/ viernes 2 de septiembre de 2022

Burlan Bando y medidas sanitarias: abarrotan ambulantes salidas de escuela de Toluca

En el inicio de ciclo escolar el comercio informal ha vuelto a las afueras de las escuelas

Pese a que el Bando Municipal de Toluca prohíbe el comercio informal en las cercanías de las escuelas, en la primera semana de clases, con el inicio de ciclo escolar, los vendedores de dulces y comida chatarra han regresado a la venta diaria.

En un recorrido hecho por este diario por algunos de los planteles, se pudo observar que los horarios en que hay más presencia de comercio informal es después del mediodía, a la hora de las salidas.

Los puestos se ubican a unos metros de los accesos, pese a que el Bando Municipal de Toluca, en su artículo 93, establece que el comercio informal se podrá establecer solo en un radio mayor a 200 metros de los planteles educativos.

Ventas comunes

En el recorrido se contó puestos que en su mayoría ofrecen comida chatarra, como papas y otras frituras. En la mayoría de los casos se trata de carritos ambulantes que solo llegan a la hora de salida de los alumnos.

Carritos ambulantes ofrecen comida chatarra a la hora de la salida de los alumnos.

Se vende poco, no hay mucha venta y tiene que estar buscando uno”, comentó un comerciante dedicado a la venta de frituras con su carrito.

Otros puestos ofrecen alimentos como tacos dorados, tortas, pambazos, enchiladas y chilaquiles, pero sin las medidas sanitarias correspondientes.

¿Qué dice la ley?

De acuerdo con el artículo 93 del Bando Municipal 2022 de Toluca, en su capítulo segundo sobre actividades comerciales, industriales y de servicio en establecimientos, el ejercicio del comercio en la vía pública requiere de un permiso y debe respetar ciertas características a las normas de nutrición que establece la Secretaría de Salud estatal para la venta de alimentos a cualquier establecimiento comercial.

Se prohíbe en el territorio municipal la venta de alimentos y bebidas que contienen edulcorantes, cafeína, exceso de calorías, azúcares, grasas saturadas, grasas trans, sodio o que aporten un bajo nivel nutricional, en un radio menor a 200 metros de las escuelas de educación preescolar, primaria, secundaria y demás instituciones educativas”, establece el Bando Municipal de Toluca.

Zonas prohibidas

Asimismo, en otro apartado del artículo 93, se precisa que el radio de venta debe ser mayor a 200 metros de distancia de edificios públicos, escuelas, hospitales, oficinas de gobierno, terminales de servicio de transporte colectivo, puentes peatonales, parques y zonas industriales, templos e instalaciones similares.

Sin embargo, dichas normativas establecidas por el municipio no se cumplen y persisten las actividades sin revisiones de la autoridad.

También se ofertan mochilas y uniformes ecolares en vehículos.

Las Sanciones

El mismo Bando Municipal de Toluca establece en su artículo 99 las sanciones que ameritan a quienes no respetan dichas normativas.

El capítulo primero de las medidas de apremio señala que la autoridad administrativa municipal correspondiente, según su materia, hará cumplir sus determinaciones o imponer el orden con el auxilio de la fuerza pública, según la gravedad de la falta, y para ello podrá hacer uso de alguna medida de apremio.

Las anteriores se refieren a la amonestación; la expulsión temporal de personas del lugar donde se lleve a cabo la diligencia, cuando sea necesario para su continuación o como medida de seguridad; la remisión ante el Oficial Calificador; la remisión al Ministerio Público cuando se trate de hechos probablemente constitutivos de delito y las demás que establezca la legislación aplicable.

Pese a que el Bando Municipal de Toluca prohíbe el comercio informal en las cercanías de las escuelas, en la primera semana de clases, con el inicio de ciclo escolar, los vendedores de dulces y comida chatarra han regresado a la venta diaria.

En un recorrido hecho por este diario por algunos de los planteles, se pudo observar que los horarios en que hay más presencia de comercio informal es después del mediodía, a la hora de las salidas.

Los puestos se ubican a unos metros de los accesos, pese a que el Bando Municipal de Toluca, en su artículo 93, establece que el comercio informal se podrá establecer solo en un radio mayor a 200 metros de los planteles educativos.

Ventas comunes

En el recorrido se contó puestos que en su mayoría ofrecen comida chatarra, como papas y otras frituras. En la mayoría de los casos se trata de carritos ambulantes que solo llegan a la hora de salida de los alumnos.

Carritos ambulantes ofrecen comida chatarra a la hora de la salida de los alumnos.

Se vende poco, no hay mucha venta y tiene que estar buscando uno”, comentó un comerciante dedicado a la venta de frituras con su carrito.

Otros puestos ofrecen alimentos como tacos dorados, tortas, pambazos, enchiladas y chilaquiles, pero sin las medidas sanitarias correspondientes.

¿Qué dice la ley?

De acuerdo con el artículo 93 del Bando Municipal 2022 de Toluca, en su capítulo segundo sobre actividades comerciales, industriales y de servicio en establecimientos, el ejercicio del comercio en la vía pública requiere de un permiso y debe respetar ciertas características a las normas de nutrición que establece la Secretaría de Salud estatal para la venta de alimentos a cualquier establecimiento comercial.

Se prohíbe en el territorio municipal la venta de alimentos y bebidas que contienen edulcorantes, cafeína, exceso de calorías, azúcares, grasas saturadas, grasas trans, sodio o que aporten un bajo nivel nutricional, en un radio menor a 200 metros de las escuelas de educación preescolar, primaria, secundaria y demás instituciones educativas”, establece el Bando Municipal de Toluca.

Zonas prohibidas

Asimismo, en otro apartado del artículo 93, se precisa que el radio de venta debe ser mayor a 200 metros de distancia de edificios públicos, escuelas, hospitales, oficinas de gobierno, terminales de servicio de transporte colectivo, puentes peatonales, parques y zonas industriales, templos e instalaciones similares.

Sin embargo, dichas normativas establecidas por el municipio no se cumplen y persisten las actividades sin revisiones de la autoridad.

También se ofertan mochilas y uniformes ecolares en vehículos.

Las Sanciones

El mismo Bando Municipal de Toluca establece en su artículo 99 las sanciones que ameritan a quienes no respetan dichas normativas.

El capítulo primero de las medidas de apremio señala que la autoridad administrativa municipal correspondiente, según su materia, hará cumplir sus determinaciones o imponer el orden con el auxilio de la fuerza pública, según la gravedad de la falta, y para ello podrá hacer uso de alguna medida de apremio.

Las anteriores se refieren a la amonestación; la expulsión temporal de personas del lugar donde se lleve a cabo la diligencia, cuando sea necesario para su continuación o como medida de seguridad; la remisión ante el Oficial Calificador; la remisión al Ministerio Público cuando se trate de hechos probablemente constitutivos de delito y las demás que establezca la legislación aplicable.

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