/ viernes 29 de marzo de 2024

¿Cuentas con una trabajadora del hogar? Te decimos cómo registrarla ante el IMSS

El plazo vence el próximo mes de mayo; quienes no lo hagan pueden ser sancionados

A partir del 16 de mayo de 2023 es una obligación registrar a las personas trabajadoras del hogar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)

A través de un comunicado, el instituto precisó que la persona trabajadora del hogar es aquella que presta un servicio de manera remunerada, realizando actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar y que no aporte para la persona empleadora beneficio económico directo.

Para efectos de cumplir con la obligación, el IMSS diseñó un proceso específico para que todas las personas empleadoras puedan realizar el trámite desde la comodidad de su hogar.

El sistema de registro considera si laboran tiempo completo, pernoctan, o son de entrada por salida; por lo que la cuota a pagar será proporcional al salario y los días que laboran.

Con su aseguramiento, se protege tanto a las personas trabajadoras del hogar como a su familia (esposo, esposa, concubina, concubinario, hijos y padres), ya que gozarán de todas las prestaciones relacionadas con la seguridad social, es decir, atención médica, farmacéutica y hospitalaria; incapacidades, acceso a guarderías y ahorro para el retiro.

Al mantener aseguradas a las personas trabajadoras del hogar, se cumple con la ley y se accede a los beneficios de la seguridad.

Para más información puede acceder a la liga www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar de manera fácil y rápida.

Cualquier duda y orientación, se puede marcar al 800 623 2323, opción 0. El horario de atención es de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas, y sábados, domingos y días festivos de 8:00 a 14:00 horas. Con gusto lo asesoraremos.

Por último, al ser una obligación legal, la omisión de esta acción implica sanciones que pueden llegar a afectar el patrimonio de tu familia.

A partir del 16 de mayo de 2023 es una obligación registrar a las personas trabajadoras del hogar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)

A través de un comunicado, el instituto precisó que la persona trabajadora del hogar es aquella que presta un servicio de manera remunerada, realizando actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar y que no aporte para la persona empleadora beneficio económico directo.

Para efectos de cumplir con la obligación, el IMSS diseñó un proceso específico para que todas las personas empleadoras puedan realizar el trámite desde la comodidad de su hogar.

El sistema de registro considera si laboran tiempo completo, pernoctan, o son de entrada por salida; por lo que la cuota a pagar será proporcional al salario y los días que laboran.

Con su aseguramiento, se protege tanto a las personas trabajadoras del hogar como a su familia (esposo, esposa, concubina, concubinario, hijos y padres), ya que gozarán de todas las prestaciones relacionadas con la seguridad social, es decir, atención médica, farmacéutica y hospitalaria; incapacidades, acceso a guarderías y ahorro para el retiro.

Al mantener aseguradas a las personas trabajadoras del hogar, se cumple con la ley y se accede a los beneficios de la seguridad.

Para más información puede acceder a la liga www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar de manera fácil y rápida.

Cualquier duda y orientación, se puede marcar al 800 623 2323, opción 0. El horario de atención es de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas, y sábados, domingos y días festivos de 8:00 a 14:00 horas. Con gusto lo asesoraremos.

Por último, al ser una obligación legal, la omisión de esta acción implica sanciones que pueden llegar a afectar el patrimonio de tu familia.

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