/ domingo 17 de noviembre de 2019

El primero de enero 2020 entrará en vigor la Reforma Penal Fiscal

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) recomendó a todos los contribuyentes que revisen su facturación lo antes posible


Ante la entrada en vigor a partir del primero de enero del 2020 de la Reforma Penal Fiscal, la cual continúa generando incertidumbre entre el sector empresarial local, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) recomendó a todos los contribuyentes que revisen su facturación lo antes posible.

De esta manera, en caso de existir alguna duda respecto a alguna factura u operación celebrada, deberán acercarse al SAT.

Para el gobierno federal dicha normatividad permitirá continuar la persecución de los delitos fiscales básicos y aportará mayores herramientas para detectar aquellos casos que por su configuración constituyan una amenaza a la seguridad nacional o sean cometidos por la delincuencia organizada.

Al respecto el presidente del Instituto Mexicano de Ejecutivos en Finanzas (IMEF) valle de Toluca, Jesús Antonio Gil Jardón aseveró que como contribuyentes lo que pueden hacer es adaptarse a la nueva normatividad, “y portarse bien” para que las acciones que realicen no puedan ser mal interpretadas por las autoridades.

Hacen pruebas con Modelo de Riesgos

Cabe destacar que a partir de junio de este año, el SAT implementó un esquema de seguimiento a la estrategia de operaciones simuladas en 150 posibles empresas factureras.

Dicho modelo incluyó el seguimiento de negocios de nueva creación que tenían un incremento exponencial en la facturación e incongruencias entre lo facturado y lo declarado, y hasta ahora los resultados arrojan efectividad del Modelo de Riesgos para detectar anomalías.

Delincuentes fiscales peligrosos irán a la cárcel

Asimismo el SAT pidió tomar en consideración que únicamente los delincuentes fiscales peligrosos ameritarán prisión preventiva oficiosa. Estos son los contribuyentes que cometen un delito fiscal grave y la delincuencia organizada. Los primeros, aclaró, serán aquellos que incurran en alguno de los delitos calificados en el Código Fiscal de la Federación, como: Uso de documentos falsos, no contar con registros contables, omitir enterar retenciones o declarar pérdidas fiscales inexistentes, entre otros.

Mientras que en el caso de la delincuencia organizada (conjunto de tres o más personas), cuyo único objetivo es el crimen y no se consideran contribuyente, se catalogarán como empresas facturadoras de Operaciones Simuladas (EFOS).


Ante la entrada en vigor a partir del primero de enero del 2020 de la Reforma Penal Fiscal, la cual continúa generando incertidumbre entre el sector empresarial local, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) recomendó a todos los contribuyentes que revisen su facturación lo antes posible.

De esta manera, en caso de existir alguna duda respecto a alguna factura u operación celebrada, deberán acercarse al SAT.

Para el gobierno federal dicha normatividad permitirá continuar la persecución de los delitos fiscales básicos y aportará mayores herramientas para detectar aquellos casos que por su configuración constituyan una amenaza a la seguridad nacional o sean cometidos por la delincuencia organizada.

Al respecto el presidente del Instituto Mexicano de Ejecutivos en Finanzas (IMEF) valle de Toluca, Jesús Antonio Gil Jardón aseveró que como contribuyentes lo que pueden hacer es adaptarse a la nueva normatividad, “y portarse bien” para que las acciones que realicen no puedan ser mal interpretadas por las autoridades.

Hacen pruebas con Modelo de Riesgos

Cabe destacar que a partir de junio de este año, el SAT implementó un esquema de seguimiento a la estrategia de operaciones simuladas en 150 posibles empresas factureras.

Dicho modelo incluyó el seguimiento de negocios de nueva creación que tenían un incremento exponencial en la facturación e incongruencias entre lo facturado y lo declarado, y hasta ahora los resultados arrojan efectividad del Modelo de Riesgos para detectar anomalías.

Delincuentes fiscales peligrosos irán a la cárcel

Asimismo el SAT pidió tomar en consideración que únicamente los delincuentes fiscales peligrosos ameritarán prisión preventiva oficiosa. Estos son los contribuyentes que cometen un delito fiscal grave y la delincuencia organizada. Los primeros, aclaró, serán aquellos que incurran en alguno de los delitos calificados en el Código Fiscal de la Federación, como: Uso de documentos falsos, no contar con registros contables, omitir enterar retenciones o declarar pérdidas fiscales inexistentes, entre otros.

Mientras que en el caso de la delincuencia organizada (conjunto de tres o más personas), cuyo único objetivo es el crimen y no se consideran contribuyente, se catalogarán como empresas facturadoras de Operaciones Simuladas (EFOS).

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