/ sábado 22 de abril de 2023

Vientres de alquiler, un tabú en México

En el Estado de México no existe una ley en particular que aborde la legalidad sobre la contratación de un vientre de alquiler para que una pareja, mujer u hombre pueda convertirse en padre(s) o madre(s)

Contratar un vientre de alquiler para lograr el sueño de convertirse en padre o madre todavía sigue siendo un tabú en México, pese a que es un procedimiento legal y se practica con mucha frecuencia.

Sin embargo, ante la idea de contratar a una mujer para que a través de su cuerpo se lleve a cabo la gestación del hijo o hija de terceras personas pueden surgir cuestionamientos sobre la legalidad de este tipo de procedimientos, sus costos, los efectos psicológicos en la madre gestante y los padres de intención, así como las circunstancias que orillan a considerar dicha opción.

En la actualidad, la maternidad subrogada (de alquiler) es legal en los estados de Tabasco y Sinaloa, los cuales consideran este supuesto en su marco legal. En la Ciudad de México fue aprobada una ley, pero no se publicó, y en entidades como Coahuila y Guerrero, por mencionar algunos, se han propuesto iniciativas, pero no han sido discutidas ni aprobadas por sus legisladores.

En tanto que en el resto del país la figura de “maternidad subrogada” no es considerada en su legislación.

En el Estado de México no existe una ley en particular que aborde la legalidad sobre la contratación de un vientre de alquiler para que una pareja, mujer u hombre pueda convertirse en padre(s) o madre(s), sin embargo, el Código Civil establece en su artículo 4.111 que “toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos”.

Y en su artículo 4.112 establece que “la reproducción asistida a través de métodos de inseminación artificial sólo podrá efectuarse con el consentimiento de la mujer a quien haya de practicarse dicho procedimiento. La mujer casada no podrá otorgar su consentimiento para ser inseminada, sin la conformidad de su cónyuge. Tampoco podrá dar en adopción al menor nacido, mediante este método de reproducción.

Sin embargo, se deja claro que una menor de edad no puede fungir como madre de alquiler.

“Queda prohibido al padre, a la madre, así como a quienes ejerzan la tutela, guarda y custodia, o la patria potestad: Otorgar el consentimiento para la reproducción asistida en una mujer que fuere niña, adolescente o incapaz”, indica el artículo 4.113.

Para cualquier inseminación del que se hace referencia en el capítulo 1 del Código Civil estatal, se hace hincapié en que “el consentimiento a que se refiere este capítulo deberá otorgarse judicialmente” (artículo 4.116)


Vientres de alquiler no es accesible para todos


Actualmente en México existen diversas instituciones y clínicas privadas que ayudan a consolidar el alquiler de un vientre para que las personas que por impedimentos de salud, físicas o alguna otra circunstancia puedan convertirse en padre(s) o madre(s).

No obstante, estos procedimientos no son nada accesibles económicamente hablando, pues los costos rondan entre los 850 mil y hasta los dos millones de pesos, dependiendo la institución o clínica que ofrece el servicio y las condiciones del proceso, tanto para la madre como para el bebé gestado.

Si se genera un embarazo de alto riesgo los costos se disparan.

Este tipo de procedimientos tiene dos vertientes: la madre de intención puede donar un óvulo, el cual es fecundado in vitro con el esperma del padre, o la madre “de alquiler” puede aportar su propio óvulo para que sea extraído, fecundado e implantado en su interior.

El primer escenario es utilizado con mayor regularidad por mujeres solteras que buscan ser madres o parejas que por alguna razón no pueden concebir un bebé, mientras que el segundo es optado por hombres solteros que buscan tener un bebé, parejas del mismo sexo y heterosexuales.

Mientras que una gestación común toma un máximo de nueve meses, la gestación subrogada tarda hasta 15 meses para consolidarse, pues se requieren hacer estudios clínicos de los padres de intención que permitan lograrlo.

Efectos psicológicos


Debido a la trascendencia de una gestación, las mujeres que alquilan su vientre para gestar el bebé de otra persona pueden resentir la separación del bebé debido al apego que genera durante el periodo prenatal.

“Por el simple hecho de sentir a un ser humano crecer dentro de ellas van generando ese apego, el vínculo de madre e hijo tanto físico como emocional, porque no importa que incluso no se comparta el material genético (óvulo), al final ese ser se está formando en su interior y existe el riesgo de que la madre de alquiler no quiera enfrentar la separación del bebé”, explicó el psicólogo clínico Erick Escandón Pérez.

