Una mujer que había sido procesada por un delito de alto impacto consiguió la libertad mediante la Ley de Amnistía en el sistema judicial del estado de México, siendo uno de los pocos casos de delitos mayores que acceden a este derecho.
El Poder Judicial informó que el caso fue estudiado a profundidad bajo la perspectiva de género, en conjunto con la aplicación de la Ley de Amnistía del Estado de México.
A las 9:30 horas de este martes 17 de enero, personal del Juzgado de Ejecución Penal de Nezahualcóyot le notificó su libertad y el derecho al olvido legal. Posteriormente, salió de la Penitenciaria Femenil Nezahualcóyotl.
De acuerdo con el expediente, en 2005 la mujer fue condenada a 45 años de prisión por el delito de homicidio.
“Un juez de Ejecución Penal del Poder Judicial del Estado de México determinó otorgarle la libertad, después de estudiar su caso y encontrar que el delito se cometió bajo vulnerabilidad y discriminación, pues era violentada por su pareja y la familia de él”, informó mediante un ficha técnica el órgano de justicia estatal.
Desde que inició la aplicación de la Ley de Amnistía del Estado de México se han concedido 168 libertades bajo esta opción legal a mujeres, en coordinación con la Comisión de Derechos Humanos de la entidad, la Fiscalía General de Justicia mexiquense, Legislatura local, y las Secretarías de Seguridad y Justicia y Derechos Humanos, informó el Poder Judicial.
Es la sexta amnistía que acompaña la Codhem
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) informó que se trata de la sexta amnistía lograda mediante sus pronunciamientos.
Se trata de Irma “N”, quien recibió la amnistía tras 18 años privada de la libertad, por 45 de condena y quien salió de la Penitenciaría Femenil Nezahualcóyotl.
“El pronunciamiento a favor de Irma es por tratarse de una mujer en situación de vulnerabilidad y de discriminación, víctima sistemática de violencia psicológica, física, sexual y económica por parte de su concubino y sin contar con redes de apoyo para salir de dicho círculo”, informó la Comisión mediante un comunicado.
En el caso de Irma, también, se omitió considerar el tipo penal de homicidio atenuado, conocido como infanticidio, cometido principalmente por madres jóvenes, en su mayoría sin patologías psiquiátricas, en contextos adversos, tales como embarazo no deseado, dificultades financieras y problemas maritales, el cual otorgaba una penalidad de tres a cinco años de prisión, muy distante de los 45 que le fueron impuestos.
Además, la Codhem resolvió que el hecho delictivo cometido fue en un entorno de violencia familiar que configura un antecedente importante y que no fue tomado en consideración durante el proceso.
Cabe hacer mención que el 5 de enero del 2021 se dotó de una facultad adicional a lCodhem, desde entonces el organismo defensor puede emitir pronunciamientos en las solicitudes de amnistía, logrando así, en el caso de Irma N, el sexto pronunciamiento exitoso.