/ viernes 28 de abril de 2023

Improcedentes "medidas cautelares" contra publicidad de Morena

El INE informó que el spot se trata de un evento noticioso y no se trata de una promoción de una candidatura específica

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó como improcedente la medida cautelar solicitada por el Partido Revolucionario Institucional en contra Delfina Gómez Álvarez y MORENA, por un spot difundido a través de diferentes canales de comunicación.

Y es que, el pasado 18 de abril, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentó queja contra Delfina Gómez Álvarez y el partido Morena por la presunta adquisición de tiempos en radio y televisión.

Derivado de la difusión de un evento celebrado el 18 de marzo de 2023, en el que, a decir del PRI, Canal 22, Canal 11, Capital 21 (Servicios de Medios Públicos de la Ciudad de México); el Instituto Mexicano de la Radio (IMER); el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPR) y Canal 14, dieron cobertura y promoción a la precandidata al Gobierno del Estado de México, con la intención de influir en las preferencias electorales de la ciudadanía.


Por lo anterior, el Revolucionario Institucional solicitó "el dictado de medidas cautelares a fin de que se eliminen las transmisiones de las televisoras denunciadas en YouTube y de cualquier otro sitio".

Sin embargo, la Comisión negó la eliminación de estás transmisiones, toda vez que se trata de hechos consumados, es decir, se trata de un contenido noticioso circunstanciado a la cobertura del evento del 18 de marzo, cuya consulta requiere un acto de voluntad y no se trata de promoción de una candidatura específica.


Improcedente spot por supuestas calumnias


La segunda queja presentada por el PRI contra Morena fue por calumnia, derivado de la difusión del promocional identificado como MUJERES DG V2.

El PRI pidió que se ordenara la suspensión de la difusión del spot denunciado, tanto en su versión de televisión como en radio.


Sin embargo, la Comisión determinó que, bajo la apariencia del buen derecho, las frases ¡Se acabaron los cien años de saqueo!, “llegó la hora de liberarnos de estos corruptos”, contenidas en el promocional no constituyen calumnia en contra del PRI.

Pues no imputan hechos o delitos falsos sino que se trata de la crítica, perspectiva o señalamiento que realiza el partido Morena.

Cabe mencionar que los asuntos fueron aprobados por unanimidad de votos de las consejeras Rita Bell López y Claudia Zavala, y del consejero Jorge Montaño.

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó como improcedente la medida cautelar solicitada por el Partido Revolucionario Institucional en contra Delfina Gómez Álvarez y MORENA, por un spot difundido a través de diferentes canales de comunicación.

Y es que, el pasado 18 de abril, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentó queja contra Delfina Gómez Álvarez y el partido Morena por la presunta adquisición de tiempos en radio y televisión.

Derivado de la difusión de un evento celebrado el 18 de marzo de 2023, en el que, a decir del PRI, Canal 22, Canal 11, Capital 21 (Servicios de Medios Públicos de la Ciudad de México); el Instituto Mexicano de la Radio (IMER); el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPR) y Canal 14, dieron cobertura y promoción a la precandidata al Gobierno del Estado de México, con la intención de influir en las preferencias electorales de la ciudadanía.


Por lo anterior, el Revolucionario Institucional solicitó "el dictado de medidas cautelares a fin de que se eliminen las transmisiones de las televisoras denunciadas en YouTube y de cualquier otro sitio".

Sin embargo, la Comisión negó la eliminación de estás transmisiones, toda vez que se trata de hechos consumados, es decir, se trata de un contenido noticioso circunstanciado a la cobertura del evento del 18 de marzo, cuya consulta requiere un acto de voluntad y no se trata de promoción de una candidatura específica.


Improcedente spot por supuestas calumnias


La segunda queja presentada por el PRI contra Morena fue por calumnia, derivado de la difusión del promocional identificado como MUJERES DG V2.

El PRI pidió que se ordenara la suspensión de la difusión del spot denunciado, tanto en su versión de televisión como en radio.


Sin embargo, la Comisión determinó que, bajo la apariencia del buen derecho, las frases ¡Se acabaron los cien años de saqueo!, “llegó la hora de liberarnos de estos corruptos”, contenidas en el promocional no constituyen calumnia en contra del PRI.

Pues no imputan hechos o delitos falsos sino que se trata de la crítica, perspectiva o señalamiento que realiza el partido Morena.

Cabe mencionar que los asuntos fueron aprobados por unanimidad de votos de las consejeras Rita Bell López y Claudia Zavala, y del consejero Jorge Montaño.

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