/ martes 16 de abril de 2024

Cobrará Edomex a municipios créditos fiscales federales

A quienes los cubran les entregarán el 75% de incentivos recibidos

Las autoridades estatales y federales buscarán que los municipios cubran los créditos fiscales que tienen pendientes de pagar a cambio de otorgarles incentivos.

El gobierno estatal publicó en Gaceta de Gobierno el programa de regularización de adeudos de créditos fiscales federales de los municipios del Estado de México, a través del cual busca que los ayuntamientos regularicen su situación fiscal y cubran los créditos fiscales federales.

De acuerdo con la Ley de Ingresos estatal, la entidad puede solicitar a la Secretaría de Hacienda los créditos fiscales federales de municipios para ayudar a la regularización de los mismos, mediante el otorgamiento de un incentivo; de tal forma que a las demarcaciones que cubran los créditos se les otorgará el 75% de los incentivos que efectivamente reciba por parte de la Federación.

Los créditos podrán cubrirse en una sola exhibición o en tres pagos mensuales y la entidad podrá tener la cartera que se le haya entregado hasta por tres meses, dentro de los cuales se deberá establecer la fecha compromiso de pago y el cumplimiento de requisitos.

El período podría ser ampliado a solicitud del municipio, de acuerdo con su capacidad de pago, por un periodo que no exceda los 12 meses.

Para acceder al incentivo se considerarán los créditos fiscales federales de impuestos y derechos federales, incluyendo sus accesorios, las cuotas compensatorias, excepto las coordinadas entre la entidad y la Secretaría de Hacienda, las multas fiscales establecidas en el Código Fiscal de la Federación en las leyes aduaneras y de comercio exterior, determinadas por autoridades del SAT.

También créditos fiscales federales firmes, es decir, en los que hayan transcurrido los términos para su impugnación, o de haber sido impugnados exista desistimiento, o cuando la resolución no admita medio de defensa alguno.

Entre los requisitos se pide que los créditos fiscales federales no se encuentran controvertidos, pues en caso de estarlo el municipio deberá desistirse y adjuntar el acuerdo al escrito de solicitud de cartera.

Entre las reglas se señala que no deben ser aprovechamientos, ni contribuciones con fin específico, como los adeudos de la Comisión Nacional del Agua, tampoco multas administrativas federales, ni fiscales.

La entidad solicitará al SAT mensualmente el pago de los incentivos que le correspondan, derivado de las recuperaciones de los pagos realizados por los ayuntamientos de los créditos fiscales y la aplicación de incentivos procederá cuando se paguen de forma efectiva los créditos, pero aquellos que no sean cubiertos en los plazos establecidos, se devolverán al SAT.

El gobierno estatal publicará el detalle de recursos transferidos a cada municipio por los incentivos, derivado de los pagos realizados para la regularización de créditos.

Las autoridades estatales y federales buscarán que los municipios cubran los créditos fiscales que tienen pendientes de pagar a cambio de otorgarles incentivos.

El gobierno estatal publicó en Gaceta de Gobierno el programa de regularización de adeudos de créditos fiscales federales de los municipios del Estado de México, a través del cual busca que los ayuntamientos regularicen su situación fiscal y cubran los créditos fiscales federales.

De acuerdo con la Ley de Ingresos estatal, la entidad puede solicitar a la Secretaría de Hacienda los créditos fiscales federales de municipios para ayudar a la regularización de los mismos, mediante el otorgamiento de un incentivo; de tal forma que a las demarcaciones que cubran los créditos se les otorgará el 75% de los incentivos que efectivamente reciba por parte de la Federación.

Los créditos podrán cubrirse en una sola exhibición o en tres pagos mensuales y la entidad podrá tener la cartera que se le haya entregado hasta por tres meses, dentro de los cuales se deberá establecer la fecha compromiso de pago y el cumplimiento de requisitos.

El período podría ser ampliado a solicitud del municipio, de acuerdo con su capacidad de pago, por un periodo que no exceda los 12 meses.

Para acceder al incentivo se considerarán los créditos fiscales federales de impuestos y derechos federales, incluyendo sus accesorios, las cuotas compensatorias, excepto las coordinadas entre la entidad y la Secretaría de Hacienda, las multas fiscales establecidas en el Código Fiscal de la Federación en las leyes aduaneras y de comercio exterior, determinadas por autoridades del SAT.

También créditos fiscales federales firmes, es decir, en los que hayan transcurrido los términos para su impugnación, o de haber sido impugnados exista desistimiento, o cuando la resolución no admita medio de defensa alguno.

Entre los requisitos se pide que los créditos fiscales federales no se encuentran controvertidos, pues en caso de estarlo el municipio deberá desistirse y adjuntar el acuerdo al escrito de solicitud de cartera.

Entre las reglas se señala que no deben ser aprovechamientos, ni contribuciones con fin específico, como los adeudos de la Comisión Nacional del Agua, tampoco multas administrativas federales, ni fiscales.

La entidad solicitará al SAT mensualmente el pago de los incentivos que le correspondan, derivado de las recuperaciones de los pagos realizados por los ayuntamientos de los créditos fiscales y la aplicación de incentivos procederá cuando se paguen de forma efectiva los créditos, pero aquellos que no sean cubiertos en los plazos establecidos, se devolverán al SAT.

El gobierno estatal publicará el detalle de recursos transferidos a cada municipio por los incentivos, derivado de los pagos realizados para la regularización de créditos.

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