/ martes 17 de julio de 2018

Impugna PRD asignación de diputados plurinominales

Considera que se le está dando -desde la autoridad electoral- una sobrerrepresentación ilegal.

Toluca, México.- El Partido de la Revolución Democrática (PRD) impugnó el acuerdo 206 del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), a través del cual se aprobó la designación de diputados locales de representación, por considerar que esta distribución atenta contra el espíritu tanto de la Constitución federal como de la local.

Javier Rivera Escalona, representante del PRD, informó que el juicio de inconformidad se presentó en tiempo y forma para que el Instituto Electoral; conforme al procedimiento correspondiente, lo turne a la autoridad jurisdiccional, en este caso concreto, ante el Tribunal Electoral de Estado de México.

Indicó que es ilegal asignación de diputados por el principio de representación proporcional al partido Morena, pues se está ante lo que prohíben la Constitución federal y la local; es decir, que un partido tenga sobrerrepresentación en los Congresos; “es decir, resulta ilegal que con haber obtenido el 41 ciento de los votos pretenda ocupar el 70 por ciento de las diputaciones en la próxima Legislatura. Por lo que se deberá revocar dicho acuerdo para no otorgarle ningún diputado de representación proporcional a Morena”, subrayó.

Javier Rivera Escalona dijo que los diputados de representación proporcional que se le restarán a Morena deberán ser asignados a los partidos que están subrepresentados, por lo cual estimó que al PRD le corresponderán, al menos, cinco diputados por este principio.

Recordó que la evolución del sistema político permitió generar la figura de la representación proporcional para la protección de las minorías y precisamente para la protección de las mayorías, pero también reconoció que la votación del 1° de julio es un caso inédito, por lo cual el PRD decidió acudir a los órganos jurisdiccionales para que la repartición de curules se haga con el objetivo de proteger la expresión electoral en la misma proporción que decidió la ciudadanía con su voto.


El PRI no impugnó la asignación de diputados de representación proporcional

Por su parte, el representante del Partido Revolucionario Institucional (PRI) ante el IEEM, Isael Montoya Arce, dio a conocer que su instituto político no impugnó la asignación de diputados por el principio de representación proporcional.

Sin embargo, admitió, el PRI aparece como terceros interesados en los medios de impugnación, ya sean juicios para la defensa de los derechos político-electorales del ciudadano local o juicios de inconformidad que presenten candidatos y otras fuerzas políticas en contra del acuerdo IEEM/CG/206/2018, en donde ya se hizo la distribución de estas curules.

Indicó que será hasta el próximo viernes cuando concluyan la presentación de sus escritos en calidad de terceros interesados, cuando dé a conocer en cuantos medios de impugnación se presentarán como terceros interesados y garantizar así que no se afecten los resultados obtenidos por el tricolor.


Antecedente de sobrerrepresentación en el Congreso local

En el año 1997 se registró el único caso de sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados local, pues para la integración de la LIII Legislatura, el PRI obtuvo 30 distritos de mayoría y se le asignaron ocho curules por el principio de representación proporcional; sin embargo, los partidos políticos impugnaron esta decisión del Instituto Electoral del Estado de México.

El Tribunal Electoral del Estado de México decidió retirarle las cinco diputaciones plurinominales para garantizar el principio constitucional de la no sobrerrepresentación.

Toluca, México.- El Partido de la Revolución Democrática (PRD) impugnó el acuerdo 206 del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), a través del cual se aprobó la designación de diputados locales de representación, por considerar que esta distribución atenta contra el espíritu tanto de la Constitución federal como de la local.

Javier Rivera Escalona, representante del PRD, informó que el juicio de inconformidad se presentó en tiempo y forma para que el Instituto Electoral; conforme al procedimiento correspondiente, lo turne a la autoridad jurisdiccional, en este caso concreto, ante el Tribunal Electoral de Estado de México.

Indicó que es ilegal asignación de diputados por el principio de representación proporcional al partido Morena, pues se está ante lo que prohíben la Constitución federal y la local; es decir, que un partido tenga sobrerrepresentación en los Congresos; “es decir, resulta ilegal que con haber obtenido el 41 ciento de los votos pretenda ocupar el 70 por ciento de las diputaciones en la próxima Legislatura. Por lo que se deberá revocar dicho acuerdo para no otorgarle ningún diputado de representación proporcional a Morena”, subrayó.

Javier Rivera Escalona dijo que los diputados de representación proporcional que se le restarán a Morena deberán ser asignados a los partidos que están subrepresentados, por lo cual estimó que al PRD le corresponderán, al menos, cinco diputados por este principio.

Recordó que la evolución del sistema político permitió generar la figura de la representación proporcional para la protección de las minorías y precisamente para la protección de las mayorías, pero también reconoció que la votación del 1° de julio es un caso inédito, por lo cual el PRD decidió acudir a los órganos jurisdiccionales para que la repartición de curules se haga con el objetivo de proteger la expresión electoral en la misma proporción que decidió la ciudadanía con su voto.


El PRI no impugnó la asignación de diputados de representación proporcional

Por su parte, el representante del Partido Revolucionario Institucional (PRI) ante el IEEM, Isael Montoya Arce, dio a conocer que su instituto político no impugnó la asignación de diputados por el principio de representación proporcional.

Sin embargo, admitió, el PRI aparece como terceros interesados en los medios de impugnación, ya sean juicios para la defensa de los derechos político-electorales del ciudadano local o juicios de inconformidad que presenten candidatos y otras fuerzas políticas en contra del acuerdo IEEM/CG/206/2018, en donde ya se hizo la distribución de estas curules.

Indicó que será hasta el próximo viernes cuando concluyan la presentación de sus escritos en calidad de terceros interesados, cuando dé a conocer en cuantos medios de impugnación se presentarán como terceros interesados y garantizar así que no se afecten los resultados obtenidos por el tricolor.


Antecedente de sobrerrepresentación en el Congreso local

En el año 1997 se registró el único caso de sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados local, pues para la integración de la LIII Legislatura, el PRI obtuvo 30 distritos de mayoría y se le asignaron ocho curules por el principio de representación proporcional; sin embargo, los partidos políticos impugnaron esta decisión del Instituto Electoral del Estado de México.

El Tribunal Electoral del Estado de México decidió retirarle las cinco diputaciones plurinominales para garantizar el principio constitucional de la no sobrerrepresentación.

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