/ viernes 28 de agosto de 2020

¿Es legal el "home office"?

Hasta un 20% de los trabajadores formales realizan trabajo en casa tras la pandemia


Pese a que en México hasta el 20% de los trabajadores formales desempeñan trabajo en casa desde hace casi cinco meses por la contingencia sanitaria derivado de la pandemia del Covid-19, éste sector no está preparado para llevar a cabo ésta actividad de manera permanente si la naturaleza de su trabajo se lo permite, puesto que hace falta establecer los lineamientos legales para que ésta modalidad pueda ser aplicada de manera permanente en un futuro, consideró Armando Leñero Llaca, presidente del Centro de Estudios para el Empleo Formal A.C.

Al definir como teletrabajo como la realización de un trabajo a distancia por medio de medios electrónicos con el objetivo de realizar una serie de tareas o encomiendas laborales, el entrevistado mencionó que del 20% de la población que realiza trabajo en casa apenas el 5% cuenta con todo lo necesario para desempeñar su trabajo en casa, tales como los dispositivos electrónicos y servicios necesarios para ésta labor.

No obstante, para que el también denominado “home office” pueda ser fructífero para ambas partes (el trabajador y el empleador), es necesario legislarse sobre el tema, pues en la actualidad en México no se cuentan con los instrumentos legales para llevarse a cabo de la manera correcta, explicó Armando Leñeros.

La pandemia obligó a que algunas compañías pudieran trasladar su actividad a las casas de sus trabajadores o en otros lugares y esto tuvo que ser adaptado con lo que se tenía en el momento, pero no estábamos preparados para hacerlo y seguimos sin estarlo para que legalmente estos asuntos sean tratados de una forma adecuada”, puntualizó Leñeros Llaca.

Retos

Entre los principales retos a los que las personas que realizan trabajo en casa se enfrentan en su día a día, están el contar con servicios de calidad (internet, electricidad, otros); un espacio óptimo para el desempeño de sus actividades, sistemas de cómputo, archivos y en algunos casos una red privada, pues se corre el riesgo de “extraviar” información confidencial de la empresa para la cual se trabaja.

Además, se requiere establecer los tiempos de ejecución, pues ya han surgido casos en los que existe la queja de jornadas laborales extendidas a más de 8 horas y juntas extraordinarias hasta pasadas las 22:00 horas, mencionó el presidente del Centro de Estudios para el Empleo Formal A.C.

Algo que va a afectar el teletrabajo es la información que se tiene, cuando tú trasladas de la oficina central a diferentes domicilios esta información, el resguardo puede no ser completamente seguro, por eso es que el teletrabajo no es viable en algunos puestos administrativos, por ejemplo”, mencionó.

Otro de los retos a enfrentar cuando se realiza trabajo en casa son los distractores, los cuales pueden ser la propia familia o circunstancias ajenas originadas con vecinos, en la vía pública y otros.

Modificar marco legal

En la opinión de Armando Leñeros, para que el trabajo en casa pueda ser una realidad constante cuando la pandemia del Covid-19 haya pasado, se requiere inicialmente una legislación al respecto.

Se tendrían que modificar algunos lineamientos o establecerse nuevos en las comisiones correspondientes para saber quién va a poner el equipo electrónico para desempeñar ésta tarea desde casa, por ejemplo. En teoría el patrón es el que debe proporcionar los elementos y otros servicios a utilizar para que se desarrolle el trabajo y entonces, esto se tiene que establecer en los contratos de trabajo, así como los acuerdos a los que se lleguen con cada trabajador”.

En el contrato del trabajador también se deberá estipular otros temas como si el sueldo será conforme a los resultados obtenidos, si es fijo o si es variable, o si el trabajador ya no se presentará definitivamente en la oficina o si tendrá un horario combinado, es decir, unos días en casa y otros en la oficina.

Pero lo más importante, dijo, será legislar sobre el riesgo de trabajo, pues el hecho de trabajar desde casa no implica el no poder accidentarse.

Con la legislación se tiene que aclarar muy bien cómo se va a prestar la capacitación, el desarrollo, la interacción con las personas y también los riesgos de trabajo. Por ejemplo, si una persona se resbala en la oficina ya es riesgo de trabajo, pero si esto ocurriera en casa, ¿también lo catalogarían de la misma manera?, son varios temas que están pendientes de analizarse y legislarse para evitar afectaciones a cualquiera de las partes”, concluyó.


