/ martes 17 de julio de 2018

El IEEM sólo puede aplicar la norma, los tribunales sí pueden interpretarlas

Reconoce ex presidente del IEEM que la sobrerrepresentación de Morena es contraria al espíritu de la Constitución.

Toluca, México.- Como un caso particular calificó Juan Carlos Villarreal Martínez, politólogo y exconsejero del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), el hecho de que Morena esté sobrerrepresentado en la Cámara de Diputados por el número de votos que obtiene como partido, por lo que será interesante ver cómo resuelven los Tribunales las impugnaciones que han presentado los demás partidos que argumentan sobrepresentación de sus respectivas fuerzas políticas.

Recordó que, en 1997, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) obtuvo 30 diputaciones de mayoría relativa y se le asignaron los diputados de representación proporcional a que tenía derecho, de acuerdo con la fórmula que contemplaba la ley, pero el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) se los quitó para evitar, precisamente, que estuviera sobrerrepresentado el Congreso local.

En el caso de Morena la situación inédita es que al ir en coalición, si le hubieran asignado los diputados de representación proporcional que le correspondían habrían sido 13, pero la lista de cada partido es de sólo de ocho candidatos por ese principio.

Además, destacó que debido a que ni al Partido del Trabajo (PT) ni a Encuentro Social (ES) le correspondieron diputados de representación proporcional porque de acuerdo con los votos que obtuvieron están sobrerrepresentados.

Villarreal Martínez apuntó que el IEEM hizo la asignación conforme a las reglas que marca el Código Electoral, el cual es otro tema de debate, pues el PT señala que no se respetó el darle primero un diputado de representación proporcional a cada partido que obtuvo tres por ciento de la votación y a partir de ahí designar el resto.

Indicó que son cuatro los argumentos a impugnar, para lo cual no hay antecedente en el Estado de México y resaltó que llama la atención el tema de la subrepresentación que argumentan el Partido Acción Nacional (PAN) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD), y la manera en que lo va a resolver el TEEM, porque aunque es un hecho la subrepresentación está dentro de los márgenes de la ley y al no haber un precedente tendrá que interpretar la ley.

Sobre lo que el PAN, a través de su representante ante el IEEM, Alfonso Bravo, califica como una trampa o burla a la ley, el haber postulado el PT y ES a militantes de Morena como sus candidatos a diputados locales, dijo que debió haberse impugnado en su momento, pero si este método de selección se contempla en el convenio de coalición no habrá forma de revertirlo; es decir, no podrían argumentarlo como parte de la sobrerrepresentación sino como un tema de inegibilidad del candidato.

El IEEM, insistió, hizo la operación correcta, pues había un partido surrepresentado que fue el PRI y le asignaron 10, le siguen PAN con cinco por ciento y PRD con cuatro por ciento, pero una vez que se acaban de distribuir los diputados de representación proporcional y ya no tienen de donde sacarlos, le tendrían que quitar a Morena, pero me parece que podría caer en el supuesto de la subrepresentación.

Villarreal Martínez dijo que de 1997 a la fecha, todas las reformas que se hicieron a la ley fueron sobre el supuesto de que ningún partido tendría mayoría absoluta, por eso las fórmulas están elaboradas de esa forma, “nunca nos imaginamos que habría otra vez un partido con mayoría absoluta y eso nos obliga, sí a representar el sistema”.

Además, precisó, la pregunta es: son necesarias las reformas cada que haya una situación inusual, la respuesta es no lo creo, pero lo cierto es que Morena con una mayoría absoluta, como la tiene en ambas cámaras, es de pronóstico reservado el tipo de reforma que haga.



Toluca, México.- Como un caso particular calificó Juan Carlos Villarreal Martínez, politólogo y exconsejero del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), el hecho de que Morena esté sobrerrepresentado en la Cámara de Diputados por el número de votos que obtiene como partido, por lo que será interesante ver cómo resuelven los Tribunales las impugnaciones que han presentado los demás partidos que argumentan sobrepresentación de sus respectivas fuerzas políticas.

Recordó que, en 1997, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) obtuvo 30 diputaciones de mayoría relativa y se le asignaron los diputados de representación proporcional a que tenía derecho, de acuerdo con la fórmula que contemplaba la ley, pero el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) se los quitó para evitar, precisamente, que estuviera sobrerrepresentado el Congreso local.

En el caso de Morena la situación inédita es que al ir en coalición, si le hubieran asignado los diputados de representación proporcional que le correspondían habrían sido 13, pero la lista de cada partido es de sólo de ocho candidatos por ese principio.

Además, destacó que debido a que ni al Partido del Trabajo (PT) ni a Encuentro Social (ES) le correspondieron diputados de representación proporcional porque de acuerdo con los votos que obtuvieron están sobrerrepresentados.

Villarreal Martínez apuntó que el IEEM hizo la asignación conforme a las reglas que marca el Código Electoral, el cual es otro tema de debate, pues el PT señala que no se respetó el darle primero un diputado de representación proporcional a cada partido que obtuvo tres por ciento de la votación y a partir de ahí designar el resto.

Indicó que son cuatro los argumentos a impugnar, para lo cual no hay antecedente en el Estado de México y resaltó que llama la atención el tema de la subrepresentación que argumentan el Partido Acción Nacional (PAN) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD), y la manera en que lo va a resolver el TEEM, porque aunque es un hecho la subrepresentación está dentro de los márgenes de la ley y al no haber un precedente tendrá que interpretar la ley.

Sobre lo que el PAN, a través de su representante ante el IEEM, Alfonso Bravo, califica como una trampa o burla a la ley, el haber postulado el PT y ES a militantes de Morena como sus candidatos a diputados locales, dijo que debió haberse impugnado en su momento, pero si este método de selección se contempla en el convenio de coalición no habrá forma de revertirlo; es decir, no podrían argumentarlo como parte de la sobrerrepresentación sino como un tema de inegibilidad del candidato.

El IEEM, insistió, hizo la operación correcta, pues había un partido surrepresentado que fue el PRI y le asignaron 10, le siguen PAN con cinco por ciento y PRD con cuatro por ciento, pero una vez que se acaban de distribuir los diputados de representación proporcional y ya no tienen de donde sacarlos, le tendrían que quitar a Morena, pero me parece que podría caer en el supuesto de la subrepresentación.

Villarreal Martínez dijo que de 1997 a la fecha, todas las reformas que se hicieron a la ley fueron sobre el supuesto de que ningún partido tendría mayoría absoluta, por eso las fórmulas están elaboradas de esa forma, “nunca nos imaginamos que habría otra vez un partido con mayoría absoluta y eso nos obliga, sí a representar el sistema”.

Además, precisó, la pregunta es: son necesarias las reformas cada que haya una situación inusual, la respuesta es no lo creo, pero lo cierto es que Morena con una mayoría absoluta, como la tiene en ambas cámaras, es de pronóstico reservado el tipo de reforma que haga.



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