/ miércoles 18 de mayo de 2022

Vigilancia de ciudadanos como estrategia de seguridad es legal

En el Estado de México existen 20 mil cámaras instaladas, las cuales forman parte del C5 y vigilan al 90 por ciento de la población

La vigilancia permanente que tiene el Centro de Control, Comando, Comunicación, Cómputo y Calidad (C5) hacia el 90% de los ciudadanos de la entidad es legal, pero funciona poco si el personal a cargo de los equipos de monitoreo no cuenta con el perfil para detectar posibles focos rojos para la ciudadanía.

De acuerdo con la catedrática de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEM), Cristina Eugenia Pablo Dorantes, una de las funciones de la seguridad pública es la prevención del delito así como la respuesta inmediata a la ciudadanía, y el equipo de videovigilancia conectado al C5 y C2 en 68 municipios mexiquenses contribuye con esta labor; sin embargo cuestionó la funcionalidad de las 20 mil cámaras instaladas en 5 mil puntos de monitoreo inteligente en 2 mil 500 puntos estratégicos de la entidad.

"El Centro de Control, Comando, Comunicación, Cómputo y Calidad que conocemos como C5 es para dar una inmediata respuesta a un hecho, desde una falta administrativa hasta un delito, así que la instalación de cámaras de videovigilancia conectadas a ese centro o C2, C3 o C4 es legal, porque forman parte de la estrategia de prevención del delito, de la seguridad en general, pero su uso debe ser exclusivo para ese efecto", comentó la especialista en seguridad.

Luego de que el secretario general de gobierno estatal, Ernesto Nemer Álvarez diera a conocer que el C5 es considerado como el cerebro de la seguridad en la entidad, ya que vigilan al 90 por ciento de la población, Cristina Eugenia Pablo Dorantes subrayó que para que este arroje los resultados esperados se requiere personal capacitado.

"A veces contratan a personal que no tiene el perfil adecuado para poder identificar ciertas conductas, y con ello no se puede dar una prevención del delito y mucho menos una predicción. Para eso sirve el C5, para hacer una predicción se debe detectar junto con inteligencia, que dicho sea de paso la Secretaría de Seguridad cuenta con una área de inteligencia criminal, y procesar todo aquello que puede ser un foco de alerta", explicó la especialista en seguridad.

La profesora de la UAEM precisó que el C5 no debe contar con interrupciones que impidan el seguimiento de algún ilícito, por ejemplo , con la finalidad de concretar detenciones en flagrancia.

En este contexto, el monitorista o la persona a cargo del seguimiento de las cámaras de videovigilancia debe conocer las circunstancias que pueden ser un foco rojo para la ciudadanía.

"Si ya se detectó un punto en donde continuamente hay riñas, o hay personas que faltan al respeto a la ciudadanía que circula o transita por esos lugares, o que no hay luz y no hay visibilidad, ahí se puede hacer una predicción del delito", expresó la académica de la Máxima Casa de Estudios mexiquense.

No obstante, para que esto ocurra es necesaria una amplia coordinación entre autoridades locales y estatales, pues a través de esta se podría, incluso, acercar servicios públicos determinados, como el alumbrado público, con lo cual se contribuye a la prevención de ilícitos en tenerminadas zonas.

Imágenes como pruebas en proceso penal

En entrevista con El Sol de Toluca, Cristina Eugenia Pablo mencionó que las grabaciones captadas por un centro de mando como el C5, pueden funcionar como un medio de prueba utilizado en el proceso penal de un hecho delictivo o de tránsito ya sea culposo o doloso, siempre y cuando no sea divulgado al público, ya sea en redes sociales o por otros medios.

"Esas capturas que se hacen en determinado tiempo, deben de estar resguardadas en C5 porque pueden ser utilizadas como un medio de prueba dentro de un proceso penal, siempre y cuando éstas no sean difundidas en redes sociales u otros medios al público en general. Cuando una persona solicita este material, siempre deberá indicar para qué fin lo requiere", comentó.

