/ martes 22 de agosto de 2023

Falta legislación al Home Office

Alrededor del 50% de los trabajadores labora en esta modalidad

Actualmente, alrededor del 50% de los trabajadores en el Estado de México, laboran bajo la modalidad de Home Office, pero se trata de un esquema que presenta "lagunas" que tendrán que seguirse regulando.

Tras advertir lo anterior, Jesús Trigos Rodríguez, presidente de la Confederación Patronal de la entidad (COPARMEX), destacó que a raíz de la pandemia del Covid-19, se reforzó este esquema de trabajo, pero se requiere de una normatividad eficaz para su funcionamiento.

“El Home Office representa una oportunidad para que las empresas crezcan, aunque vamos lento en la parte de la regulación. Sabemos que este esquema de trabajo va acorde con la nueva realidad mundial”, externó.

Según los especialistas el 85% de las compañías en México considera que esta forma de trabajo ha elevado la productividad; mientras que el 82% de los trabajadores asegura que la comunicación con sus compañeros se ha mantenido o ha mejorado.

En empresas afiliadas al Sindicato Patronal de la entidad, agregó, se ha venido aplicando el trabajo desde casa, y se sabe que existe la intención de seguir legislando sobre este punto, porque hace falta por hacer.

“Sin duda, debemos tener un mayor acercamiento con las autoridades y con los legisladores para lograr una regulación que beneficie a ambas partes –empresas y trabajadores-, ya que se trata de una forma de trabajo que llegó para quedarse en nuestro país, como en el resto del mundo”, señaló.

Cabe mencionar que la NOM-037, conocida como la norma o la ley del Home Office, tiene como objetivo garantizar el bienestar de las personas que realizan sus labores de forma remota, tanto para los empleados como para los patrones, mediante la implementación de lineamientos y obligaciones.

Dicha normatividad pretende asegurar que los patrones otorguen a los trabajadores las herramientas suficientes para que puedan hacer el trabajo que les corresponde desde casa.

Entre los lineamientos de esta NOM, se encuentran: El empresario debe otorgar el equipo necesario para que el empleado pueda realizar su actividad (como computadora, escritorio, silla, impresora o cualquier otra herramienta que necesite para desempeñar su labor), pagar el salario en la fecha estipulada, así como hacer el pago de proporcional de los servicios de internet y electricidad que el empleado necesita para poder trabajar.

Finalmente, los trabajadores que adopten la modalidad de trabajo a distancia están obligados a: Cuidar el equipo que reciban para realizar su trabajo, informar y comprobar los costos derivados de la realización de su trabajo, pero también conducirse con apego a las disposiciones en materia de seguridad y salud laboral, entre otros rubros.

Actualmente, alrededor del 50% de los trabajadores en el Estado de México, laboran bajo la modalidad de Home Office, pero se trata de un esquema que presenta "lagunas" que tendrán que seguirse regulando.

Tras advertir lo anterior, Jesús Trigos Rodríguez, presidente de la Confederación Patronal de la entidad (COPARMEX), destacó que a raíz de la pandemia del Covid-19, se reforzó este esquema de trabajo, pero se requiere de una normatividad eficaz para su funcionamiento.

“El Home Office representa una oportunidad para que las empresas crezcan, aunque vamos lento en la parte de la regulación. Sabemos que este esquema de trabajo va acorde con la nueva realidad mundial”, externó.

Según los especialistas el 85% de las compañías en México considera que esta forma de trabajo ha elevado la productividad; mientras que el 82% de los trabajadores asegura que la comunicación con sus compañeros se ha mantenido o ha mejorado.

En empresas afiliadas al Sindicato Patronal de la entidad, agregó, se ha venido aplicando el trabajo desde casa, y se sabe que existe la intención de seguir legislando sobre este punto, porque hace falta por hacer.

“Sin duda, debemos tener un mayor acercamiento con las autoridades y con los legisladores para lograr una regulación que beneficie a ambas partes –empresas y trabajadores-, ya que se trata de una forma de trabajo que llegó para quedarse en nuestro país, como en el resto del mundo”, señaló.

Cabe mencionar que la NOM-037, conocida como la norma o la ley del Home Office, tiene como objetivo garantizar el bienestar de las personas que realizan sus labores de forma remota, tanto para los empleados como para los patrones, mediante la implementación de lineamientos y obligaciones.

Dicha normatividad pretende asegurar que los patrones otorguen a los trabajadores las herramientas suficientes para que puedan hacer el trabajo que les corresponde desde casa.

Entre los lineamientos de esta NOM, se encuentran: El empresario debe otorgar el equipo necesario para que el empleado pueda realizar su actividad (como computadora, escritorio, silla, impresora o cualquier otra herramienta que necesite para desempeñar su labor), pagar el salario en la fecha estipulada, así como hacer el pago de proporcional de los servicios de internet y electricidad que el empleado necesita para poder trabajar.

Finalmente, los trabajadores que adopten la modalidad de trabajo a distancia están obligados a: Cuidar el equipo que reciban para realizar su trabajo, informar y comprobar los costos derivados de la realización de su trabajo, pero también conducirse con apego a las disposiciones en materia de seguridad y salud laboral, entre otros rubros.

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