/ miércoles 14 de noviembre de 2018

Preocupa a notarios, imparten taller sobre prevención de lavado de dinero

Notarios deben detectar y reportar operaciones de este tipo para no hacerse acreedores a sanciones económicas, a la pérdida de la patente o a ser considerados corresponsables del delito

El Instituto de Estudios Notariales del Estado de México fue sede del taller Prevención de Lavado de Dinero, en el que participaron especialistas de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Fiscalía General de Justicia, quienes expusieron las dificultades para investigar este tipo de delitos, pues se tiene que investigar no sólo al sujeto sino rastrear el dinero que utiliza desde su origen.

Esto es un proceso complicado porque intervienen varias instituciones encargadas de hacer auditorías, investigaciones, rastreos, identificación de personas y una serie de aspectos más, lo cual requiere muchas veces más de dos años y el asunto “se puede caer” por un solo dato que falte.

El presidente del Colegio de Notarios, Jorge Ramos Campirán aseguró que la Ley Federal de Prevención de Lavado de Dinero, aprobada en 2013, es un tema que preocupa a los 193 notarios del Estado de México, porque además de darles mayores responsabilidades en torno a las operaciones de traslado de dominio, lo cual ha hecho del notariado una profesión de alto riesgo, porque de no cumplirlas puntualmente puede hacerse responsable de ese delito por omisión o por descuido.

Hoy los notarios tenemos que identificar plenamente a las personas que comparecen ante nosotros, hacer su expediente único y determinar, si existiera, la presunción de que pudiera lavar dinero, lo que se denomina el beneficiario controlador; es decir, que a través de un tercero comparezca ante una Notaría para adquirir algún inmueble, por ejemplo.

La ley marca diversos procedimientos que se deben cumplir, como las alertas y avisos a la Unidad de Inteligencia Financiera para que investigue y, en su caso, pueda determinar si existe la posibilidad de instaurar algún procedimiento legal.

Hay obligaciones y multas muy severas para los Notarios, que pueden llegar a ubicarse entre los cuatro y seis millones de pesos o hasta el retiro de la patente si no cumple adecuadamente con los reportes o las alertas que debe enviar a la autoridad, aseguró Ramos Campirán y agregó que deben precisar quienes comparecieron, cual fue el inmueble, cuál fue el monto de la operación y cómo se pagó, pues hoy todas las operaciones superiores a 600 mil pesos tienen que ser pagadas con cheque certificado o transferencia electrónica.

Es decir, si usted va a adquirir un inmueble por un valor superior a un millón 100 mil pesos se considera una operación vulnerable y por ese orden de ideas el notario está obligado a pedirle toda la información que se requiere, con su identificación, CURP, comprobante de domicilio, llenar un expediente único determinado e informar y mandar la alerta respectiva a la Unidad de Inteligencia Financiera, para que efectivamente se pueda prevenir este tipo de delitos en México.

Para el lavado de dinero se utiliza a terceros, ya sean socios o familiares políticos, lo cual dificulta identificar de primera mano a los líderes de delincuenciales que aportan el efectivo, pues generalmente ocupan los servicios de personas ajenas o a sus familiares políticos para que funjan como propietarios de inmuebles o socios comerciales de empresas generalmente ficticias.


LAVADO DE DINERO

Operaciones traslativas de dominio:

  • Compra-venta de inmuebles
  • Permita
  • Constitución de una sociedad mercantil, etc.,


Operaciones traslativas de dinero

Herramientas de investigación criminal

Herramientas de investigación patrimonial


-Compra-venta de inmuebles

-Permuta

.Constitución de sociedades mercantiles



-Noticia criminal

-Bases de datos (Plataforma México y Plataforma Mexiquense para verificar antecedentes penales)

Notas periodistas y redes sociales

-Investigación de Campo


Bases de datos del: IFREM, IGECEM y Catastros municipales (Solicitud por oficio)

Plataforma México y Plataforma Mexiquense (para domicilios y vehículos registrados)

-Registro Público del Comercio (por consulta sobre sociedades mercantiles, socios, acciones, domicilios, etc.)

