/ jueves 11 de mayo de 2017

Aseguran reptiles con categoría de riesgo en Toluca

Toluca, México.- La ProcuraduríaFederal de Protección al Ambiente (PROFEPA), en coordinación conla Policía Federal, aseguró de manera precautoria 153 ejemplaresde reptiles que se encontraban a bordo de un camión de pasajeros yfue revisado en un retén instalado en las inmediaciones de lacaseta “El Dorado”, en el municipio de Toluca, Estado deMéxico.

Los elementos de la Policía Federalpusieron a disposición de las oficinas de PROFEPA a los ejemplaresde Vida Silvestre que eran transportados en cajas de cartón,fundas de almohada y mochilas deportivas.

Durante el desarrollo de ladiligencia, las personas inspeccionadas y responsables de laposesión de los ejemplares, no lograron acreditar la legalprocedencia de las especies aseguradas y optaron por allanarse alprocedimiento administrativo correspondiente.

Entre las especiespresentadas se encontraron 25 ejemplares de Culebra listonada demontaña cola larga (Thamnophisscalaris); 3 ejemplares de Culebra de aguanómada mexicana (Thamnophiseques); 3 ejemplares de Culebra sordamexicana (Pituophisdeppei) y 102 ejemplares de Camaleón demontaña (Phrynosomaorbiculare); todos ellos enlistados dentrode la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 bajo lacategoría de Especies Amenazadas (A). Adicionalmente se encontraron 20 ejemplaresde Lagartija espinosa de collar (Sceloporustorquatus).

Al no contar con los documentosrequeridos para acreditar la legal procedencia de dichas especies,la Procuraduría determinó el aseguramiento precautorio de losejemplares, lo anterior con fundamento legal en el Artículo 117,Fracción I, y el Artículo 119, Fracción I, de la Ley General deVida Silvestre (LGVS).

De acuerdo con la Ley General deVida Silvestre, aquella persona que realice este tipo de conductas,podría recibir una sanción que puede ir desde una amonestación,una multa equivalente de 50 a 50 mil Unidades de Medida yActualización, hasta un arresto administrativo, decomiso deejemplares y pago de gastos al depositario deejemplares.

Finalmente, esimportante señalar que elArtículo 420, Fracción IV, del Código Penal Federal estableceque se impondrá pena de uno a nueve añosde prisión y por el equivalente de 300 a 3,000 Unidades de Mediday Actualización, a quien ilícitamente realice cualquier actividad con fines de tráfico, ocapture, posea, transporte, acopie, introduzca al país o extraigadel mismo, algún ejemplar, sus productos o subproductos y demásrecursos genéticos, de una especie de flora o fauna silvestres,terrestres o acuáticas en veda, considerada endémica, amenazada,en peligro de extinción, sujeta a protección especial, o reguladapor algún tratado internacional del que México sea parte; asícomo la Fracción X del Artículo 2º de la Ley Federal contra laDelincuencia Organizada.

 

Toluca, México.- La ProcuraduríaFederal de Protección al Ambiente (PROFEPA), en coordinación conla Policía Federal, aseguró de manera precautoria 153 ejemplaresde reptiles que se encontraban a bordo de un camión de pasajeros yfue revisado en un retén instalado en las inmediaciones de lacaseta “El Dorado”, en el municipio de Toluca, Estado deMéxico.

Los elementos de la Policía Federalpusieron a disposición de las oficinas de PROFEPA a los ejemplaresde Vida Silvestre que eran transportados en cajas de cartón,fundas de almohada y mochilas deportivas.

Durante el desarrollo de ladiligencia, las personas inspeccionadas y responsables de laposesión de los ejemplares, no lograron acreditar la legalprocedencia de las especies aseguradas y optaron por allanarse alprocedimiento administrativo correspondiente.

Entre las especiespresentadas se encontraron 25 ejemplares de Culebra listonada demontaña cola larga (Thamnophisscalaris); 3 ejemplares de Culebra de aguanómada mexicana (Thamnophiseques); 3 ejemplares de Culebra sordamexicana (Pituophisdeppei) y 102 ejemplares de Camaleón demontaña (Phrynosomaorbiculare); todos ellos enlistados dentrode la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 bajo lacategoría de Especies Amenazadas (A). Adicionalmente se encontraron 20 ejemplaresde Lagartija espinosa de collar (Sceloporustorquatus).

Al no contar con los documentosrequeridos para acreditar la legal procedencia de dichas especies,la Procuraduría determinó el aseguramiento precautorio de losejemplares, lo anterior con fundamento legal en el Artículo 117,Fracción I, y el Artículo 119, Fracción I, de la Ley General deVida Silvestre (LGVS).

De acuerdo con la Ley General deVida Silvestre, aquella persona que realice este tipo de conductas,podría recibir una sanción que puede ir desde una amonestación,una multa equivalente de 50 a 50 mil Unidades de Medida yActualización, hasta un arresto administrativo, decomiso deejemplares y pago de gastos al depositario deejemplares.

Finalmente, esimportante señalar que elArtículo 420, Fracción IV, del Código Penal Federal estableceque se impondrá pena de uno a nueve añosde prisión y por el equivalente de 300 a 3,000 Unidades de Mediday Actualización, a quien ilícitamente realice cualquier actividad con fines de tráfico, ocapture, posea, transporte, acopie, introduzca al país o extraigadel mismo, algún ejemplar, sus productos o subproductos y demásrecursos genéticos, de una especie de flora o fauna silvestres,terrestres o acuáticas en veda, considerada endémica, amenazada,en peligro de extinción, sujeta a protección especial, o reguladapor algún tratado internacional del que México sea parte; asícomo la Fracción X del Artículo 2º de la Ley Federal contra laDelincuencia Organizada.

 

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