Pese a que en México hasta el 20% de los trabajadores formales desempeñan trabajo en casa desde hace casi cinco meses por la contingencia sanitaria derivado de la pandemia del Covid-19, éste sector no está preparado para llevar a cabo ésta actividad de manera permanente si la naturaleza de su trabajo se lo permite, puesto que hace falta establecer los lineamientos legales para que ésta modalidad pueda ser aplicada de manera permanente en un futuro, consideró Armando Leñero Llaca, presidente del Centro de Estudios para el Empleo Formal A.C.

Al definir como teletrabajo como la realización de un trabajo a distancia por medio de medios electrónicos con el objetivo de realizar una serie de tareas o encomiendas laborales, el entrevistado mencionó que del 20% de la población que realiza trabajo en casa apenas el 5% cuenta con todo lo necesario para desempeñar su trabajo en casa, tales como los dispositivos electrónicos y servicios necesarios para ésta labor.

No obstante, para que el también denominado “home office” pueda ser fructífero para ambas partes (el trabajador y el empleador), es necesario legislarse sobre el tema, pues en la actualidad en México no se cuentan con los instrumentos legales para llevarse a cabo de la manera correcta, explicó Armando Leñeros.

La pandemia obligó a que algunas compañías pudieran trasladar su actividad a las casas de sus trabajadores o en otros lugares y esto tuvo que ser adaptado con lo que se tenía en el momento, pero no estábamos preparados para hacerlo y seguimos sin estarlo para que legalmente estos asuntos sean tratados de una forma adecuada”, puntualizó Leñeros Llaca.

Retos

Entre los principales retos a los que las personas que realizan trabajo en casa se enfrentan en su día a día, están el contar con servicios de calidad (internet, electricidad, otros); un espacio óptimo para el desempeño de sus actividades, sistemas de cómputo, archivos y en algunos casos una red privada, pues se corre el riesgo de “extraviar” información confidencial de la empresa para la cual se trabaja.

Además, se requiere establecer los tiempos de ejecución, pues ya han surgido casos en los que existe la queja de jornadas laborales extendidas a más de 8 horas y juntas extraordinarias hasta pasadas las 22:00 horas, mencionó el presidente del Centro de Estudios para el Empleo Formal A.C.

Algo que va a afectar el teletrabajo es la información que se tiene, cuando tú trasladas de la oficina central a diferentes domicilios esta información, el resguardo puede no ser completamente seguro, por eso es que el teletrabajo no es viable en algunos puestos administrativos, por ejemplo”, mencionó.

Otro de los retos a enfrentar cuando se realiza trabajo en casa son los distractores, los cuales pueden ser la propia familia o circunstancias ajenas originadas con vecinos, en la vía pública y otros.

Modificar marco legal

En la opinión de Armando Leñeros, para que el trabajo en casa pueda ser una realidad constante cuando la pandemia del Covid-19 haya pasado, se requiere inicialmente una legislación al respecto.

Se tendrían que modificar algunos lineamientos o establecerse nuevos en las comisiones correspondientes para saber quién va a poner el equipo electrónico para desempeñar ésta tarea desde casa, por ejemplo. En teoría el patrón es el que debe proporcionar los elementos y otros servicios a utilizar para que se desarrolle el trabajo y entonces, esto se tiene que establecer en los contratos de trabajo, así como los acuerdos a los que se lleguen con cada trabajador”.

En el contrato del trabajador también se deberá estipular otros temas como si el sueldo será conforme a los resultados obtenidos, si es fijo o si es variable, o si el trabajador ya no se presentará definitivamente en la oficina o si tendrá un horario combinado, es decir, unos días en casa y otros en la oficina.

Pero lo más importante, dijo, será legislar sobre el riesgo de trabajo, pues el hecho de trabajar desde casa no implica el no poder accidentarse.

Con la legislación se tiene que aclarar muy bien cómo se va a prestar la capacitación, el desarrollo, la interacción con las personas y también los riesgos de trabajo. Por ejemplo, si una persona se resbala en la oficina ya es riesgo de trabajo, pero si esto ocurriera en casa, ¿también lo catalogarían de la misma manera?, son varios temas que están pendientes de analizarse y legislarse para evitar afectaciones a cualquiera de las partes”, concluyó.

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