-Investigación de campo (verificación y corroboración de propietarios o habitantes de los inmuebles)


El Instituto de Estudios Notariales del Estado de México fue sede del taller Prevención de Lavado de Dinero, en el que participaron especialistas de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Fiscalía General de Justicia, quienes expusieron las dificultades para investigar este tipo de delitos, pues se tiene que investigar no sólo al sujeto sino rastrear el dinero que utiliza desde su origen.

Esto es un proceso complicado porque intervienen varias instituciones encargadas de hacer auditorías, investigaciones, rastreos, identificación de personas y una serie de aspectos más, lo cual requiere muchas veces más de dos años y el asunto “se puede caer” por un solo dato que falte.

El presidente del Colegio de Notarios, Jorge Ramos Campirán aseguró que la Ley Federal de Prevención de Lavado de Dinero, aprobada en 2013, es un tema que preocupa a los 193 notarios del Estado de México, porque además de darles mayores responsabilidades en torno a las operaciones de traslado de dominio, lo cual ha hecho del notariado una profesión de alto riesgo, porque de no cumplirlas puntualmente puede hacerse responsable de ese delito por omisión o por descuido.

Hoy los notarios tenemos que identificar plenamente a las personas que comparecen ante nosotros, hacer su expediente único y determinar, si existiera, la presunción de que pudiera lavar dinero, lo que se denomina el beneficiario controlador; es decir, que a través de un tercero comparezca ante una Notaría para adquirir algún inmueble, por ejemplo.

La ley marca diversos procedimientos que se deben cumplir, como las alertas y avisos a la Unidad de Inteligencia Financiera para que investigue y, en su caso, pueda determinar si existe la posibilidad de instaurar algún procedimiento legal.

Hay obligaciones y multas muy severas para los Notarios, que pueden llegar a ubicarse entre los cuatro y seis millones de pesos o hasta el retiro de la patente si no cumple adecuadamente con los reportes o las alertas que debe enviar a la autoridad, aseguró Ramos Campirán y agregó que deben precisar quienes comparecieron, cual fue el inmueble, cuál fue el monto de la operación y cómo se pagó, pues hoy todas las operaciones superiores a 600 mil pesos tienen que ser pagadas con cheque certificado o transferencia electrónica.

Es decir, si usted va a adquirir un inmueble por un valor superior a un millón 100 mil pesos se considera una operación vulnerable y por ese orden de ideas el notario está obligado a pedirle toda la información que se requiere, con su identificación, CURP, comprobante de domicilio, llenar un expediente único determinado e informar y mandar la alerta respectiva a la Unidad de Inteligencia Financiera, para que efectivamente se pueda prevenir este tipo de delitos en México.

Para el lavado de dinero se utiliza a terceros, ya sean socios o familiares políticos, lo cual dificulta identificar de primera mano a los líderes de delincuenciales que aportan el efectivo, pues generalmente ocupan los servicios de personas ajenas o a sus familiares políticos para que funjan como propietarios de inmuebles o socios comerciales de empresas generalmente ficticias.


LAVADO DE DINERO

Operaciones traslativas de dominio:

  • Compra-venta de inmuebles
  • Permita
  • Constitución de una sociedad mercantil, etc.,


Operaciones traslativas de dinero

Herramientas de investigación criminal

Herramientas de investigación patrimonial


-Compra-venta de inmuebles

-Permuta

.Constitución de sociedades mercantiles



-Noticia criminal

-Bases de datos (Plataforma México y Plataforma Mexiquense para verificar antecedentes penales)

Notas periodistas y redes sociales

-Investigación de Campo


Bases de datos del: IFREM, IGECEM y Catastros municipales (Solicitud por oficio)

Plataforma México y Plataforma Mexiquense (para domicilios y vehículos registrados)

-Registro Público del Comercio (por consulta sobre sociedades mercantiles, socios, acciones, domicilios, etc.)

-Investigación de campo (verificación y corroboración de propietarios o habitantes de los inmuebles)


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