Sin embargo, lo anterior dependerá de la madurez psicológica que tenga la madre de alquiler, su personalidad y el trabajo psicológico que realice desde antes de ofrecer su vientre a cambio de dinero.

Posterior a la separación, la madre de alquiler enfrentará sí o sí el duelo de la separación y sus efectos pueden ser casi imperceptibles o devastadores, comentó el especialista en salud mental.

En el caso de los padres de intención, también deben recibir un acompañamiento psicológico antes, durante y después del proceso, de tal manera que su salud emocional y mental se encuentre en óptimas condiciones al momento de la llegada de su preciado bebé.

Un sueño de difícil acceso

Con 10 años de casados, Gabriela y Gerardo intentaron ser padres por la vía natural, pero la infertilidad de ella impidió que su sueño se cumpliera.

“Después de casarnos no buscamos el bebé, sino hasta después de casi cinco años, pero fue devastador hacerme pruebas cada mes y encontrar el mismo resultado negativo, nos sometimos a exámenes médicos y resultó que yo era la que no podía tener bebés debido a anomalías uterinas. Estuvimos analizando la idea de adoptar un bebé, pero no sería lo mismo”, sostuvo Gaby, como le llaman su familia cercana.

En la búsqueda de alternativas para cumplir su sueño, Gaby encontró que el procedimiento de alquilar un vientre era legal en México, pero a un costo nada accesible.

“En 2019 estuvimos informándonos sobre los procedimientos, costos, cómo se hacían, cómo era el proceso de selección de la persona que nos apoyaría y todo eso, pero en aquel entonces nos costaba 900 mil con la posibilidad de que incrementara a un millón 500 mil pesos por riesgos en el embarazo, una cantidad que no tenemos y para nosotros sería imposible pagar”, agregó la entrevistada, quien cayó en depresión tras ver desmoronado su sueño de convertirse en madre.

Con acompañamiento, Gaby logró salir de su depresión después de 18 meses.

“Sin el apoyo de mi esposo y mi familia simplemente no lo habría logrado, fue duro para los dos, pero aquí estamos, más unidos que nunca y trabajando en ser felices”, expresó.

Contratar un vientre de alquiler para lograr el sueño de convertirse en padre o madre todavía sigue siendo un tabú en México, pese a que es un procedimiento legal y se practica con mucha frecuencia.

Sin embargo, ante la idea de contratar a una mujer para que a través de su cuerpo se lleve a cabo la gestación del hijo o hija de terceras personas pueden surgir cuestionamientos sobre la legalidad de este tipo de procedimientos, sus costos, los efectos psicológicos en la madre gestante y los padres de intención, así como las circunstancias que orillan a considerar dicha opción.

En la actualidad, la maternidad subrogada (de alquiler) es legal en los estados de Tabasco y Sinaloa, los cuales consideran este supuesto en su marco legal. En la Ciudad de México fue aprobada una ley, pero no se publicó, y en entidades como Coahuila y Guerrero, por mencionar algunos, se han propuesto iniciativas, pero no han sido discutidas ni aprobadas por sus legisladores.

En tanto que en el resto del país la figura de “maternidad subrogada” no es considerada en su legislación.

En el Estado de México no existe una ley en particular que aborde la legalidad sobre la contratación de un vientre de alquiler para que una pareja, mujer u hombre pueda convertirse en padre(s) o madre(s), sin embargo, el Código Civil establece en su artículo 4.111 que “toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos”.

Y en su artículo 4.112 establece que “la reproducción asistida a través de métodos de inseminación artificial sólo podrá efectuarse con el consentimiento de la mujer a quien haya de practicarse dicho procedimiento. La mujer casada no podrá otorgar su consentimiento para ser inseminada, sin la conformidad de su cónyuge. Tampoco podrá dar en adopción al menor nacido, mediante este método de reproducción.

Sin embargo, se deja claro que una menor de edad no puede fungir como madre de alquiler.

“Queda prohibido al padre, a la madre, así como a quienes ejerzan la tutela, guarda y custodia, o la patria potestad: Otorgar el consentimiento para la reproducción asistida en una mujer que fuere niña, adolescente o incapaz”, indica el artículo 4.113.

