para votar se comprueba que no le pertenece.

También refiere que los padres del joven, hoy sentenciado a 47 años y medio en el reclusorio de Almoloya de Juárez, Jesús Gamboa y Yolanda Sánchez, acudieron ante la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, donde no les quisieron iniciar una queja por la violación a los derechos humanos de su hijo, al igual que sucedió en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos que argumentó que sólo intervendría en casos de tortura.

También dio a conocer que el Poder Judicial del Estado de México retardó el proceso de notificación a los involucrados en el caso, por lo cual los tribunales federales tardó demasiado en dar curso al juicio de amparo marcado con el número 248/2018, con el cual esperan comprobar las irregularidades del procedimiento que permitieron la condena de su defendido que es inocente, pues ni siquiera estaba cerca del lugar en el día de los hechos, como lo comprobaron otros testigos ante la Fiscalía General de Justicia mexiquense que, sin embargo, desestimó esas pruebas para darle mayor peso a la identificación por el apodo.

Jesús Gamboa Sánchez espera con ansiedad la resolución que dará a su caso el magistrado Antonio Legorreta Segundo, adscrito al Primer Tribunal de Alzada en Materia Penal de Toluca, en el juicio de amparo 248/2018 interpuesto en contra de la sentencia de 47.5 años que se le impuso por un homicidio que no cometió, pese a contar con testimonios que reconocen su inocencia.

Sergio Dávila Ramírez, abogado defensor de Jesús Gamboa Sánchez, asegura que su cliente fue injustamente condenado por homicidio calificado en contra de Erick Guerrero Coria, tan sólo por tener el mismo apodo que el verdadero homicida, por lo cual se interpuso un amparo directo en diciembre de 2018, para que la justicia federal revise el caso, el cual está plagado de errores, omisiones e inconsistencias.

Indicó que los hechos donde perdió la vida Guerrero Coria se suscitaron en el año 2014, en el poblado de San Luis Mextepec, municipio de Zinacantepec, donde su cliente, estudiante de Derecho en ese tiempo, elaboraba y vendía pan para solventar los gastos de manutención de su familia y, al mismo tiempo, cursaba estudios de licenciatura con una beca.

Entre las irregularidades que atribuye al Ministerio Público está la falta de investigación sobre la identidad de los verdaderos responsables, pues el único testigo material no brindó su media filiación sino sólo su apodo, “El Pila”, el cual también es el sobrenombre de Jesús Gamboa Sánchez, a quien otro de los acusados -que brindó su declaración en un vídeo que ya circula en las redes sociales de la familia Gamboa Sánchez- no lo reconoce como partícipe en los hechos.

El abogado señala que en la carpeta de investigación obran declaraciones de testigos que nunca se presentaron al Ministerio Público ni fueron llamados por el juez que llevó el caso, quien consideró que si estaban integrados a la carpeta de investigación eran personas que existían y habían dado su testimonio.

Sin embargo, una de dos de las supuestas testigos, a quienes la familia pudo localizar hasta que Jesús Gamboa Sánchez ya había sido sentenciado, asegura que no se trata de ella, pues en la declaración sólo se maneja uno de sus dos nombres y al comparar su firma con su credencial para votar se comprueba que no le pertenece.

También refiere que los padres del joven, hoy sentenciado a 47 años y medio en el reclusorio de Almoloya de Juárez, Jesús Gamboa y Yolanda Sánchez, acudieron ante la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, donde no les quisieron iniciar una queja por la violación a los derechos humanos de su hijo, al igual que sucedió en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos que argumentó que sólo intervendría en casos de tortura.

También dio a conocer que el Poder Judicial del Estado de México retardó el proceso de notificación a los involucrados en el caso, por lo cual los tribunales federales tardó demasiado en dar curso al juicio de amparo marcado con el número 248/2018, con el cual esperan comprobar las irregularidades del procedimiento que permitieron la condena de su defendido que es inocente, pues ni siquiera estaba cerca del lugar en el día de los hechos, como lo comprobaron otros testigos ante la Fiscalía General de Justicia mexiquense que, sin embargo, desestimó esas pruebas para darle mayor peso a la identificación por el apodo.

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