Finalmente, la entrevistada mencionó que las 20 mil cámaras de videovigilancia con las que cuenta la entidad a través del C5 son insuficientes.

La vigilancia permanente que tiene el Centro de Control, Comando, Comunicación, Cómputo y Calidad (C5) hacia el 90% de los ciudadanos de la entidad es legal, pero funciona poco si el personal a cargo de los equipos de monitoreo no cuenta con el perfil para detectar posibles focos rojos para la ciudadanía.

De acuerdo con la catedrática de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEM), Cristina Eugenia Pablo Dorantes, una de las funciones de la seguridad pública es la prevención del delito así como la respuesta inmediata a la ciudadanía, y el equipo de videovigilancia conectado al C5 y C2 en 68 municipios mexiquenses contribuye con esta labor; sin embargo cuestionó la funcionalidad de las 20 mil cámaras instaladas en 5 mil puntos de monitoreo inteligente en 2 mil 500 puntos estratégicos de la entidad.

"El Centro de Control, Comando, Comunicación, Cómputo y Calidad que conocemos como C5 es para dar una inmediata respuesta a un hecho, desde una falta administrativa hasta un delito, así que la instalación de cámaras de videovigilancia conectadas a ese centro o C2, C3 o C4 es legal, porque forman parte de la estrategia de prevención del delito, de la seguridad en general, pero su uso debe ser exclusivo para ese efecto", comentó la especialista en seguridad.

Luego de que el secretario general de gobierno estatal, Ernesto Nemer Álvarez diera a conocer que el C5 es considerado como el cerebro de la seguridad en la entidad, ya que vigilan al 90 por ciento de la población, Cristina Eugenia Pablo Dorantes subrayó que para que este arroje los resultados esperados se requiere personal capacitado.

"A veces contratan a personal que no tiene el perfil adecuado para poder identificar ciertas conductas, y con ello no se puede dar una prevención del delito y mucho menos una predicción. Para eso sirve el C5, para hacer una predicción se debe detectar junto con inteligencia, que dicho sea de paso la Secretaría de Seguridad cuenta con una área de inteligencia criminal, y procesar todo aquello que puede ser un foco de alerta", explicó la especialista en seguridad.

La profesora de la UAEM precisó que el C5 no debe contar con interrupciones que impidan el seguimiento de algún ilícito, por ejemplo , con la finalidad de concretar detenciones en flagrancia.

En este contexto, el monitorista o la persona a cargo del seguimiento de las cámaras de videovigilancia debe conocer las circunstancias que pueden ser un foco rojo para la ciudadanía.

"Si ya se detectó un punto en donde continuamente hay riñas, o hay personas que faltan al respeto a la ciudadanía que circula o transita por esos lugares, o que no hay luz y no hay visibilidad, ahí se puede hacer una predicción del delito", expresó la académica de la Máxima Casa de Estudios mexiquense.

No obstante, para que esto ocurra es necesaria una amplia coordinación entre autoridades locales y estatales, pues a través de esta se podría, incluso, acercar servicios públicos determinados, como el alumbrado público, con lo cual se contribuye a la prevención de ilícitos en tenerminadas zonas.

Imágenes como pruebas en proceso penal

En entrevista con El Sol de Toluca, Cristina Eugenia Pablo mencionó que las grabaciones captadas por un centro de mando como el C5, pueden funcionar como un medio de prueba utilizado en el proceso penal de un hecho delictivo o de tránsito ya sea culposo o doloso, siempre y cuando no sea divulgado al público, ya sea en redes sociales o por otros medios.

"Esas capturas que se hacen en determinado tiempo, deben de estar resguardadas en C5 porque pueden ser utilizadas como un medio de prueba dentro de un proceso penal, siempre y cuando éstas no sean difundidas en redes sociales u otros medios al público en general. Cuando una persona solicita este material, siempre deberá indicar para qué fin lo requiere", comentó.

Finalmente, la entrevistada mencionó que las 20 mil cámaras de videovigilancia con las que cuenta la entidad a través del C5 son insuficientes.

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