El abandono de bebés en la entidad ante el rechazo de los padres o la imposibilidad para criarlos, por cuestiones económicas, ha llevado a que se queden en la orfandad o, en el peor de los casos, fallezcan debido a que son dejados en lugares solitarios.
Tan sólo en 2017, ocho bebés fueron abandonados y hallados con vida en los municipios de Otzolotepec, Chapultepec, Ayapango, Almoloya de Juárez, San Mateo Atenco, Calimaya y Toluca; mientras que cinco más fueron encontrados muertos en Zinacantepec, Almoloya de Juárez, Otzolotepec, Xonacatlán y Rayón.
De los 13 casos del año pasado, los pequeños fueron hallados principalmente en lugares como campos de cultivo, panteones, parajes, campos de futbol o baldíos, frente a centros de salud y domicilios, siendo dejados en cajas de cartón, madera, en cobijas y hasta bolsas de plástico, lo que ocasionó que algunos perdieran la vida.
Según reportes documentados por medios de comunicación, los casos de abandono se registran repetidamente en Almoloya de Juárez, Villa Victoria, Otzolotepec y Toluca, los cuales contaban con algunas horas de nacidos, siendo particularmente las niñas las más abandonadas.
En lo que va del 2018 se han registrado los casos de cinco pequeños abandonados con vida en las demarcaciones de Toluca, Villa Victoria, Atlacomulco, Ecatepec y Naucalpan, de éstos uno de los pequeños fue mordido por un canino e ingresado al hospital Nicolás San Juan.
Respecto al caso del pequeño en Naucalpan, la supuesta madre biológica del menor acudió al Ministerio Público y argumentó que cuando abandonó al recién nacido, el 7 de marzo, estaba en estado de confusión y crisis, por lo que pidió tenerlo de nuevo con ella.
De acuerdo con las leyes, el abandono de personas es un delito, pues si los padres consideran que están imposibilitados para atender debidamente a su hijo, en lugar de abandonarlo y exponerlo a la muerte, deben acudir ante el DIF o cualquier casa de asistencia reconocida por esta institución para entregar legalmente la tutela del menor y que en su caso pueda ser dado en adopción, salvando así la vida de su hijo.
Si no se localiza a los padres del menor abandonado, éste podrá ser entregado en adopción simple o plena a una persona o familia que haya cumplido con los requisitos que el mismo Código Civil establece para efectuar la adopción.
El proceso legal que sigue al rescate de estos menores es el de registrarlos para que mediante un Acta de Nacimiento se haga constar la existencia de esa persona jurídica, además de asignarle un nombre, lo cual es uno de los principales derechos de toda persona. De esta manera se escogen un nombre y apellidos para asentar en el acta.