/ viernes 5 de abril de 2024

Confirman difusión extemporánea del informe de diputada

Revocan acuerdo que quitó candidatura a panista; el PAN debe emitir nueva resolución 

La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó que Carmen de la Rosa Mendoza, diputada local, difundió de forma extemporánea su informe; por lo cual debe darse vista a la Contraloría del Poder Legislativo.

También revocó la resolución, a través de la cual el PAN retiró a la actual diputada federal, Claudia Olvera Higuera, su designación como candidata diputada federal de mayoría, pues no se le dió garantía de audiencia y ordenó emitir otra resolución.

Morena

Hace unas semanas, el Tribunal Electoral del Estado de México acreditó la difusión extemporánea del informe de labores de la legisladora Carmen de la Rosa y dio vista a la Contraloría del Poder Legislativo.

El pleno de la Sala Toluca consideró la legalidad de dar vista a la Contraloría del Congreso local, pues a ese órgano le corresponde conocer las infracciones cometidas; por lo cual se confirmó la sentencia impugnada.

PAN

En otro asunto, Claudia Olvera Higuera, diputada federal del PAN, impugnó la resolución de la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN, en la cual revocó su designación como candidata a diputada federal de mayoría.

El pleno consideró fundado el motivo de disenso, consistente en que se vulneró su garantía de audiencia, pues no se le llamó a juicio, aún cuando tenía ese derecho, al tener el carácter de tercera interesada.

Tras revisar las constancias de autos, se advirtió que no se pudo acreditar que el órgano partidista, al tener conocimiento de la eventual posibilidad de dejar sin efecto la designación de la actora, le hubiera emplazado o dado vista para que quedara en posibilidad de comparecer ante la instancia jurisdiccional partidista para defender su designación.

Por tanto, las y los magistrados revocaron la determinación y se vinculó al órgano a emitir otra resolución.

Los magistrados advirtieron que los procedimientos internos de los partidos generan expectativas entre su militancia y faltan reglas para que las coaliciones respeten los derechos de las y los militantes.

En otro asunto, un aspirante a alcalde del municipio de Santiago Tianguistenco promovió un recurso para que la candidatura a la alcaldía de ese ayuntamiento fuera siglado para Morena en el convenio con PT y PVEM, pero fue desechado.

El magistrado presidente Alejandro Avante explicó que las reglas para las medidas afirmativas no señalan en qué lugares deben aplicarse y el magistrado Fabián Trinidad Jiménez dijo que un partido, al ser parte de una coalición, debe cumplir con la regla dentro de esa alianza y no de forma particular.

La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó que Carmen de la Rosa Mendoza, diputada local, difundió de forma extemporánea su informe; por lo cual debe darse vista a la Contraloría del Poder Legislativo.

También revocó la resolución, a través de la cual el PAN retiró a la actual diputada federal, Claudia Olvera Higuera, su designación como candidata diputada federal de mayoría, pues no se le dió garantía de audiencia y ordenó emitir otra resolución.

Morena

Hace unas semanas, el Tribunal Electoral del Estado de México acreditó la difusión extemporánea del informe de labores de la legisladora Carmen de la Rosa y dio vista a la Contraloría del Poder Legislativo.

El pleno de la Sala Toluca consideró la legalidad de dar vista a la Contraloría del Congreso local, pues a ese órgano le corresponde conocer las infracciones cometidas; por lo cual se confirmó la sentencia impugnada.

PAN

En otro asunto, Claudia Olvera Higuera, diputada federal del PAN, impugnó la resolución de la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN, en la cual revocó su designación como candidata a diputada federal de mayoría.

El pleno consideró fundado el motivo de disenso, consistente en que se vulneró su garantía de audiencia, pues no se le llamó a juicio, aún cuando tenía ese derecho, al tener el carácter de tercera interesada.

Tras revisar las constancias de autos, se advirtió que no se pudo acreditar que el órgano partidista, al tener conocimiento de la eventual posibilidad de dejar sin efecto la designación de la actora, le hubiera emplazado o dado vista para que quedara en posibilidad de comparecer ante la instancia jurisdiccional partidista para defender su designación.

Por tanto, las y los magistrados revocaron la determinación y se vinculó al órgano a emitir otra resolución.

Los magistrados advirtieron que los procedimientos internos de los partidos generan expectativas entre su militancia y faltan reglas para que las coaliciones respeten los derechos de las y los militantes.

En otro asunto, un aspirante a alcalde del municipio de Santiago Tianguistenco promovió un recurso para que la candidatura a la alcaldía de ese ayuntamiento fuera siglado para Morena en el convenio con PT y PVEM, pero fue desechado.

El magistrado presidente Alejandro Avante explicó que las reglas para las medidas afirmativas no señalan en qué lugares deben aplicarse y el magistrado Fabián Trinidad Jiménez dijo que un partido, al ser parte de una coalición, debe cumplir con la regla dentro de esa alianza y no de forma particular.

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