Para cualquier inseminación del que se hace referencia en el capítulo 1 del Código Civil estatal, se hace hincapié en que “el consentimiento a que se refiere este capítulo deberá otorgarse judicialmente” (artículo 4.116)


Vientres de alquiler no es accesible para todos


Actualmente en México existen diversas instituciones y clínicas privadas que ayudan a consolidar el alquiler de un vientre para que las personas que por impedimentos de salud, físicas o alguna otra circunstancia puedan convertirse en padre(s) o madre(s).

No obstante, estos procedimientos no son nada accesibles económicamente hablando, pues los costos rondan entre los 850 mil y hasta los dos millones de pesos, dependiendo la institución o clínica que ofrece el servicio y las condiciones del proceso, tanto para la madre como para el bebé gestado.

Si se genera un embarazo de alto riesgo los costos se disparan.

Este tipo de procedimientos tiene dos vertientes: la madre de intención puede donar un óvulo, el cual es fecundado in vitro con el esperma del padre, o la madre “de alquiler” puede aportar su propio óvulo para que sea extraído, fecundado e implantado en su interior.

El primer escenario es utilizado con mayor regularidad por mujeres solteras que buscan ser madres o parejas que por alguna razón no pueden concebir un bebé, mientras que el segundo es optado por hombres solteros que buscan tener un bebé, parejas del mismo sexo y heterosexuales.

Mientras que una gestación común toma un máximo de nueve meses, la gestación subrogada tarda hasta 15 meses para consolidarse, pues se requieren hacer estudios clínicos de los padres de intención que permitan lograrlo.

Efectos psicológicos


Debido a la trascendencia de una gestación, las mujeres que alquilan su vientre para gestar el bebé de otra persona pueden resentir la separación del bebé debido al apego que genera durante el periodo prenatal.

“Por el simple hecho de sentir a un ser humano crecer dentro de ellas van generando ese apego, el vínculo de madre e hijo tanto físico como emocional, porque no importa que incluso no se comparta el material genético (óvulo), al final ese ser se está formando en su interior y existe el riesgo de que la madre de alquiler no quiera enfrentar la separación del bebé”, explicó el psicólogo clínico Erick Escandón Pérez.

Sin embargo, lo anterior dependerá de la madurez psicológica que tenga la madre de alquiler, su personalidad y el trabajo psicológico que realice desde antes de ofrecer su vientre a cambio de dinero.

Posterior a la separación, la madre de alquiler enfrentará sí o sí el duelo de la separación y sus efectos pueden ser casi imperceptibles o devastadores, comentó el especialista en salud mental.

En el caso de los padres de intención, también deben recibir un acompañamiento psicológico antes, durante y después del proceso, de tal manera que su salud emocional y mental se encuentre en óptimas condiciones al momento de la llegada de su preciado bebé.

Un sueño de difícil acceso

Con 10 años de casados, Gabriela y Gerardo intentaron ser padres por la vía natural, pero la infertilidad de ella impidió que su sueño se cumpliera.

“Después de casarnos no buscamos el bebé, sino hasta después de casi cinco años, pero fue devastador hacerme pruebas cada mes y encontrar el mismo resultado negativo, nos sometimos a exámenes médicos y resultó que yo era la que no podía tener bebés debido a anomalías uterinas. Estuvimos analizando la idea de adoptar un bebé, pero no sería lo mismo”, sostuvo Gaby, como le llaman su familia cercana.

En la búsqueda de alternativas para cumplir su sueño, Gaby encontró que el procedimiento de alquilar un vientre era legal en México, pero a un costo nada accesible.

“En 2019 estuvimos informándonos sobre los procedimientos, costos, cómo se hacían, cómo era el proceso de selección de la persona que nos apoyaría y todo eso, pero en aquel entonces nos costaba 900 mil con la posibilidad de que incrementara a un millón 500 mil pesos por riesgos en el embarazo, una cantidad que no tenemos y para nosotros sería imposible pagar”, agregó la entrevistada, quien cayó en depresión tras ver desmoronado su sueño de convertirse en madre.

Con acompañamiento, Gaby logró salir de su depresión después de 18 meses.

“Sin el apoyo de mi esposo y mi familia simplemente no lo habría logrado, fue duro para los dos, pero aquí estamos, más unidos que nunca y trabajando en ser felices”, expresó.

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