/ lunes 4 de abril de 2022

¿Cotizas en el IMSS o en el ISSSTE? Te explicamos cómo realizar un retiro parcial por desempleo

Si tienes al menos 46 días sin empleo puedes acudir a tu AFORE y solicitar un retiro parcial

A los 46 días de estar en el desempleo, puedes acudir a tu AFORE a solicitar un retiro parcial por desempleo, el cuál será otorgado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, para los trabajadores que cotizan en el IMSS los requisitos para obtener este beneficio son: no haber ejercido este retiro en los cinco años anteriores y contar con un Expediente de Identificación actualizado junto con los datos biométricos.

Primero debes de realizar tu presolicitud de disposición de recursos por desempleo en www.e-sar.com.mx, para obtener la Clave Única de Servicio y contar con una cita en la AFORE.

Posteriormente, se debe de acudir a la sucursal seleccionada en la presolicitud con una identificación oficial en original, el número de Seguro Social, un estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).

Y la solicitud del retiro parcial por desempleo que se proporcionará en la AFORE, debidamente firmada.

La AFORE gestionará el trámite ante el IMSS en un máximo de 10 días hábiles después de haber recibido la solicitud para el derecho al retiro parcial por desempleo.

Una vez certificado por el IMSS, en cinco días hábiles la AFORE deberá de entregar los recursos de acuerdo a la modalidad correspondiente de cuál pueden ser de dos maneras.

La primera la modalidad, modalidad A, se entrega en una sola exhibición al equivalente a 30 días del último salario base de cotización.

En la modalidad B, el monto se entrega en una sola exhibición de lo que resulte menor entre el equivalente de 90 días de salario base de cotización o el 11.5% de los recursos acumulados de la subcuenta del RCV.

Con este retiro, el IMSS descontará semanas cotizadas de tu cuenta, y estás podrán ser recuperadas con aportaciones parciales o totales a la subcuenta de RCV.

Para los desempleados que cotizaban en el ISSSTE, deberán tener los mismos requisitos que antes se mencionaron, para después acudir a la Delegación Estatal o Regional del ISSSTE que le corresponda.

Ahí deberán de solicitar un certificado de desempleo el cuál se necesitará más adelante.

Posteriormente, se llenará la presolicitud de registro parcial por desempleo en el portal www.e-sar.com.mx, para obtener la Clave Única de Servicio.

Deberán de acudir a la sucursal seleccionada en la presolicitud, y tendrán que llevar la solicitud de retiro parcial por desempleo, llenada y firmada, proporcionada por la AFORE.

También, se debe presentar una identificación oficial original, el certificado de desempleo emitido por el ISSSTE, el estado de cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite su registro en la misma, y el estado de cuenta bancario con Clave Bancaria Estandarizada.

Una vez procesada la solicitud, la AFORE pondrá a tu disposición los recursos correspondientes de acuerdo con su régimen pensionario “cuentas individuales”, en un plazo de hasta cinco días hábiles.

Se entregará la cantidad que resulte menor entre 65 días de tu sueldo base básico de los últimos cinco años o el 10% del saldo de la subcuenca del RCV.

O bien, si el régimen pensionario está sobre el “décimo transitorio”, la cantidad que se entregará será de hasta el 10% del salario de la subcuenta del retiro.

¿Qué es una AFORE?

De acuerdo con el gobierno de México, la palabra AFORE significa Administradora de Fondos para el Retiro, y es una institución que se encarga de llevar la administración de fondos para el retiro de los trabajadores.

El artículo 18 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro dice que la definición de las AFORE es la siguiente: “Son entidades financieras constituidas como sociedades mercantiles que se dedican de manera exclusiva, habitual y profesional a administrar las cuentas individuales y canalizar los recursos de las subcuentas que las integran en términos de las leyes de seguridad social, así como administrar sociedades de inversión”.

A los 46 días de estar en el desempleo, puedes acudir a tu AFORE a solicitar un retiro parcial por desempleo, el cuál será otorgado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, para los trabajadores que cotizan en el IMSS los requisitos para obtener este beneficio son: no haber ejercido este retiro en los cinco años anteriores y contar con un Expediente de Identificación actualizado junto con los datos biométricos.

Primero debes de realizar tu presolicitud de disposición de recursos por desempleo en www.e-sar.com.mx, para obtener la Clave Única de Servicio y contar con una cita en la AFORE.

Posteriormente, se debe de acudir a la sucursal seleccionada en la presolicitud con una identificación oficial en original, el número de Seguro Social, un estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).

Y la solicitud del retiro parcial por desempleo que se proporcionará en la AFORE, debidamente firmada.

La AFORE gestionará el trámite ante el IMSS en un máximo de 10 días hábiles después de haber recibido la solicitud para el derecho al retiro parcial por desempleo.

Una vez certificado por el IMSS, en cinco días hábiles la AFORE deberá de entregar los recursos de acuerdo a la modalidad correspondiente de cuál pueden ser de dos maneras.

La primera la modalidad, modalidad A, se entrega en una sola exhibición al equivalente a 30 días del último salario base de cotización.

En la modalidad B, el monto se entrega en una sola exhibición de lo que resulte menor entre el equivalente de 90 días de salario base de cotización o el 11.5% de los recursos acumulados de la subcuenta del RCV.

Con este retiro, el IMSS descontará semanas cotizadas de tu cuenta, y estás podrán ser recuperadas con aportaciones parciales o totales a la subcuenta de RCV.

Para los desempleados que cotizaban en el ISSSTE, deberán tener los mismos requisitos que antes se mencionaron, para después acudir a la Delegación Estatal o Regional del ISSSTE que le corresponda.

Ahí deberán de solicitar un certificado de desempleo el cuál se necesitará más adelante.

Posteriormente, se llenará la presolicitud de registro parcial por desempleo en el portal www.e-sar.com.mx, para obtener la Clave Única de Servicio.

Deberán de acudir a la sucursal seleccionada en la presolicitud, y tendrán que llevar la solicitud de retiro parcial por desempleo, llenada y firmada, proporcionada por la AFORE.

También, se debe presentar una identificación oficial original, el certificado de desempleo emitido por el ISSSTE, el estado de cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite su registro en la misma, y el estado de cuenta bancario con Clave Bancaria Estandarizada.

Una vez procesada la solicitud, la AFORE pondrá a tu disposición los recursos correspondientes de acuerdo con su régimen pensionario “cuentas individuales”, en un plazo de hasta cinco días hábiles.

Se entregará la cantidad que resulte menor entre 65 días de tu sueldo base básico de los últimos cinco años o el 10% del saldo de la subcuenca del RCV.

O bien, si el régimen pensionario está sobre el “décimo transitorio”, la cantidad que se entregará será de hasta el 10% del salario de la subcuenta del retiro.

¿Qué es una AFORE?

De acuerdo con el gobierno de México, la palabra AFORE significa Administradora de Fondos para el Retiro, y es una institución que se encarga de llevar la administración de fondos para el retiro de los trabajadores.

El artículo 18 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro dice que la definición de las AFORE es la siguiente: “Son entidades financieras constituidas como sociedades mercantiles que se dedican de manera exclusiva, habitual y profesional a administrar las cuentas individuales y canalizar los recursos de las subcuentas que las integran en términos de las leyes de seguridad social, así como administrar sociedades de inversión”.

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