/ jueves 29 de febrero de 2024

Regulará Toluca el comercio y distribución del recurso hídrico

Se deberá contar con permiso estatal y municipal para prestar el servicio de agua en pipas

El gobierno municipal de Toluca regulará el comercio y distribución del recurso hídrico, a fin de garantizar la disponibilidad del agua potable ante la crisis hídrica derivada de los bajos niveles del sistema Cutzamala.

Durante la Cuadragésima Quinta Sesión Extraordinaria de Cabildo, el Alcalde recordó que hace algunas semanas aprobaron el Presupuesto 2024, en el que se establecieron obras y acciones concretas para mejorar la infraestructura de extracción, distribución y comercialización del agua potable en la ciudad.

Ante la escasez del líquido, dijo, es necesario reforzar la presencia del gobierno municipal en la regulación de los permisos para la distribución y comercialización del agua en pipas, a fin de evitar que el líquido sea objeto de lucro ante la evidente necesidad de las familias por allegarse de este recurso.

Por ello, Juan Maccise puso a consideración de los ediles la aprobación de reformas y adiciones a los artículos 43, 68, 101 y 106 del Bando Municipal de Toluca, que tienen por objeto: regular el comercio y distribución de agua potable o tratada.

Permiso estatal y municipal

El Organismo Agua y Saneamiento de Toluca (OAyST) desarrolló un plan de obras destinado atender, con la misma visión de sostenibilidad, el servicio público de dotación de agua potable.

En este sentido, la reforma fortalece la normatividad del OAyST para que los particulares que deseen distribuir agua en pipa deberán contar con permiso estatal y municipal para prestar el servicio, también deberán estar inscritos en el Registro Correspondiente, conforme a los lineamientos que emita dicho Organismo.

Las unidades deberán tener adherido en un lugar visible para el consumidor, las tarifas autorizadas en la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios y el tipo de agua que se transporta. De igual forma, incluir la medida de seguridad que deben adoptar los particulares. Además de las infracciones que contravengan a la normatividad aplicable.

El gobierno municipal de Toluca regulará el comercio y distribución del recurso hídrico, a fin de garantizar la disponibilidad del agua potable ante la crisis hídrica derivada de los bajos niveles del sistema Cutzamala.

Durante la Cuadragésima Quinta Sesión Extraordinaria de Cabildo, el Alcalde recordó que hace algunas semanas aprobaron el Presupuesto 2024, en el que se establecieron obras y acciones concretas para mejorar la infraestructura de extracción, distribución y comercialización del agua potable en la ciudad.

Ante la escasez del líquido, dijo, es necesario reforzar la presencia del gobierno municipal en la regulación de los permisos para la distribución y comercialización del agua en pipas, a fin de evitar que el líquido sea objeto de lucro ante la evidente necesidad de las familias por allegarse de este recurso.

Por ello, Juan Maccise puso a consideración de los ediles la aprobación de reformas y adiciones a los artículos 43, 68, 101 y 106 del Bando Municipal de Toluca, que tienen por objeto: regular el comercio y distribución de agua potable o tratada.

Permiso estatal y municipal

El Organismo Agua y Saneamiento de Toluca (OAyST) desarrolló un plan de obras destinado atender, con la misma visión de sostenibilidad, el servicio público de dotación de agua potable.

En este sentido, la reforma fortalece la normatividad del OAyST para que los particulares que deseen distribuir agua en pipa deberán contar con permiso estatal y municipal para prestar el servicio, también deberán estar inscritos en el Registro Correspondiente, conforme a los lineamientos que emita dicho Organismo.

Las unidades deberán tener adherido en un lugar visible para el consumidor, las tarifas autorizadas en la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios y el tipo de agua que se transporta. De igual forma, incluir la medida de seguridad que deben adoptar los particulares. Además de las infracciones que contravengan a la normatividad aplicable.

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