/ sábado 25 de noviembre de 2017

Adultos mayores pueden demandar pensión alimenticia a sus hijos

Entre los requisitos fundamentales es que sean mayores de 65 años de edad y se encuentren en estado de vulnerabilidad

Toluca, México.- Los adultos mayores de 65 años de edad y que viven en situación de vulnerabilidad pueden solicitar una pensión alimenticia a sus hijos, quienes están obligados a no dejar en el abandono a sus progenitores, informó el presidente de la Academia Mexiquense de Jurisprudencia (AMJ), Enrique Lazaga Yamín.

En entrevista con esta casa editorial el experto en leyes informó que las demandas de pensión alimenticia también están contempladas en la ley que rige la entidad mexiquense.

“La ley contempla la obligatoriedad de los hijos de proveer de alimentos a los padres, tomando en cuenta el estado de vulnerabilidad de los padres principalmente, es lo que la ley contempla como una exigencia para que proceda una demanda de este tipo”, puntualizó.

Lazaga Yamín explicó que si bien es más común que existan las demandas de pensión alimenticia por parte de las madres de familia en contra de sus ex parejas, también hay casos en la entidad mexiquense en donde se los padres solicitan a sus hijos una pensión.

Para que esto pueda proceder, el presidente de la AMJ hizo hincapié en que además de la vulnerabilidad del demandante, también es obligatorio que se cuente con la edad de 65 años o más.

“Deben ser adultos mayores de 65 años de edad y en estado vulnerable, recordemos que no todo adulto mayor es vulnerable, puede que sea adulto mayor pero no está en situación vulnerable, es uno de los principales factores para que una demanda de este tipo pueda proceder”, agregó.

Finalmente el Enrique Lazaga indicó que la Academia Mexiquense de Jurisprudencia cuenta con asesorías legales en diversos rubros, con abogados cien por ciento capaces de brindar la mejor atención en materia legal.

Toluca, México.- Los adultos mayores de 65 años de edad y que viven en situación de vulnerabilidad pueden solicitar una pensión alimenticia a sus hijos, quienes están obligados a no dejar en el abandono a sus progenitores, informó el presidente de la Academia Mexiquense de Jurisprudencia (AMJ), Enrique Lazaga Yamín.

En entrevista con esta casa editorial el experto en leyes informó que las demandas de pensión alimenticia también están contempladas en la ley que rige la entidad mexiquense.

“La ley contempla la obligatoriedad de los hijos de proveer de alimentos a los padres, tomando en cuenta el estado de vulnerabilidad de los padres principalmente, es lo que la ley contempla como una exigencia para que proceda una demanda de este tipo”, puntualizó.

Lazaga Yamín explicó que si bien es más común que existan las demandas de pensión alimenticia por parte de las madres de familia en contra de sus ex parejas, también hay casos en la entidad mexiquense en donde se los padres solicitan a sus hijos una pensión.

Para que esto pueda proceder, el presidente de la AMJ hizo hincapié en que además de la vulnerabilidad del demandante, también es obligatorio que se cuente con la edad de 65 años o más.

“Deben ser adultos mayores de 65 años de edad y en estado vulnerable, recordemos que no todo adulto mayor es vulnerable, puede que sea adulto mayor pero no está en situación vulnerable, es uno de los principales factores para que una demanda de este tipo pueda proceder”, agregó.

Finalmente el Enrique Lazaga indicó que la Academia Mexiquense de Jurisprudencia cuenta con asesorías legales en diversos rubros, con abogados cien por ciento capaces de brindar la mejor atención en materia legal.

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