/ lunes 31 de julio de 2023

En el Estado de México evitan huelgas a través de la conciliación

Atiende Poder Judicial 600 asuntos del 2020 a la fecha

Jueces del Poder Judicial del Estado de México han resuelto cerca de 600 asuntos de naturaleza colectiva, a través de la conciliación, con lo cual han evitado el estallamiento de huelgas en la entidad.

De acuerdo con un comunicado del Poder Judicial mexiquense, las y los juzgadores han atendido estos casos a partir de la implementación de la reforma laboral, de noviembre de 2020 a la fecha.

En el Tribunal Superior de Justicia del Estado de México dos de los 21 jueces en materia laboral se encargan de los asuntos colectivos y atienden principalmente a trabajadores, sindicatos y empleadores de las ramas de la construcción, transporte, manufacturera, servicios y comercio en general; a fin de resolver sobre la revisión y el incumplimiento de cláusulas o prestaciones.

Raúl Falcón Arce, Juez del Segundo Tribunal Laboral de la Región Judicial de Toluca con residencia en Xonacatlán, explicó que acorde con el sistema de impartición de justicia laboral, a través de la conciliación se evitan huelgas, escuchan a las partes en controversia, aseguran que intervengan activamente los trabajadores y toman en cuenta sus intereses y necesidades.

Falcón Arce diferenció la conciliación individual de la colectiva, pues la primera se hace como requisito prejudicial, es decir, obligadamente antes del procedimiento; mientras en la segunda el juzgador es rector del procedimiento y convoca al Centro de Conciliación Laboral del estado para que participe en la audiencia.

“En los emplazamientos a huelga por firma, revisión o cumplimiento, el único titular es el sindicato y los trabajadores participan activamente en las decisiones mediante consultas a través de voto personal, libre y secreto”, agregó.

Para que proceda un emplazamiento por firma de contrato, añadió, se debe tener una constancia de representatividad avalada por el 30 por ciento del gremio que labora en la fuente de trabajo.

Indicó que los procedimientos colectivos se atienden personalmente y en audiencias presenciales ante los tribunales ubicados en el municipio de Xonacatlán, y también es posible realizarlos vía remota en audiencia virtual, gracias al Tribunal Electrónico y el uso de la Firma Electrónica Judicial.

Esas herramientas tecnológicas permiten, entre otras acciones, consultar expedientes y promover asuntos, sin necesidad de traslado, lo que, de acuerdo con el Poder Judicial, ahorra tiempo, evita riesgos sanitarios, de tránsito o de cualquier naturaleza.

Jueces del Poder Judicial del Estado de México han resuelto cerca de 600 asuntos de naturaleza colectiva, a través de la conciliación, con lo cual han evitado el estallamiento de huelgas en la entidad.

De acuerdo con un comunicado del Poder Judicial mexiquense, las y los juzgadores han atendido estos casos a partir de la implementación de la reforma laboral, de noviembre de 2020 a la fecha.

En el Tribunal Superior de Justicia del Estado de México dos de los 21 jueces en materia laboral se encargan de los asuntos colectivos y atienden principalmente a trabajadores, sindicatos y empleadores de las ramas de la construcción, transporte, manufacturera, servicios y comercio en general; a fin de resolver sobre la revisión y el incumplimiento de cláusulas o prestaciones.

Raúl Falcón Arce, Juez del Segundo Tribunal Laboral de la Región Judicial de Toluca con residencia en Xonacatlán, explicó que acorde con el sistema de impartición de justicia laboral, a través de la conciliación se evitan huelgas, escuchan a las partes en controversia, aseguran que intervengan activamente los trabajadores y toman en cuenta sus intereses y necesidades.

Falcón Arce diferenció la conciliación individual de la colectiva, pues la primera se hace como requisito prejudicial, es decir, obligadamente antes del procedimiento; mientras en la segunda el juzgador es rector del procedimiento y convoca al Centro de Conciliación Laboral del estado para que participe en la audiencia.

“En los emplazamientos a huelga por firma, revisión o cumplimiento, el único titular es el sindicato y los trabajadores participan activamente en las decisiones mediante consultas a través de voto personal, libre y secreto”, agregó.

Para que proceda un emplazamiento por firma de contrato, añadió, se debe tener una constancia de representatividad avalada por el 30 por ciento del gremio que labora en la fuente de trabajo.

Indicó que los procedimientos colectivos se atienden personalmente y en audiencias presenciales ante los tribunales ubicados en el municipio de Xonacatlán, y también es posible realizarlos vía remota en audiencia virtual, gracias al Tribunal Electrónico y el uso de la Firma Electrónica Judicial.

Esas herramientas tecnológicas permiten, entre otras acciones, consultar expedientes y promover asuntos, sin necesidad de traslado, lo que, de acuerdo con el Poder Judicial, ahorra tiempo, evita riesgos sanitarios, de tránsito o de cualquier naturaleza.

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