/ lunes 7 de noviembre de 2022

Año nuevo y reglas nueva: ¿Cómo será el home office en 2023?

La norma establece que se deberá dotar de mobiliario ergonómico para evitar afectaciones físicas


La aplicación de la norma 037 relativa al Teletrabajo en el Estado de México, arrancará a partir del 1 de enero del 2023, con lo cual más de un millón de mexiquenses que laboran formalmente, se verán beneficiados con su cumplimiento.

Derivado de lo anterior, Gilberto Sauza Martínez, presidente del Consejo de Cámaras y Asociaciones Empresariales de la entidad (Concaem), explicó que las empresas deberán prever la inversión en los insumos para sus colaboradores y generar una estrategia de ganar-ganar.

La aplicación de la NOM 037 en materia de Teletrabajo, será una oportunidad para mejorar la calidad de vida de la población empleada, pero también permitirá reducir los costos en la operación de las empresas”, aseveró.

Mientras que, en el ámbito nacional, dijo, alrededor de 13 millones de trabajadores se verán beneficiados con esta nueva medida, por lo que el sector productivo tendrá un mes para establecer las condiciones necesarias que garanticen el cumplimiento de la norma que regulará el trabajo desde casa.

También consideró indispensable que las empresas establecidas en México realicen las adecuaciones correspondientes y establezcan -en sus presupuestos del siguiente año- la dotación de herramientas de trabajo y el pago de servicios a los colaboradores que pasen más del 40% de su jornada laboral dentro de sus hogares.

Cabe señalar que la norma establece que se deberá dotar de mobiliario ergonómico para evitar afectaciones físicas a los colaboradores, así como equipo de línea telefónica, pago de energía eléctrica, impresoras y todos los elementos necesarios para que las personas puedan desarrollar sus actividades sin tener que hacer inversiones en lo personal.

“Recordemos que estas medidas no pueden ser consideradas como parte de las prestaciones de los trabajadores, sino como una obligación de los empresarios para que sus colaboradores puedan realizar su trabajo, por lo que es indispensable que canalicemos las partidas financieras adecuadas y no haya problemas de balance económico que afecten aún más nuestra economía”, externó.

Actualmente, agregó, las empresas medianas y grandes (Mipymes) son las que registran un mayor número de colaboradores -principalmente administrativos- bajo esta modalidad, y quienes cumplen, al menos, un 50% de su jornada laboral de manera remota.

Esta medida no solamente implicará gastos financieros, sino también grandes beneficios para la calidad de vida de los colaboradores y reducción de gastos para muchas empresas, dependiendo su giro”, concluyó.


La aplicación de la norma 037 relativa al Teletrabajo en el Estado de México, arrancará a partir del 1 de enero del 2023, con lo cual más de un millón de mexiquenses que laboran formalmente, se verán beneficiados con su cumplimiento.

Derivado de lo anterior, Gilberto Sauza Martínez, presidente del Consejo de Cámaras y Asociaciones Empresariales de la entidad (Concaem), explicó que las empresas deberán prever la inversión en los insumos para sus colaboradores y generar una estrategia de ganar-ganar.

La aplicación de la NOM 037 en materia de Teletrabajo, será una oportunidad para mejorar la calidad de vida de la población empleada, pero también permitirá reducir los costos en la operación de las empresas”, aseveró.

Mientras que, en el ámbito nacional, dijo, alrededor de 13 millones de trabajadores se verán beneficiados con esta nueva medida, por lo que el sector productivo tendrá un mes para establecer las condiciones necesarias que garanticen el cumplimiento de la norma que regulará el trabajo desde casa.

También consideró indispensable que las empresas establecidas en México realicen las adecuaciones correspondientes y establezcan -en sus presupuestos del siguiente año- la dotación de herramientas de trabajo y el pago de servicios a los colaboradores que pasen más del 40% de su jornada laboral dentro de sus hogares.

Cabe señalar que la norma establece que se deberá dotar de mobiliario ergonómico para evitar afectaciones físicas a los colaboradores, así como equipo de línea telefónica, pago de energía eléctrica, impresoras y todos los elementos necesarios para que las personas puedan desarrollar sus actividades sin tener que hacer inversiones en lo personal.

“Recordemos que estas medidas no pueden ser consideradas como parte de las prestaciones de los trabajadores, sino como una obligación de los empresarios para que sus colaboradores puedan realizar su trabajo, por lo que es indispensable que canalicemos las partidas financieras adecuadas y no haya problemas de balance económico que afecten aún más nuestra economía”, externó.

Actualmente, agregó, las empresas medianas y grandes (Mipymes) son las que registran un mayor número de colaboradores -principalmente administrativos- bajo esta modalidad, y quienes cumplen, al menos, un 50% de su jornada laboral de manera remota.

Esta medida no solamente implicará gastos financieros, sino también grandes beneficios para la calidad de vida de los colaboradores y reducción de gastos para muchas empresas, dependiendo su giro”, concluyó.

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