/ miércoles 4 de octubre de 2023

Presentan régimen patrimonial mixto en el matrimonio para el Edomex

Dicho régimen estaría conformado tanto por bienes o patrimonios propiedad de cada uno de los cónyuges como por bienes de propiedad de ambos en comunidad

En reunión de trabajo de la comisión de Procuración y Administración de Justicia de la 61 Legislatura mexiquense se expuso la propuesta del Grupo Parlamentario del PRI sobre la incorporación a la normatividad del Presentan régimen patrimonial mixto en el matrimonio en la unión matrimonial en el Estado de México.

Dicho régimen estaría conformado tanto por bienes o patrimonios propiedad de cada uno de los cónyuges como por bienes de propiedad de ambos en comunidad, explicó la diputada proponente, Evelyn Osornio Jiménez.

“Este régimen debe incluir, entre otras cuestiones, la declaración explícita de los bienes de cada cónyuge que entran en la sociedad y los que seguirán perteneciendo a cada uno”.

Es decir, los bienes que quedarán el régimen de separación precisando cómo será su distribución en el futuro, añadió.

En el Código Civil estatal en su artículo 4. 26 establece que las capitulaciones matrimoniales pueden otorgarse antes o durante el matrimonio y pueden comprender no solo los bienes de los cónyuges sino los que tienen al momento de hacer el pacto sino los adquiridos después, expuso.

La también presidenta de la comisión legislativa de Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM), agregó que resulta necesario generar certeza jurídica al gobernado y establecer el régimen patrimonial a uno o ambos cónyuges.

Los contrayentes así podrán tener el derecho de escoger libremente y acorde con sus intereses un régimen específico que termina al disolverse el matrimonio antes, o bien, puede modificarse durante su vínculo matrimonial en relación a los bienes muebles de uno a ambos cónyuges, detalló.

Se busca la creación de un régimen patrimonial mixto en el matrimonio conformado por los bienes y patrimonio propiedad de cada uno de los cónyuges como por bienes de propiedad de ambos en comunidad”.

En la propuesta se contemplan reformas al párrafo primero del artículo 4.24 del Código Civil del Estado de México y se adicione el artículo 4.24. 1 a ese mismo ordenamiento.

Es de mencionar que la propuesta se dio a conocer en el pasado periodo de la Diputación Permanente.

En reunión de trabajo de la comisión de Procuración y Administración de Justicia de la 61 Legislatura mexiquense se expuso la propuesta del Grupo Parlamentario del PRI sobre la incorporación a la normatividad del Presentan régimen patrimonial mixto en el matrimonio en la unión matrimonial en el Estado de México.

Dicho régimen estaría conformado tanto por bienes o patrimonios propiedad de cada uno de los cónyuges como por bienes de propiedad de ambos en comunidad, explicó la diputada proponente, Evelyn Osornio Jiménez.

“Este régimen debe incluir, entre otras cuestiones, la declaración explícita de los bienes de cada cónyuge que entran en la sociedad y los que seguirán perteneciendo a cada uno”.

Es decir, los bienes que quedarán el régimen de separación precisando cómo será su distribución en el futuro, añadió.

En el Código Civil estatal en su artículo 4. 26 establece que las capitulaciones matrimoniales pueden otorgarse antes o durante el matrimonio y pueden comprender no solo los bienes de los cónyuges sino los que tienen al momento de hacer el pacto sino los adquiridos después, expuso.

La también presidenta de la comisión legislativa de Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM), agregó que resulta necesario generar certeza jurídica al gobernado y establecer el régimen patrimonial a uno o ambos cónyuges.

Los contrayentes así podrán tener el derecho de escoger libremente y acorde con sus intereses un régimen específico que termina al disolverse el matrimonio antes, o bien, puede modificarse durante su vínculo matrimonial en relación a los bienes muebles de uno a ambos cónyuges, detalló.

Se busca la creación de un régimen patrimonial mixto en el matrimonio conformado por los bienes y patrimonio propiedad de cada uno de los cónyuges como por bienes de propiedad de ambos en comunidad”.

En la propuesta se contemplan reformas al párrafo primero del artículo 4.24 del Código Civil del Estado de México y se adicione el artículo 4.24. 1 a ese mismo ordenamiento.

Es de mencionar que la propuesta se dio a conocer en el pasado periodo de la Diputación Permanente.

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