/ viernes 12 de junio de 2020

De Análisis y Reflexión | El acto administrativo del Covid-19

El acto administrativo se define como una declaración de voluntad unilateral que emana de la administración pública Federal, Estatal o Municipal; es una decisión ejecutoria que en ejercicio de la potestad administrativa: crea, reconoce, modifica, trasmite o extingue una situación jurídica subjetiva cuya finalidad es la satisfacción general.

En tal sentido y con el objeto de quede claro, el acto administrativo: es una decisión unilateral porque emana del titular del órgano de la administración pública su origen es una visión unilateral aunque posteriormente se convierte en bilateral, cuando los efectos jurídicos trascienden a la esfera de los particulares, es una expresión externa de la voluntad, del órgano de la administración pública competente a través del titular y al ser de una autoridad el acto debe de estar fundado y motivado en derecho; tiene la potestad necesaria para su realización coactiva en caso de que el gobernado no la cumpla voluntariamente.

El acto administrativo en tiempos de COVID-19

Los mexicanos hemos sido testigos de que todos los días, el Ejecutivo Federal en conferencia de prensa en voz del subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López Gatell emite actos administrativos de carácter general debiendo ser obligatorios para toda la sociedad mexicana; sin embargo, en esa conferencia diaria el representante del gobierno ha creado un sentimiento de inconformidad y de angustia, pues en su numeralia ha creado incertidumbre en la sociedad mexicana.

Primeramente, a estas fechas ya no le salen las cuentas entre el número de casos confirmados; o contagios; y por tanto el número de muertes; hasta la primera quincena de mayo los muertos que diariamente arrojaba el sistema de salud en México eran de promedio de 100 a 150, pero a partir de la segunda quincena de mayo se empezaron a incrementar el número de muertos de 300 a 500, ya en junio son más de 500 diarios esto ha dado como resultado que al día de hoy tengamos casi 15 mil muertos en el país.

A la sociedad primeramente se le dijo que la epidemia del coronavirus, iba ser medida de acuerdo a las Fases I, II, III y hasta IV, posteriormente se dijo que se llevaba a cabo la medición a través de un “Plan Centinela”, después que siempre ya no, que iba a ser a través del “Semáforo” en todo el país y ahí se iba a medir la curva de la epidemia, así íbamos a tener en color Rojo con una máxima intensidad y que esta iba ser de una temporada corta, sin embargo ya llevamos tres semanas y no cambia; después se iba tener una coloración de Anaranjado donde se podrían abrir unas actividades NO esenciales, posterior en color Amarillo se podrían abrir otras actividades y cuando este el color verde se podría abrir toda actividad incluyendo del sistema educativo.

Como se ve, los actos jurídicos de la Administración Pública no son sólidos, pues primeramente se dijo que al 30 de mayo se terminaba la “sana distancia”, y se pasaba a la “nueva normalidad” ahora ya se dice que la epidemia sea ¡quizá hasta septiembre u octubre! o incluso a dicho el subsecretario López Gatell que, hasta abril del próximo año, la sociedad mexicana ya nos encontramos desesperados por el alto riesgo de contaminarnos por el COVID-19.

Seguimos confinados o encerrados en nuestras casas; guardando “sana distancia”, los mexicanos somos cariños y efusivos, ya queremos abrazarnos con nuestros hijos, nietos, con parientes y amigos más cercanos; ha habido ineficacia y confusión por el Gobierno Federal en este periodo del coronavirus en México.

El acto administrativo se define como una declaración de voluntad unilateral que emana de la administración pública Federal, Estatal o Municipal; es una decisión ejecutoria que en ejercicio de la potestad administrativa: crea, reconoce, modifica, trasmite o extingue una situación jurídica subjetiva cuya finalidad es la satisfacción general.

En tal sentido y con el objeto de quede claro, el acto administrativo: es una decisión unilateral porque emana del titular del órgano de la administración pública su origen es una visión unilateral aunque posteriormente se convierte en bilateral, cuando los efectos jurídicos trascienden a la esfera de los particulares, es una expresión externa de la voluntad, del órgano de la administración pública competente a través del titular y al ser de una autoridad el acto debe de estar fundado y motivado en derecho; tiene la potestad necesaria para su realización coactiva en caso de que el gobernado no la cumpla voluntariamente.

El acto administrativo en tiempos de COVID-19

Los mexicanos hemos sido testigos de que todos los días, el Ejecutivo Federal en conferencia de prensa en voz del subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López Gatell emite actos administrativos de carácter general debiendo ser obligatorios para toda la sociedad mexicana; sin embargo, en esa conferencia diaria el representante del gobierno ha creado un sentimiento de inconformidad y de angustia, pues en su numeralia ha creado incertidumbre en la sociedad mexicana.

Primeramente, a estas fechas ya no le salen las cuentas entre el número de casos confirmados; o contagios; y por tanto el número de muertes; hasta la primera quincena de mayo los muertos que diariamente arrojaba el sistema de salud en México eran de promedio de 100 a 150, pero a partir de la segunda quincena de mayo se empezaron a incrementar el número de muertos de 300 a 500, ya en junio son más de 500 diarios esto ha dado como resultado que al día de hoy tengamos casi 15 mil muertos en el país.

A la sociedad primeramente se le dijo que la epidemia del coronavirus, iba ser medida de acuerdo a las Fases I, II, III y hasta IV, posteriormente se dijo que se llevaba a cabo la medición a través de un “Plan Centinela”, después que siempre ya no, que iba a ser a través del “Semáforo” en todo el país y ahí se iba a medir la curva de la epidemia, así íbamos a tener en color Rojo con una máxima intensidad y que esta iba ser de una temporada corta, sin embargo ya llevamos tres semanas y no cambia; después se iba tener una coloración de Anaranjado donde se podrían abrir unas actividades NO esenciales, posterior en color Amarillo se podrían abrir otras actividades y cuando este el color verde se podría abrir toda actividad incluyendo del sistema educativo.

Como se ve, los actos jurídicos de la Administración Pública no son sólidos, pues primeramente se dijo que al 30 de mayo se terminaba la “sana distancia”, y se pasaba a la “nueva normalidad” ahora ya se dice que la epidemia sea ¡quizá hasta septiembre u octubre! o incluso a dicho el subsecretario López Gatell que, hasta abril del próximo año, la sociedad mexicana ya nos encontramos desesperados por el alto riesgo de contaminarnos por el COVID-19.

Seguimos confinados o encerrados en nuestras casas; guardando “sana distancia”, los mexicanos somos cariños y efusivos, ya queremos abrazarnos con nuestros hijos, nietos, con parientes y amigos más cercanos; ha habido ineficacia y confusión por el Gobierno Federal en este periodo del coronavirus en México.