/ domingo 9 de julio de 2023

Alista maletas el gobierno mexiquense para su salida

Faltan dos meses para que concluya la actual administración

El Gobierno del Estado de México ya prepara las maletas, y a casi dos meses de su salida, busca garantizar el proceso de entrega y recepción, con precisiones en las obligaciones de las personas servidoras públicas.

La actual administración emitió un acuerdo, publicado en Gaceta de Gobierno, a través del cual reforma el Reglamento para Procesos de Entrega y Recepción y Rendición de Cuentas de la Administración Pública del Estado de México.

El cambio fue para establecer de manera precisa la obligación y responsabilidad de las personas servidoras públicas -que dependen estructural y orgánicamente de quienes están obligados al proceso de entrega y recepción-, de preparar y validar los documentos e información necesarios.

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La reforma se hizo a los párrafos segundo y tercero del artículo noveno del Reglamento para señalar que la persona que entrega adjuntará en su caso copia del acuse de recibo de su renuncia y los anexos del acta administrativa serán firmadas autógrafa o electrónicamente por las o los titulares de las unidades administrativas que dependan estructural y orgánicamente de la persona servidora pública que entrega, y quienes conforme al ámbito de su competencia, serán responsables de generar la información correspondiente a los anexos.

También se señala que prepararán la información y documentos necesarios para llevar a cabo el proceso de entrega recepción.

De igual forma, se ajustó el artículo 18 del mismo reglamento para precisar que la persona que entrega manifestará en el acta administrativa que conoce su contenido y el de sus anexos, pero la veracidad, oportunidad y confiabilidad de la información será responsabilidad directa del titular de la unidad administrativa que la genere.

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El citado reglamento regula los procesos de entrega y recepción de las unidades administrativas que deben realizar las personas servidoras públicas al iniciar y concluir un empleo, cargo o comisión.

El acuerdo resalta que esos procesos garantizan la transparencia y rendición de cuentas en las transiciones de titulares por el término de la gestión constitucional de gobierno, de tal forma que toda persona servidora pública tiene el deber legal y ético de responder e informar el estado de la administración, del manejo y rendimientos de fondos de bienes y recursos públicos asignados y de resultados en el cumplimiento del mandato conferido.

Por ello, decidió establecer, de manera precisa, la obligación y responsabilidad de las personas servidoras públicas en los procesos de entrega y recepción.

El Gobierno del Estado de México ya prepara las maletas, y a casi dos meses de su salida, busca garantizar el proceso de entrega y recepción, con precisiones en las obligaciones de las personas servidoras públicas.

La actual administración emitió un acuerdo, publicado en Gaceta de Gobierno, a través del cual reforma el Reglamento para Procesos de Entrega y Recepción y Rendición de Cuentas de la Administración Pública del Estado de México.

El cambio fue para establecer de manera precisa la obligación y responsabilidad de las personas servidoras públicas -que dependen estructural y orgánicamente de quienes están obligados al proceso de entrega y recepción-, de preparar y validar los documentos e información necesarios.

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La reforma se hizo a los párrafos segundo y tercero del artículo noveno del Reglamento para señalar que la persona que entrega adjuntará en su caso copia del acuse de recibo de su renuncia y los anexos del acta administrativa serán firmadas autógrafa o electrónicamente por las o los titulares de las unidades administrativas que dependan estructural y orgánicamente de la persona servidora pública que entrega, y quienes conforme al ámbito de su competencia, serán responsables de generar la información correspondiente a los anexos.

También se señala que prepararán la información y documentos necesarios para llevar a cabo el proceso de entrega recepción.

De igual forma, se ajustó el artículo 18 del mismo reglamento para precisar que la persona que entrega manifestará en el acta administrativa que conoce su contenido y el de sus anexos, pero la veracidad, oportunidad y confiabilidad de la información será responsabilidad directa del titular de la unidad administrativa que la genere.

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El citado reglamento regula los procesos de entrega y recepción de las unidades administrativas que deben realizar las personas servidoras públicas al iniciar y concluir un empleo, cargo o comisión.

El acuerdo resalta que esos procesos garantizan la transparencia y rendición de cuentas en las transiciones de titulares por el término de la gestión constitucional de gobierno, de tal forma que toda persona servidora pública tiene el deber legal y ético de responder e informar el estado de la administración, del manejo y rendimientos de fondos de bienes y recursos públicos asignados y de resultados en el cumplimiento del mandato conferido.

Por ello, decidió establecer, de manera precisa, la obligación y responsabilidad de las personas servidoras públicas en los procesos de entrega y recepción.

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