/ miércoles 27 de marzo de 2024

Ofrece IEEM guía para prevenir y denunciar violencia política 

Buscan garantizar que las mujeres puedan ejercer sus derechos sin ningún tipo de violencia

El Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) contará con una Guía sobre la prevención y atención de la violencia política contra las mujeres en razón de género (VPG), la cual será una herramienta para precandidatas, candidatas, aspirantes, militantes de los partidos políticos o cualquier mujer electa para que conozcan y accedan a los instrumentos para prevenir y atender ese tipo de violencia.

La Guía se integra de los siguientes apartados: Objeto de la Guía, ¿Qué es la VPG?, Mecanismos de atención y sanción de la VPG, casos que atiende el IEEM, atención de los casos en ese órgano, ¿Cómo actúan para brindar atención?, apoyo, asistencia y asesoría a posibles víctimas. PES, Procedimiento de responsabilidad administrativa ante la Contraloría.

Ese documento, de acuerdo con su contenido, es una herramienta que orienta sobre las acciones a tomar, en caso de ser víctimas de VPMRG y la atención que el Instituto les puede brindar, dentro del ámbito de sus atribuciones, lo cual contribuye a crear un espacio libre de violencia contra las mujeres, fomentando su participación y liderazgo activo en el espacio público, garantizándoles el ejercicio de su derechos político-electorales en la vida política del Estado de México.

Karina Vaquera Montoya Vaquera, consejera electoral, dijo que en el proceso electoral 2021 recibieron 72 denuncias, de las cuales 23 correspondieron a precandidatas y candidatas, esto es, el 0.31% del total de mujeres que se registraron. Además, añadió, de las quejas 22 fueron desechadas y apenas tres sancionadas.

Opiniones

Vaquera Montoya explicó que la guía ayudará a las mujeres y advirtió que el ámbito político electoral es uno de los más cerrados, en una cultura patriarcal llena de estereotipos y roles; advirtió que la violencia se materializa por hombres, pero también por mujeres, a través de actos, omisiones o tolerancias.

Refirió que hay diversos tipos de violencia: económica, patrimonial, psicológica y otras.

A mayor número de mujeres que participan en la vida política, señaló, hay más violencia y el Instituto está obligado a garantizar que las mujeres puedan acceder a cargos libres de violencia y en los bloques de competitividad deberán revisar que cumplan con la paridad, y después, que las mujeres estén libres de cualquier tipo de violencia. Propuso algunos ajustes.

La consejera Paula Melgarejo señaló que la guía explica de manera ciudadana qué es la violencia política en razón de género, las herramientas que brinda el Instituto para que las mujeres que se sientan vulneradas y participen en el proceso como candidatas, y posteriormente como servidoras públicas, puedan acudir al instituto para hacer valer sus derechos como primer contacto en la Unidad de Género, que será la responsable de orientar.

Destacó que si el Instituto no es competente dará la información de a qué autoridad acudir y se incluye el formato de una queja o denuncia.

Sandra López Bringas advirtió que con la mayor participación de las mujeres también se han registrado circunstancias que violentan su participación; por lo cual la guía, que es un esfuerzo del Instituto Electoral, ayudará a cualquier mujer a prevenir conductas u omisiones que merman la participación de las mujeres.

La guía, añadió, permite el acompañamiento del órgano electoral.

Qué es la VPG

De acuerdo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la VPG es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.

También precisa que esa violencia puede manifestarse en cualquiera de los tipos de violencia y puede ser perpetrada indistintamente por agentes estatales, por superiores jerárquicos, colegas de trabajo, personas dirigentes de partidos políticos, militantes, simpatizantes, precandidatas, precandidatos, candidatas o candidatos postulados por los partidos políticos o representantes de los mismos; medios de comunicación y sus integrantes, por un particular o por un grupo de personas particulares.

El Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) contará con una Guía sobre la prevención y atención de la violencia política contra las mujeres en razón de género (VPG), la cual será una herramienta para precandidatas, candidatas, aspirantes, militantes de los partidos políticos o cualquier mujer electa para que conozcan y accedan a los instrumentos para prevenir y atender ese tipo de violencia.

La Guía se integra de los siguientes apartados: Objeto de la Guía, ¿Qué es la VPG?, Mecanismos de atención y sanción de la VPG, casos que atiende el IEEM, atención de los casos en ese órgano, ¿Cómo actúan para brindar atención?, apoyo, asistencia y asesoría a posibles víctimas. PES, Procedimiento de responsabilidad administrativa ante la Contraloría.

Ese documento, de acuerdo con su contenido, es una herramienta que orienta sobre las acciones a tomar, en caso de ser víctimas de VPMRG y la atención que el Instituto les puede brindar, dentro del ámbito de sus atribuciones, lo cual contribuye a crear un espacio libre de violencia contra las mujeres, fomentando su participación y liderazgo activo en el espacio público, garantizándoles el ejercicio de su derechos político-electorales en la vida política del Estado de México.

Karina Vaquera Montoya Vaquera, consejera electoral, dijo que en el proceso electoral 2021 recibieron 72 denuncias, de las cuales 23 correspondieron a precandidatas y candidatas, esto es, el 0.31% del total de mujeres que se registraron. Además, añadió, de las quejas 22 fueron desechadas y apenas tres sancionadas.

Opiniones

Vaquera Montoya explicó que la guía ayudará a las mujeres y advirtió que el ámbito político electoral es uno de los más cerrados, en una cultura patriarcal llena de estereotipos y roles; advirtió que la violencia se materializa por hombres, pero también por mujeres, a través de actos, omisiones o tolerancias.

Refirió que hay diversos tipos de violencia: económica, patrimonial, psicológica y otras.

A mayor número de mujeres que participan en la vida política, señaló, hay más violencia y el Instituto está obligado a garantizar que las mujeres puedan acceder a cargos libres de violencia y en los bloques de competitividad deberán revisar que cumplan con la paridad, y después, que las mujeres estén libres de cualquier tipo de violencia. Propuso algunos ajustes.

La consejera Paula Melgarejo señaló que la guía explica de manera ciudadana qué es la violencia política en razón de género, las herramientas que brinda el Instituto para que las mujeres que se sientan vulneradas y participen en el proceso como candidatas, y posteriormente como servidoras públicas, puedan acudir al instituto para hacer valer sus derechos como primer contacto en la Unidad de Género, que será la responsable de orientar.

Destacó que si el Instituto no es competente dará la información de a qué autoridad acudir y se incluye el formato de una queja o denuncia.

Sandra López Bringas advirtió que con la mayor participación de las mujeres también se han registrado circunstancias que violentan su participación; por lo cual la guía, que es un esfuerzo del Instituto Electoral, ayudará a cualquier mujer a prevenir conductas u omisiones que merman la participación de las mujeres.

La guía, añadió, permite el acompañamiento del órgano electoral.

Qué es la VPG

De acuerdo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la VPG es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.

También precisa que esa violencia puede manifestarse en cualquiera de los tipos de violencia y puede ser perpetrada indistintamente por agentes estatales, por superiores jerárquicos, colegas de trabajo, personas dirigentes de partidos políticos, militantes, simpatizantes, precandidatas, precandidatos, candidatas o candidatos postulados por los partidos políticos o representantes de los mismos; medios de comunicación y sus integrantes, por un particular o por un grupo de personas particulares.

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